Resolución número 0209 de 2022, por medio de la cual se levanta la medida cautelar de intervención del proceso de afiliaciones a las Cajas de Compensación Familiar que funcionan en el Departamento de Bolívar - 11 de Abril de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 902333891

Resolución número 0209 de 2022, por medio de la cual se levanta la medida cautelar de intervención del proceso de afiliaciones a las Cajas de Compensación Familiar que funcionan en el Departamento de Bolívar

EmisorSuperintendencias - Superintendencia del Subsidio Familiar
Número de Boletín52004

El Superintendente del Subsidio Familiar, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el Decreto ley 2150 de 1992, la Ley 789 de 2002, el Decreto 2595 de 2012, la Resolución número 0629 de 2018, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO:

1. COMPETENCIA

Que la Caja de Compensación Familiar Cartagena y Bolívar - COMFAMILIAR (en adelante COMFAMILIAR), es una entidad de derecho privado sin ánimo de lucro sometida a la inspección, vigilancia y control por parte de esta Superintendencia, de conformidad con lo señalado en el numeral 1 del artículo 3º del Decreto ley 2150 de 1992, en el numeral 1 del artículo 24 de la Ley 789 de 2002 y en el artículo 1º del Decreto 2595 de 2012.

Que la Ley 789 de 2002 en concordancia con el Decreto 2595 de 2012, le asigna a la Superintendencia del Subsidio Familiar la función de inspección, vigilancia y control de las Cajas de Compensación Familiar, con el fin de velar porque en su constitución y funcionamiento se ajusten a las leyes, decretos y a sus estatutos internos.

Que de conformidad con el artículo 1 º del Decreto 2595 de 2012 la Superintendencia del Subsidio Familiar tiene a su cargo la supervisión de las Cajas de Compensación Familiar, organizaciones y entidades recaudadoras y pagadoras del subsidio familiar en cuanto al cumplimiento de este servicio y sobre las entidades que constituyan o administren una o varias entidades sometidas a su vigilancia, con el fin de preservar la estabilidad, seguridad y confianza del Sistema del Subsidio Familiar para que los servicios sociales a su cargo lleguen a la población de trabajadores afiliados y sus familias bajo los principios de eficiencia, eficacia, efectividad y solidaridad en los términos señalados en la ley.

Que el numeral 16 del artículo del Decreto 2595 de 2012 otorga al Superintendente del Subsidio Familiar la facultad de: "Vigilar e intervenir, si lo estima necesario, en el proceso de afiliación de los empleadores y en el acceso de los servicios establecidos en las Cajas de Compensación Familiar y las demás entidades que estas constituyan, administren o participen, como asociadas o accionistas, con relación a la prestación de los servicios sociales a su cargo".

Que el numeral 2.4 del numeral 2 "DEFINICIONES" del Título I "COMPETENCIA EN MATERIA DE MEDIDAS CAUTELARES Y DEFINICIONES" de la Resolución número 0629 de 20181 expedida por la Superintendencia del Subsidio Familiar, define la medida cautelar como el: "Instrumento dado por la ley, con el fin de asegurar las decisiones dictadas mediante actuaciones administrativas, con el fin de garantizar que ciertos derechos sobre los cuales esta Entidad tiene responsabilidad en su protección no sean vulnerados".

Que el numeral 2.11 del numeral 2 "DEFINICIONES" del Título I "COMPETENCIA EN MATERIA DE MEDIDAS CAUTELARES Y DEFINICIONES" de la Resolución número 0629 de 2018 señala que la medida cautelar de INTERVENCIÓN DE AFILIACIONES: "(...) Se define una medida cautelar, con el fin de vigilar e intervenir el 1 "Por medio del cual se adecúa el procedimiento para las medidas cautelares señaladas en los literales a), b) y d) del numeral 22 del artículo 7º del Decreto ley 2150 de 1992."

proceso de afiliación de los empleadores y acceso a los servicios ofrecidos por las cajas de compensación familiar".

2. ANTECEDENTES

2.1 Medida Cautelar de Intervención del Proceso de Afiliaciones

A través de Resolución número 0178 del 13 de abril de 2021 la Superintendencia del Subsidio Familiar adoptó medida cautelar de Intervención del Proceso de Afiliaciones en el Departamento de Bolívar, en el cual funcionan las Cajas de Compensación Familiar COMFAMILIAR y ANDI COMFENALCO CARTAGENA, la cual fue prorrogada mediante Resoluciones número 0632 del 12 de octubre de 2021 y 0011 del 12 de enero de 2022.

2.2 Solicitud de prórroga de la medida cautelar de Intervención de Afiliaciones por parte de la Dirección Administrativa de COMFAMILIAR

Mediante oficio de fecha 3 de marzo de 2022 el Director Administrativo de la Caja de Compensación Familiar de Cartagena y Bolívar - COMFAMILIAR, solicitó a esta Superintendencia la prórroga de la medida cautelar de Intervención del Proceso de Afiliaciones en el Departamento de Bolívar, adoptada mediante Resolución número 0178 del 13 de abril de 2021 y prorrogada bajo las Resoluciones número 0632 del 12 de octubre de 2021 y 011 del 12 de enero de 2022, considerando:

"(...) un traslado masivo de empleadores pone en riesgo los recursos del sistema de subsidio familiar, y agravaría la situación financiera de la corporación en su situación financiera y de liquidez que se ha visto disminuida por la liquidación forzosa del programa de la EPS ordenada por la Superintendencia de Salud.

En este sentido solicita que encontrándose la Caja bajo las medidas de la Supersubsidio de intervención administrativa total, se mantengan las medidas que permitan proteger la prestación de los servicios sociales a sus afiliados y en consecuencia se continúe con la medida cautelar de intervención a las afiliaciones por el término de seis (6) meses, para cual se apoya y justifica en las coberturas proyectadas y coberturas ejecutadas para el IV trimestre de 2021, entre otras consideraciones expuestas en su solicitud (...)"

3. RECOMENDACIÓN DEL AGENTE ESPECIAL DE INTERVENCIÓN DE COMFAMILIAR CARTAGENA

El Agente Especial de Intervención de la Caja de Compensación Familiar de Cartagena y Bolívar - COMFAMILIAR, a través de radicado número 3-2022-000633 presentó recomendación respecto a la continuidad y prórroga de la medida cautelar de Intervención del Proceso de Afiliaciones en el Departamento de Bolívar, destacándose de su informe lo siguiente:

"(...)

3. 1. La Dirección Administrativa de la Caja sostiene en su solicitud que aún per-

manecen los riesgos financieros de la Corporación por la liquidación forzosa del programa de Salud que le ordenara la Superintendencia de Salud.

3.2. El cumplimiento de las proyecciones en los programas sociales que presentan en el 2022, tales como:

Educación formal: En la cual la caja presenta conforme la cobertura alcanzada para el año 2021 un porcentaje de cumplimiento del 104% y una variación del 101% frente al año 2020.

Educación para el trabajo: La meta de la cobertura proyectada para el cuarto trimestre del año 2020 en comparación con el cuarto trimestre del año 2021, presentó un incremento del 228% y una variación del 68%.

Turismo social: De la comparación del tercer trimestre del año 2021 frente al tercer trimestre del año 2022, se encuentra reportado por la Caja un cumplimiento de las metas en cuanto a las coberturas proyectadas del 194% con participación de las categorías A y B, según lo reportado por la Caja en un 100%.

En cuanto a los ingresos por este servicio, la Caja informa, que al cierre del año 2021 se percibió ingresos por este concepto por un valor de $38.474.100 frente a ingresos al cierre de vigencia en el año 2020 donde se percibió un valor de $4.341.562.

Crédito social: El año 2021, conforme lo reportado por la Caja de Compensación el riesgo de la desafiliación tramitando los paz y salvos en lo proyectado en el servicio de crédito social, se traduce en una imposibilidad de los recobros de cartera para aquellos usuarios de este servicio cuyos empleadores se desafilien de la Corporación.

Ante un riesgo financiero latente por desafiliación de empresas, habría que estimar un riesgo mayor para la recuperación de esta cartera. Pese a lo reseñado, la Caja reporta un crecimiento del crédito social para el año 2021 frente a su colocación para el año 2020, indicando que han tenido un cumplimiento del 141% en el cuarto trimestre del año 2021(...)".

Con fundamento en lo expuesto en su informe, el Agente Especial de Intervención de COMFAMILIAR recomendó la prórroga de la medida cautelar de Intervención del Proceso de Afiliaciones en el Departamento de Bolívar por el término de seis (6) meses.

4. INFORME DE LA SUPERINTENDENCIA DELEGADA PARA LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA Y LAS MEDIDAS ESPECIALES

El Grupo Interno para las Medidas Especiales de la Superintendencia Delegada para la Responsabilidad Administrativa y las Medidas Especiales presentó a este Despacho análisis de la Caja de Compensación Familiar de Cartagena y Bolívar - COMFAMILIAR, frente a la recomendación del Agente Especial de Intervención, de cuyo contenido se resaltan como aspectos más importantes:

"ANÁLISIS DE LA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE CARTAGENA Y BOLÍVAR PROCESO DE INTERVENCIÓN DE AFILIACIONES

EN EL DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR

(... )

IV. ANÁLISIS FINANCIERO DE LA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR DE CARTAGENA Y BOLÍVAR

(■■■)

4.1. ESTADO DE SITUACIÓN FINANCIERA

a. Situación financiera a nivel de balance (diciembre 2020-2021)

Se presenta el resultado en el estado de situación financiera del año 2021 haciendo un comparativo con el año 2020 para entender el avance y...

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