Resolución número 02610 de 2022, por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos pertenecientes al nivel Bombero Aeronáutico de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - 22 de Noviembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 915866922

Resolución número 02610 de 2022, por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos pertenecientes al nivel Bombero Aeronáutico de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín52226

El Director General (e) de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 8º del Decreto 1294 de 2021, y los Decretos 1083 de 2015, 1149 y 1984 de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 790 de 2005, estableció el Sistema Específico de Carrera Administrativa en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, el cual deberá desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad, de oportunidades y de reconocimiento de méritos, además de los que regulan la función administrativa de que trata el artículo 209 de la Constitución Política.

Que el Decreto 1295 del 14 de octubre de 2021 modificó el sistema de la nomenclatura, clasificación niveles, requisitos, grados y remuneración de los empleos de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.

Que los artículos 2º y 3º del Decreto ibídem, indicaron:

"Artículo 2º. Naturaleza de los empleos en la Aeronáutica Civil. Según su naturaleza los empleos de la Aeronáutica Civil son de Carrera Aeronáutica y de libre nombramiento y remoción.

1. Los empleos de la Carrera Aeronáutica, comprenden: a) Cuerpo Administrativo Está integrado por los empleos que tienen asignadas funciones administrativas o de apoyo al área misional; b) Cuerpo Aeronáutico Está integrado por los empleos que tienen asignadas funciones misionales relacionadas con el transporte aéreo que exigen la aplicación de procedimientos, técnicas y conocimientos profesionales especializados.

Artículo 3º. Niveles de cargo. Los empleos de la Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil (Aerocivil) se clasifican en diferentes niveles de cargo que comprenden cada uno de los niveles funcionales que se describen a continuación: (...) g) Nivel Bombero Aeronáutico. El nivel Bombero Aeronáutico agrupa empleos cuyas funciones exigen la aplicación de los procedimientos y técnicas para la prestación del servicio de extinción de incendios propias del sector aeronáutico. (...)".

Que el artículo 7º del Decreto 770 de 2005 "por el cual se establece el sistema de funciones y de requisitos generales para los empleos públicos correspondientes a los niveles jerárquicos pertenecientes a los organismos y entidades del orden nacional, a que se refiere la Ley 909 de 2004", estableció que para el ejercicio de los empleos pertenecientes al cuerpo aeronáutico de la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil, los requisitos serán los señalados en las normas internacionales vigentes sobre la materia por las organizaciones competentes.

Que el artículo 2.2.2.6.1. del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 4º del

Decreto 498 de 2020, establece:

"Artículo 2.2.2.6.1 Expedición. Los organismos y entidades a los cuales se refiere el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR