Resolución Número 0289 de 2020, por la cual se implementa la expedición del Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización (PEPFF), creado mediante el Decreto número 117 de 2020 - 31 de Enero de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 839903129

Resolución Número 0289 de 2020, por la cual se implementa la expedición del Permiso Especial de Permanencia para el Fomento de la Formalización (PEPFF), creado mediante el Decreto número 117 de 2020

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Migración Colombia
Número de Boletín51213

del Ministerio del Trabajo.

El Director General de Migración Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren los numerales 1, 3 y 7 del artículo 4º, los numerales 3, 4 y 14 del artículo 10 del Decreto-ley 4062 de 2011 y el artículo 2.2.6.8.3.7 del Decreto número 117 de 2020 del Ministerio del Trabajo, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto-ley 4062 de 2011 se creó la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, como un organismo civil de seguridad, con personería jurídica, autonomía administrativa, financiera y patrimonio independiente, con jurisdicción en todo el territorio nacional, adscrita al Ministerio de Relaciones Exteriores, cuyo objetivo es ejercer las funciones de autoridad de vigilancia y control migratorio y de extranjería del Estado colombiano, dentro del marco de la soberanía nacional y de conformidad con las leyes y la política que en la materia defina el Gobierno nacional.

Que el artículo 2.2.1.11.2.5 del Decreto número 1067 de 2015, dispuso que la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia reglamentará a través de acto administrativo, los aspectos administrativos, procedimentales y de trámite, propios de los Permisos de Ingreso y Permanencia y Permisos Temporales de Permanencia, a los visitantes extranjeros que ingresen al territorio nacional, sin vocación de permanencia y que no requieran visa.

Que como política del Gobierno nacional consistente en propender y promover una migración ordenada, regular y segura, así como garantizar la seguridad y el respeto de los derechos de los nacionales y extranjeros; mediante la Resolución número 5797 del 25 de julio de 2017, por la cual se crea un Permiso Especial de Permanencia, expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores, se creó un mecanismo de facilitación migratoria que permite al Estado colombiano preservar el orden interno y social, evitar la explotación laboral y velar por el respeto de la dignidad humana, debido a la situación de orden interno que vive el vecino país, permitiendo su permanencia en Colombia, siempre que se cumpla con los requisitos establecidos.

Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través del artículo 2º de la Resolución número 6370 de 2018, estableció que el Permiso Especial de Permanencia (PEP), es un documento de identificación válido páralos nacionalesvenezolanos en territorio colombiano,

el cual les permite permanecer temporalmente en condiciones de regularización migratoria y acceder a la oferta institucional en materia de salud, educación, trabajo y atención de niños, niñas y adolescentes en los niveles nacional, departamental y municipal, quedando autorizados para ejercer cualquier actividad u ocupación legal en el país, incluidas aquellas que se desarrollen en virtud de una vinculación o de contrato laboral, sin perjuicio de los requisitos establecidos en el ordenamiento jurídico colombiano para el ejercicio de las actividades reguladas.

Que mediante el Decreto número 117 del 28 de enero de 2020,por el cual se adiciona la Sección 3 al Capítulo 8 del Título 6 de la...

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