Resolución número 02898 de 2021, por la cual se adopta el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos pertenecientes a los niveles Directivo Aeronáutico y Asesor Aeronáutico de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil - 16 de Diciembre de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 879375339

Resolución número 02898 de 2021, por la cual se adopta el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos pertenecientes a los niveles Directivo Aeronáutico y Asesor Aeronáutico de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín51890

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 8º del Decreto 1294 de

2021, el Decreto 1083 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto 790 de 2005, estableció el Sistema Específico de Carrera Administrativa en la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, el cual deberá desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad de oportunidades y de reconocimiento de méritos, además de los que regulan la función administrativa de que trata el artículo 209 de la Constitución Política.

Que el Decreto 1295 de 14 de octubre de 2021 modificó el sistema de la nomenclatura, clasificación, niveles, requisitos, grados y remuneración de los empleos de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.

Que teniendo en cuenta las funciones establecidas en el Decreto 1294 de 2021, así como los compromisos asignados a la entidad en los diferentes planes, programas y proyectos, se hace necesario adoptar un nuevo Manual Específico de Funciones y Competencias aplicables a las dependencias de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.

Que el Decreto 1083 de 2015, "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública", consagra en su artículo 2.2.2.6.1 que la adopción, adición, modificación o actualización de los Manuales Específicos de Funciones y de Competencias Laborales de las entidades se efectuará mediante resolución interna del jefe del respectivo organismo, previo estudio que adelante la unidad de personal o la que haga sus veces.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.2.6.1. del Decreto 1083 de 2015 modificado por el artículo 4º del Decreto 498 de 2020, la Dirección de Talento Humano, realizó un estudio con el objeto de adoptar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos pertenecientes a los niveles Directivo Aeronáutico y Asesor Aeronáutico de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil.

Que el Decreto 815 de 2018, modificó el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector de Función Pública, en lo relacionado con las competencias laborales generales para los empleos públicos de los distintos niveles jerárquicos.

Que en el artículo 2.2.4.7. del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 815 de 2017, se definieron las competencias comportamentales comunes que todos los servidores públicos deben acreditar, independientemente de su función, jerarquía y modalidad laboral.

Que el artículo 2.2.4.8. del Decreto ibídem, estableció las competencias comportamentales para los niveles Directivo y Asesor.

Que para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 815 de 2018, se hace necesario adoptar para los empleos pertenecientes a los niveles Directivo Aeronáutico y Asesor Aeronáutico, de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, las competencias comportamentales que debe acreditar todo servidor público, independientemente de su función, jerarquía y modalidad laboral, descritas en el artículo 2.2.4.7. del Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 815 de 2018.

Que así mismo, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto 815 de 2018, se hace necesario adoptar para los empleos pertenecientes a los niveles Directivo Aeronáutico, y Asesor Aeronáutico, las competencias comportamentales descritas en el artículo 2.2.4.8. del Decreto 1083 de 2015 modificado por el Decreto 815 de 2018.

Que mediante el Decreto 989 del 9 de julio de 2020, el Gobierno nacional adicionó el Capítulo 8 al Título 21 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, en lo relacionado con las competencias y requisitos específicos para el empleo de jefe de oficina, asesor, coordinador o auditor de control interno o quien haga sus veces en las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional y territorial, por lo que se hace necesario adoptar las competencias y requisitos del citado empleo, de conformidad con las definidas por el Decreto 989 de 2020, para el cargo de Jefe de Oficina Aeronáutica de la Oficina de Control Interno, Código 14, Grado 29.

Que con fundamento en el artículo 8º del Decreto 770 de 2005 y de acuerdo con lo manifestado por el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) en Concepto número 20204000385941 del 10 de agosto de 20201, los perfiles de empleo que se van a incluir en el presente acto administrativo, se verificarán conforme con lo establecido en el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales y no tendrán equivalencias.

Que la Dirección de Talento Humano de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, dando aplicación al numeral 8 del artículo de la Ley 1437 de 2011 tal como lo establece el parágrafo 3º del artículo 2.2.2.6.1. del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 498 de 2020, realizó el proceso de consulta con las organizaciones sindicales, la comunidad aeronáutica y todos los interesados, con el fin de recepcionar opiniones, sugerencias o propuestas alternativas al Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales.

Que mediante Circular número 42 del 9 de noviembre de 2021, la Dirección de Talento Humano programó unas mesas de trabajo conjuntas para la revisión y ajuste de los nuevos Manuales Específicos de Funciones y de Competencias Laborales que aplicarán para todos los empleos de laAerocivil.

Que las mesas de trabajo se realizaron por dependencias y niveles funcionales durante los días 11,12,16,17,18,19 y 22 de noviembre de 2021, a las que asistieron los Directores de Área y/o Regional o su delegado, el Coordinador o su delegado y el Presidente de la asociación sindical que los represente o su delegado.

Que el proyecto de Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales fue publicado y socializado y fueron consideradas las observaciones elevadas por la comunidad y las organizaciones sindicales.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo Iº Adoptar el Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos pertenecientes a los niveles Directivo Aeronáutico y Asesor Aeronáutico de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, de conformidad con el documento anexo, el cual forma parte integral del presente acto administrativo.
Artículo 2º Los requisitos mínimos de los empleos incluidos en el presente acto administrativo, se verificarán conforme lo establecido en los perfiles del Manual Especifico de Funciones y de Competencias Laborales y no tendrán equivalencias.
Artículo 3º La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C, a 15 de diciembre de 2021. El Director General,

Jair Orlando Fajardo Fajardo.

1 Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP), Concepto número 20204000385941 del 10 de agosto de 2020: "Una vez se hayan señalado los requisitos de estudio y de...

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