Resolución número 045 de 2023, por la cual se adopta la determinación final en la investigación administrativa iniciada mediante la Resolución 150 del 28 de junio de 2022 - 14 de Marzo de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 926804501

Resolución número 045 de 2023, por la cual se adopta la determinación final en la investigación administrativa iniciada mediante la Resolución 150 del 28 de junio de 2022

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín52336

El Director de Comercio Exterior, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confieren los numerales 5 y 7 del artículo 18 del Decreto 210 de 2003, modificado por el artículo 3º del Decreto 1289 de 2015, el Decreto 637 de 2018, el Decreto 1794 de 2020 y

CONSIDERANDO:

Que a través del Decreto 1794 de 2020, el cual adicionó el Capítulo 7 al Título 3 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015, el Gobierno nacional reguló la aplicación de derechos antidumping y derogó el Decreto 1750 de 2020.

Que por medio de Resolución 150 del 28 de junio de 2022, publicada en el Diario Oficial 52.080 del 29 de junio de 2022, la Dirección de Comercio Exterior ordenó el inicio de un examen con el objeto de determinar si la supresión de los derechos antidumping impuestos mediante la Resolución 0026 del 5 de enero de 2012, prorrogados por la

Resolución 1526 del 14 de agosto de 2017, a las importaciones de tubos no inoxidables de entubación ("casing") y de producción ("tubing"), clasificados por la subpartida arancelaria 7304.29.00.00, originarias de la República Popular China, permitirían la continuación o la repetición del dumping y del daño que se pretendía corregir.

Que en el artículo 2º de la Resolución 150 de 2022 se ordenó que durante el examen de extinción permanecieran vigentes los derechos antidumping definitivos impuestos en la Resolución 0026 del 5 de enero de 2012, prorrogados por la Resolución 1526 del 14 de agosto de 2017, conforme con lo dispuesto en el artículo 2.2.3.7.10.3 del Decreto 1794 de 2020.

Que a la investigación administrativa iniciada por la Dirección de Comercio Exterior le correspondió el expediente ED-215-57-120, en el cual se encuentran los documentos y pruebas allegadas por todos los intervinientes en la misma.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2.2.3.7.6.7 del Decreto 1794 de 2020, aplicable por expresa remisión del artículo 2.2.3.7.11.4 del mismo Decreto, se informó la apertura de la investigación y se enviaron comunicaciones a los importadores, exportadores y al representante diplomático de la República Popular China en Colombia, como también, las direcciones de Internet para descargar la citada resolución y los cuestionarios. Así mismo, de conformidad con el artículo 2.2.3.7.11.3 del Decreto 1794 de 2020, mediante aviso publicado en el Diario Oficial 52.080 del 29 de junio de 2022, la Dirección de Comercio Exterior convocó a quienes acreditaran interés en la investigación para que expresaran sus opiniones debidamente sustentadas y aportaran o solicitaran las pruebas que consideraran pertinentes para los fines de la misma.

Que de acuerdo con lo señalado en el Decreto 1794 de 2020, la Autoridad Investigadora garantizó la participación y el derecho de defensa de las partes interesadas, y en general, de quienes acreditaron interés en la investigación, a través de publicaciones, comunicaciones, envío de cuestionarios, práctica de pruebas, visitas de verificación, reuniones técnicas, alegatos de conclusión y remisión del documento de Hechos Esenciales para sus comentarios.

Que según lo dispuesto en el artículo 2.2.3.7.6.16 del Decreto 1794 de 2020, aplicable por expresa remisión del inciso segundo del artículo 2.2.3.7.11.7 de la misma reglamentación, la Autoridad Investigadora remitió el documento de Hechos Esenciales de la investigación, para comentarios de las partes interesadas intervinientes y a su vez, envió copia del mismo al Comité de Prácticas Comerciales.

Que en la sesión 154 del 7 de marzo de 2023, el Comité realizó el análisis, evaluación y recomendación final de la decisión a adoptar por parte de la Dirección de Comercio Exterior.

1. RESULTADOS DE LA INVESTIGACIÓN DE EXAMEN

A continuación se presentan las conclusiones de los análisis efectuados por la Autoridad Investigadora frente a la solicitud del examen de los derechos antidumping impuestos mediante la Resolución 0026 del 5 de enero de 2012, prorrogados por la Resolución 1526 del 14 de agosto de 2017, a las importaciones de tubos no inoxidables de entubación ("casing")...

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