Resolución número 0566 de 2022, por medio de la cual se amplía por dos (2) meses adicionales el otorgamiento del apoyo temporal reglamentado por la Resolución número 918 de 2021 y ampliado mediante la Resolución número 166 de 2022 - 27 de Abril de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 903054026

Resolución número 0566 de 2022, por medio de la cual se amplía por dos (2) meses adicionales el otorgamiento del apoyo temporal reglamentado por la Resolución número 918 de 2021 y ampliado mediante la Resolución número 166 de 2022

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín52018

La Ministra de Comercio, Industria y Turismo, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 53 de la Ley 2068 de 2020, el artículo 2.2.4.2.11.3. del Decreto número 1031 de 2021, compilado en el Decreto número 1074 de 2015 y el numeral 30 del artículo 2º del Decreto número 210 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que el numeral 1 del artículo 53 de la Ley 2068 de 2020 establece que, en caso de declaratoria de estado de emergencia o situación de desastre del orden nacional, departamental, distrital o municipal, los ingresos fiscales de Fontur podrán ser usados, destinados o aportados, entre otros, para brindar auxilios, subsidios o apoyos a los prestadores de servicios turísticos afectados;

Que a través del Decreto número 1031 de 2021, compilado en el Decreto número 1074 de 2015, se reglamentó el apoyo establecido en el numeral 1 del artículo 53 de la Ley 2068 de 2020, estableciendo en el artículo 2.2.4.2.11.3, lo siguiente:

"Artículo 2.2.4.2.11.3. Aprobación del monto y determinación de los requisitos para el otorgamiento de los auxilios, subsidios o apoyos. Para el otorgamiento de auxilios, subsidios o apoyos, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo deberá presentar una solicitud ante el Comité Directivo del Fondo Nacional de Turismo, indicando el monto, el número estimado de beneficiarios y el presupuesto requerido, para que este apruebe la inversión, de conformidad con las funciones establecidas en el artículo 2.2.4.2.4.1. del Decreto número 1074 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.

Con posterioridad a la aprobación de la inversión por parte del Comité Directivo, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, mediante resolución definirá los siguientes elementos: 1. Condiciones para acceder a auxilios, subsidios o apoyos, incluyendo el nivel de afectaciones requerido, el nivel de disminución de ingresos operacionales y la forma de acreditarlo.

2. Plazos, medios y requisitos para la solicitud de parte de los prestadores de servicios turísticos afectados.

3. Procedimiento de conformación del listado de beneficiarios.

4. Monto, periodicidad y vigencia de los auxilios, subsidios o apoyos.

5. Medios de pago.

6. Medios de verificación de los requisitos por parte del Fondo Nacional de Turismo";

Que mediante Decreto número 1472 del 18 de noviembre de 2020, el Presidente de la República declaró la existencia de una situación de Desastre Departamental en el departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y sus cayos, por el término de doce (12) meses prorrogables hasta por un periodo igual, previo concepto favorable del Consejo Nacional para la Gestión del Riesgo. Esta declaratoria de desastre se produjo como consecuencia del paso...

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