Resolución número 0864 de 2021, por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, el Modelo Estándar de Control Interno, el Comité Sectorial de Gestión y Desempeño, el Comité Sectorial de Auditoría Interna, se establecen lineamientos sectoriales y se deroga una resolución - 21 de Abril de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 866300310

Resolución número 0864 de 2021, por la cual se actualiza el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, el Modelo Estándar de Control Interno, el Comité Sectorial de Gestión y Desempeño, el Comité Sectorial de Auditoría Interna, se establecen lineamientos sectoriales y se deroga una resolución

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín51652

El Ministro de Defensa Nacional, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 208 de la Constitución Política, el artículo 59, numeral 6 de la Ley 489 de 1998, el artículo 2º, numeral 2 del Decreto 4890 de 2011, y en desarrollo del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 1499 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 208 de la Constitución Política de Colombia precisa que, "Los ministros y los directores de departamentos administrativos son los jefes de la administración en su respectiva dependencia. Bajo la dirección del Presidente de la República, les corresponde formular las políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley".

Que el artículo 59, numeral 6 de la Ley 489 de 1998 establece que, "Corresponde a los ministerios y departamentos administrativos, sin prejuicio de lo dispuesto en sus actos de creación o en leyes especiales: Participar en la formulación de la política del Gobierno en los temas que les correspondan y adelantar su ejecución".

Que los artículos , y 13 de la Ley 87 de 1993 definen el control interno, determinan que el establecimiento y desarrollo del Sistema de Control Interno de los organismos y entidades públicas, será responsabilidad del representante legal.

Que mediante el Decreto 1083 de 2015, se expidió el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública y compiló en un solo cuerpo normativo los decretos reglamentarios vigentes de competencia del sector de la Función Pública.

Que la estructura del Ministerio de Defensa Nacional, según lo dispuesto en los Decretos 1512 de 2000, 4890 de 2011 y demás modificatorios, está constituida por las siguientes unidades ejecutoras: la Unidad de Gestión General, el Comando General de las Fuerzas Militares, el Ejército Nacional, la Armada Nacional, la Fuerza Aérea Colombiana, la Dirección General de Sanidad Militar, la Dirección General Marítima (Dimar), y Dirección General de la Policía Nacional.

Que según lo dispuesto en el Decreto 1070 de 2015, el Sector Administrativo Defensa Nacional está integrado por el Ministerio de Defensa Nacional y sus entidades adscritas, vinculadas a saber: la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares, la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, el Hospital Militar Central, la Agencia Logística de las Fuerzas Militares, el Fondo Rotatorio de la Policía Nacional, el Instituto de Casas Fiscales del Ejército, el Club Militar, la Defensa Civil Colombiana, la Industria Militar, la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, el Servicio Aéreo a Territorios Nacionales S. A. (Satena S. A.), la Corporación de la Industria Aeronáutica Colombiana (CIAC S. A.), la Sociedad Hotelera S. A., la Corporación de Ciencia y Tecnología para el Desarrollo de la Industria Naval, Marítima y Fluvial (Cotecmar) y la Corporación de Alta Tecnología para la Defensa (Codaltec).

Que el Decreto 1499 de 2017, sustituyó el Título 22 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1083 de 2015, en relación con i) el objeto e instancias de dirección y coordinación del Sistema de Gestión, ii) las Políticas de Gestión y Desempeño Institucional, iii) el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (definición, objetivos y ámbito de aplicación), iv) La articulación del Sistema de Gestión con el Sistema de Control Interno, v) La redefinición de los Comités Sectoriales de Gestión y Desempeño y vi) la derogatoria de los artículos 15 al 23 de la Ley 489 de 1998 y la Ley 872 de 2003, estableciendo en el Consejo para la Gestión y Desempeño Institucional, la adopción y actualización del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG.

Que el Decreto 648 de 2017, modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, incluyendo para las entidades de las ramas del poder público la obligación de establecer un Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, así como de un Comité Sectorial de Auditoría, entre otros.

Que el Decreto 1083 de 2015, establece para las entidades de las ramas del poder público, la obligación de actualizar el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano (MECI), con el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG).

Que mediante Resolución 4240 del 15 de junio de 2018, "por la cual se adopta el Modelo Integrado de Planeación y Gestión, se integra el Modelo Estándar de Control Interno en el Sector Defensa, se crea el Comité de Gestión y Desempeño para el Sector Defensa, el Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno, el Comité Sectorial de Auditoría Interna, se establecen otros lineamientos y se derogan unas Resoluciones", se derogó la Política de Gerencia Pública Activa en el Sector Defensa, con el fin de articular el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) en el Sector Defensa y el Modelo Estándar de Control Interno (MECI) y unificar la Política de Gerencia Pública Activa en un único Sistema Integrado de Gestión y Desempeño, en virtud de lo establecido en el

Decreto 1499 de 2017 y el Decreto 612 de 2018.

Que el Consejo para la Gestión y Desempeño Institucional, en diciembre de 2019 expidió el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión.

Que es necesario, de acuerdo con las disposiciones normativas, actualizar el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) en el Sector Defensa y dictar otras disposiciones para el correcto funcionamiento del Sistema de Gestión y Desempeño y del Sistema de Control Interno Sectorial.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE: TÍTULO I

DE LOS SISTEMAS Y LOS MODELOS

CAPÍTULO I Artículo 1

Sistema de gestión y desempeño institucional

Artículo 1º Sistema de Gestión y Desempeño Institucional del Sector Defensa.

Actualícese el Sistema de Gestión y Desempeño Institucional del Sector Defensa que estará conformado por el conjunto de unidades ejecutoras, la Policía Nacional y las entidades adscritas y vinculadas al Ministerio de Defensa, así como por las políticas, normas, recursos e información, que tienen por objeto dirigir la gestión pública al mejor desempeño institucional y a la consecución de resultados para la satisfacción de las necesidades y el goce efectivo de los derechos de los ciudadanos, en el marco de la legalidad y la integridad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.22.1.1. del Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 1499 de 2017.

Parágrafo 1º. El Sistema de Gestión y Desempeño Institucional del Sector Defensa o su equivalente, se articulará con el Sistema de Control Interno (Ley 87 de 1993 y Ley 489 de 1998), de tal manera que permita el fortalecimiento de los mecanismos, métodos y procedimientos de control interno al interior del Sector Defensa.

Parágrafo 2º. El Sistema de Gestión y Desempeño Institucional del Sector Defensa o su equivalente, integrará los diferentes sistemas de gestión y de desarrollo administrativo en un solo sistema.

CAPÍTULO II Artículo 2

Sistema de Control Interno del Sector Defensa

Artículo 2º Sistema de Control Interno del Sector Defensa.

El Sistema de Control Interno del Sector Defensa, estará compuesto por el esquema de controles de la organización, la gestión de riesgos, la administración de la información y de los recursos y por el conjunto de planes, métodos, principios, normas, procedimientos, y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por la entidad, dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas, resultados u objetivos de la Entidad.

Parágrafo 1º. El Sistema de Control Interno previsto en la Ley 87 de 1993 y en la Ley 489 de 1998, se articulará al Sistema de Gestión y Desempeño Institucional o el que haga sus veces en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, a través de los mecanismos de control y verificación que permiten el cumplimiento de los objetivos y el logro de resultados de las entidades.

Parágrafo 2º. El Control Interno es transversal a la gestión y el desempeño y se implementará a través del Modelo Estándar de Control Interno (MECI).

CAPÍTULO III Artículos 3 a 7

Modelo Integrado de Planeación y Gestión del Sector Defensa (MIPG)

Artículo 3º Modelo Integrado de Planeación y Gestión.

Actualícese el Modelo Integrado de Planeación y Gestión para el Sector Defensa, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1083 de 2015, modificado por el Decreto 1499 de 2017, así como el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión; el cual estará integrado por el Sistema de Gestión de Desempeño Sectorial o su equivalente y por el Sistema de Control Interno.

Artículo 4º Objetivos del Modelo Integrado de Planeación y Gestión.

El Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), tendrá como objetivos:

  1. Fortalecer el liderazgo y el talento humano bajo los principios de integridad y legalidad, como motores de la generación de resultados.

  2. Agilizar, simplificar y flexibilizar la operación de las entidades para la generación de bienes y servicios que resuelvan efectivamente las necesidades de los ciudadanos.

  3. Desarrollar una cultura organizacional fundamentada en la información, el control y la evaluación para la toma de decisiones la mejora continua.

  4. Facilitar y promover la efectiva participación ciudadana en la planeación, gestión y evaluación de las entidades públicas.

  5. Promover la coordinación entre entidades públicas para mejorar su gestión y desempeño.

Artículo 5º Dimensiones y políticas de gestión y desempeño institucional.

El MIPG opera a través de 7 dimensiones: (i) Talento Humano, (ii) Direccionamiento Estratégico y Planeación, (iii) Gestión con Valores para Resultados, (iv) Evaluación de Resultados, (v) Información y Comunicación, (vi) Gestión del...

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