Resolución número 1054 de 2023, por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 4278 de 2022, que adopta el formato de Certificación de Trámite del Permiso por Protección Temporal (PPT) como documento de identificación para los nacionales venezolanos dentro del territorio de la República de Colombia, y se dictan otras disposiciones - 28 de Abril de 2023 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 930662777

Resolución número 1054 de 2023, por la cual se modifica parcialmente la Resolución número 4278 de 2022, que adopta el formato de Certificación de Trámite del Permiso por Protección Temporal (PPT) como documento de identificación para los nacionales venezolanos dentro del territorio de la República de Colombia, y se dictan otras disposiciones

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Migración Colombia
Número de Boletín52379

El Director General de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren los numerales 2, 3, 6 y 7 del artículo 4º y, los numerales 3, 4 y 14 del artículo 10 del Decreto número 4062 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud del artículo 1º de la Constitución Política, Colombia es un Estado Social de Derecho, fundado en el respeto por la dignidad humana, el trabajo, la solidaridad de las personas que integran la República y la prevalencia del interés general.

Que a su turno el artículo 9º Ibídem, establece que las relaciones exteriores del Estado se fundamentan en la soberanía nacional, en el respeto a la autodeterminación de los pueblos y en el reconocimiento de los principios del derecho internacional aceptados por Colombia.

Que el artículo 100 de la Constitución Política dispone que los extranjeros gozarán en el territorio de la República de las mismas garantías concedidas a los nacionales, salvo las limitaciones que establezcan la Constitución y la ley, de acuerdo con el principio de igualdad de derechos y deberes entre los habitantes del territorio nacional.

Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 4º del Decreto ley 4062 de 2011, a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia le compete llevar el registro de identificación de extranjeros y efectuar en el territorio nacional la verificación migratoria de los mismos.

Que el numeral 6 del artículo 4º del Decreto ley 4062 de 2011 establece que es función de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia formular, dirigir, coordinar y evaluar los planes, programas y proyectos en materia de control migratorio, extranjería y verificación migratoria, en desarrollo y de conformidad con la política migratoria.

Que el Decreto número 1067 de 2015 en su artículo 2.2.1.11.3 establece que la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia ejercerá la vigilancia y control migratorio de nacionales y extranjeros en el territorio nacional.

Que el artículo 2.2.1.11.2. del Decreto número 1067 de 2015, modificado por el artículo 43 del Decreto número 1743 de 2015, indica que es competencia discrecional del Gobierno nacional, fundado en el principio de soberanía del Estado, autorizar el ingreso, permanencia y salida de extranjeros del territorio nacional, así como regular el ingreso y salida de nacionales del territorio nacional.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 13 del Decreto número 216 del 1º de marzo de 2021 y la Resolución número 971 de 2021, es competencia de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia autorizar y expedir el Permiso...

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