Resolución número 107 de 2017, por la cual se adopta la determinación final del examen quinquenal iniciado de oficio con la Resolución número 0147 de 2016 - 12 de Julio de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 687161913

Resolución número 107 de 2017, por la cual se adopta la determinación final del examen quinquenal iniciado de oficio con la Resolución número 0147 de 2016

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín50292

La Directora de Comercio Exterior (e), en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el numeral 5 del artículo 18 del Decreto número 210 de 2003 modificado por el Decreto número 1289 de 2015, el Decreto número 1750 de 2015, la Resolución número 1287 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 0147 del 9 de septiembre de 2016 publicada en el Diario Oficial número 49.995 del 13 de septiembre de 2016, la Dirección de Comercio Exterior ordenó de oficio el inicio del examen con el objeto de determinar si la supresión del derecho antidumping impuesto a las importaciones de películas flexibles de PVC originarias de la República Popular China y películas rígidas de PVC originarias de la República Popular China y de la República de Corea, clasificadas por las subpartidas arancelarias 3920.43.00.00.00 y 3920.49.00.00, respectivamente, ocasionaría la repetición del dumping y del daño que se pretendía corregir. Estos derechos fueron impuestos mediante la Resolución número 0305 del 13 de noviembre de 2013, publicada en el Diario Oficial número 48.973 del 13 de noviembre de 2013 y conservada su aplicación sin modificación en los términos previstos en los artículos y de dicha resolución, mediante la Resolución número 173 del 14 de octubre de 2015, publicada en el Diario Oficial número 49.970 del 19 de octubre de 2015;

Que a la investigación administrativa abierta por la Dirección de Comercio Exterior le correspondió el Expediente número ED-215-35-85/ED-215-190-03-86 que reposa en los archivos de la Subdirección de Prácticas Comerciales, en el cual se encuentran los documentos y pruebas acopiados y allegados por los intervinientes en la misma;

Que en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 68 del Decreto número 1750 de 2015, se informó la apertura de investigación y se enviaron comunicaciones a los importadores, exportadores y productores extranjeros y a los representantes diplomáticos de la República Popular China y República de Corea en Colombia para su divulgación a los gobiernos de dichos países, así como las direcciones de Internet para descargar la citada resolución de apertura y los cuestionarios, tanto para importadores, como para exportadores, según el interés. Al respecto, no se obtuvo respuesta de las partes mencionadas;

Que de conformidad con el artículos 66 del citado decreto, mediante aviso publicado en el Diario Oficial número 49.995 del 13 de septiembre de 2016, se convocó a quienes acreditaran interés en la investigación para que expresaran sus opiniones debidamente sustentadas y aportaran los documentos y pruebas que consideraran pertinentes para los fines de la misma, respecto de la cual tampoco se obtuvo ninguna respuesta;

Que de acuerdo con lo señalado en el Decreto número 1750 de 2015, la autoridad investigadora garantizó las debidas oportunidades de participación y el derecho de defensa

de las partes interesadas, y en general, de quienes acreditaran interés en la investigación, a través de notificaciones, comunicaciones, envío y recibo de cuestionarios, práctica de pruebas, visitas de verificación, reuniones técnicas con la autoridad investigadora y alegatos;

Que acorde con los artículos 71 y 72 del Decreto número 1750 de 2015, la Dirección Comercio Exterior convocó al Comité de Prácticas Comerciales para llevar a cabo la Sesión número 119 del 7 de junio de 2017, donde se presentaron los resultados finales del examen quinquenal a los derechos antidumping impuestos a las importaciones de películas flexibles de PVC originarias de la República Popular China y películas rígidas de PVC originarias de la República Popular China y de la República de Corea;

Que los resultados y análisis finales de la investigación a las importaciones de los productos objeto de investigación se encuentran ampliamente detallados en el Informe Técnico Final. A continuación se presenta la conclusión del análisis de los dos escenarios en el mercado nacional de las de películas flexibles de PVC originarias de la República Popular China y de las películas rígidas de PVC originarias de la República Popular China y de la República de Corea...

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