Resolución número 1154 de 2017, por la cual se adoptan los instrumentos archivísticos, Programa de Gestión Documental (PGD), Plan Institucional de Archivos (Pinar) y el Documento del Sistema Integrado de Conservación (SIC) - 11 de Octubre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 695013785

Resolución número 1154 de 2017, por la cual se adoptan los instrumentos archivísticos, Programa de Gestión Documental (PGD), Plan Institucional de Archivos (Pinar) y el Documento del Sistema Integrado de Conservación (SIC)

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Número de Boletín50383

El Director General del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi", en uso de sus facultades legales y en especial las concedidas por el numeral 12 del artículo 14 del Decreto 2113 de 1992 y numeral 1 del artículo del Decreto 208 de 2004

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 594 de 2000 "por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos y se dictan otras disposiciones" se establecen las reglas y principios generales que regulan la función archivística del Estado, a las cuales se deben sujetar las entidades de la administración pública en sus diferentes niveles.

Que mediante Decreto 1080 de 2015 "por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Cultura" . En su artículo 2.8.2.5.8 señala que la gestión documental en las entidades públicas se desarrollará a partir de los siguientes instrumentos archivísticos:

  1. El Cuadro de Clasificación Documental (CCD)

  2. La Tabla de Retención Documental (TRD)

  3. El Programa de Gestión Documental (PGD)

  4. Plan Institucional de Archivos de la Entidad (Pinar)

  5. El Inventario Documental.

  6. Un modelo de requisitos para la gestión de documentos electrónicos.

  7. Los bancos terminológicos de tipos, series y subseries documentales.

  8. Los mapas de procesos, flujos documentales y la descripción de las funciones de las unidades administrativas de la entidad.

  9. Tablas de Control de Acceso para el establecimiento de categorías adecuadas de derechos y restricciones de acceso y seguridad aplicables a los documentos.

Que en consecuencia, en su artículo 2.8.2.5.11. Aprobación del programa de gestión documental. El Programa de Gestión Documental (PGD) debe ser aprobado por el Comité de Desarrollo Administrativo conformado en cada una de las entidades del orden nacional o el Comité Interno de Archivo en las entidades del orden territorial. La implementación y seguimiento del PGD es responsabilidad del área de archivo de la Entidad en coordinación con la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces.

Que el artículo 15 de la Ley 1712 de 2014 "por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones". Señala que los sujetos obligados deberán adoptar un Programa de Gestión Documental en el cual se establezcan los...

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