Resolución número 1433 de 2021, por medio de la cual se ordena un pago de aporte estatal del Programa Apoyo al Empleo Formal (PAEF) en desarrollo de lo resuelto en el marco de la acción de tutela promovida por América Becerra Mosquera y otras, identificado con el número de radicado 2700131-10-002-2020-00094-01 - 28 de Junio de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 870406185

Resolución número 1433 de 2021, por medio de la cual se ordena un pago de aporte estatal del Programa Apoyo al Empleo Formal (PAEF) en desarrollo de lo resuelto en el marco de la acción de tutela promovida por América Becerra Mosquera y otras, identificado con el número de radicado 2700131-10-002-2020-00094-01

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51719

El Viceministro General Ad Hoc del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades, en especial las que le confiere el Decreto número 639 de 2020 modificado por los Decretos Legislativos 677 y 815 de 2020, la Ley 2060 de 2020 y el artículo 2º de la Resolución número 1430 del 23 de junio de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Legislativo 639 del 8 de mayo del 2020 modificado por los Decretos Legislativos 677 y 815 del 19 de mayo y 4 de junio de 2020, respectivamente, se creó el Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF), como un programa social del Estado que otorgará al beneficiario del mismo un aporte monetario mensual de naturaleza estatal, con cargo a los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME), con el objeto de apoyar y proteger el empleo formal del país.

Que de forma particular el Decreto Legislativo 677 de 2020 determinó que la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) es la entidad centralizadora de la información, así como de la fiscalización del Programa.

Que la Resolución número 1129 del 20 de mayo de 2020, por medio de la cual este Ministerio definió la metodología de cálculo de la disminución en ingresos de los beneficiarios del Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF), los plazos de postulación, los mecanismos de dispersión, y dictó otras disposiciones, señala en su artículo 1º que "el Ministerio de Hacienda y Crédito Público trasferirá, con cargo a los recursos del Fondo de Mitigación de Emergencias (FOME), a los beneficiarios que se hayan postulado al Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF) y cumplan con los requisitos del Decreto número 639 de 2020, un aporte estatal que corresponderá al número de empleados multiplicado por trescientos cincuenta y un mil pesos ($351.000)".

Que posteriormente se expidió la Ley 2060 del 22 de octubre de 2020, mediante la cual se efectuaron una serie de modificaciones al Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF). Dentro de estas modificaciones se encuentra lo dispuesto por el artículo 1º, que prevé lo siguiente: "(...) Amplíese hasta el mes de marzo de 2021 el Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF) establecido en el Decreto Legislativo 639 de 2020, modificado por los decretos legislativo 677 y 815 de 2020. Para el efecto, sustitúyase la palabra "cuatro" contenida en los artículos , , 4ºy 5º del Decreto Legislativo 639 de 2020, por la palabra "once" y sustitúyase la expresión "mayo, junio, julio y agosto" contenida en el artículo 5º del Decreto Legislativo 639 de 2020, por la expresión "mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2020 y enero, febrero y marzo d e2021".

Que las modificaciones efectuadas sobre el Programa de Apoyo al Empleo Formal (PAEF) con la expedición de la Ley 2060 de 2020, implicaron a su vez cambios sustanciales respecto de lo dispuesto en la Resolución número 1129 de 2020 que por tanto hicieron necesaria la adecuación de los requisitos, montos de los aportes a partir del mes de septiembre y el procedimiento previsto para el desarrollo efectivo del Programa conforme con los cambios de la Ley 2060 de 2020. Esto se llevó a cabo con la expedición de la Resolución número 2162 del 13 de noviembre de 2020 por medio de la cual se subrogó la anterior Resolución número 1129 de 2020 con sus modificaciones.

Que la mencionada Resolución número 2162 de 2020 establece, en línea con lo dispuesto por el artículo 3º del Decreto Legislativo 639 de 2020 modificado por los artículos y de la Ley 2060 de 2020, que el aporte estatal corresponderá al número de empleados multiplicado por el 40% de un (1) smmlv, lo cual equivale a trescientos cincuenta y un mil pesos ($351.000) por cada empleado para el año 2020, salvo en los siguientes eventos: a) Si las personas vinculadas al empleador corresponden a mujeres o si se encuentran clasificados dentro de las actividades económicas y de servicios de los sectores turístico, hotelero y de gastronomía, y las actividades artísticas, de entretenimiento y recreación, la cuantía del aporte estatal que recibirán corresponderá al número de estos empleados multiplicado por el 50% de un (1) smmlv, equivalente a cuatrocientos treinta y nueve mil pesos ($439.000) para el año 2020.

Que teniendo en cuenta que se previó el pago de estos subsidios para una fracción del año 2021, el parágrafo 2º del artículo de la Resolución número 2162 de 13 de noviembre de 2020, determinó que el monto del aporte estatal aplicable para las postulaciones de enero, febrero y marzo de 2021, se actualizarían conforme...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR