Resolución número 170 de 2018, por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Registraduría Nacional del Estado Civil y sus fondos adscritos - 18 de Enero de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 701526369

Resolución número 170 de 2018, por la cual se adopta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Registraduría Nacional del Estado Civil y sus fondos adscritos

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín50480

El Registrador Nacional del Estado Civil, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 7º del Decreto número 1011 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 122 de la Constitución Política de Colombia de 1991 preceptúa que, "... No habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en ley o reglamento..." y para proveer los de carácter remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en el presupuesto correspondiente.

Que, mediante el Decreto número 1010 del 6 de junio de 2000, se establece la organización interna de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se fijan las funciones de sus dependencias.

Que, en el Decreto número 1011 del 6 de junio de 2000, por el cual se establece la nomenclatura y calificación de los empleos de la Registraduría Nacional del Estado Civil y se dictan otras disposiciones, en su artículo 6º dispuso que "...para el ejercicio de los empleos del nivel directivo, asesor, profesional, técnico y asistencial, debe tenerse en cuenta los requisitos generales previstos en este decreto, los cuales sirven de base para establecer el manual de funciones y requisitos específicos de la Registraduría Nacional del Estado Civil. ".

Que, el artículo 7º del Decreto número 1011 de 2000, dispone que es competencia del Registrador Nacional del Estado Civil expedir el Manual de Funciones y Requisitos Específicos para cada uno de los empleos, teniendo en cuenta, la naturaleza de las dependencias, los procesos y procedimientos que deben ejecutarse con el fin de cumplir de manera eficaz y eficiente la misión y objetivos de la entidad.

Que, con fundamento en la facultad concedida en el Decreto número 1011 de 2000, el Registrador Nacional expidió la Resolución número 6053 del 27 de diciembre de 2000, "... por la cual se establecen el Manual de Funciones y los Requisitos Específicos para los empleos de la planta de personal de la Registraduría Nacional del Estado Civil.".

Que, el 12 de diciembre de 2008 se expidió la Resolución número 8479, ".por medio de la cual se establece y adopta el manual específico de funciones y competencias laborales, para el desempeño de cargos del nivel directivo en la Registraduría Nacional del Estado Civil. ".

Que, el artículo 5º de la Ley 1350 del 6 de agosto 2009, por medio de la cual se reglamenta la Carrera Administrativa Especial en la Registraduría Nacional del Estado Civil y se dictan normas que regulen La Gerencia Pública", define el empleo como "...el conjunto de funciones, tareas y responsabilidades que se asignan a una persona, así como las competencias requeridas para llevarlas a cabo, con el propósito de cumplir los fines del Estado. ".

Que, el Registrador Nacional expidió la Resolución número 1225 del 29 de febrero de 2012 "...por la cual se establece y ajusta el manual específico de funciones y competencias laborales, para el desempeño de los diferentes empleos del Fondo Social de Vivienda de la Registraduría Nacional del Estado Civil. ".

Que, la Gerencia del Talento Humano junto con las diferentes dependencias de la Registraduría Nacional del Estado Civil y sus fondos adscritos, adelantó las acciones necesarias para actualizar el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de la Registraduría Nacional del Estado Civil, de conformidad con los procesos y procedimientos institucionales.

Que, en mérito de lo expuesto el Registrador Nacional del Estado Civil,

RESUELVE:

Artículo 1º Adopción.

Adoptar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de La Registraduría Nacional del Estado Civil y sus fondos adscritos, contenido en documento Anexo 1 - Fichas - Perfiles de los Empleos y el Anexo 2 - Diccionario de Competencias Comportamentales, que forman parte integral de este Acto Administrativo.

Artículo 2º Requisitos.

Para ser nombrado en cualquiera de los empleos que hacen parte de la planta global de la Registraduría Nacional del Estado Civil y sus fondos adscritos, se deberá cumplir con cada uno de los requisitos establecidos en el Manual adoptado mediante la presente resolución.

Artículo 3º Acreditación de la experiencia.

La experiencia se acreditará mediante la presentación de constancias expedidas por la autoridad competente de las respectivas instituciones oficiales o privadas.

Cuando el interesado haya ejercido su profesión o actividad en forma independiente, la experiencia se acreditará mediante declaración del mismo, la cual se entenderá hecha bajo la gravedad del juramento.

Para efectos de la presente resolución la experiencia se clasifica así:

  1. Experiencia profesional. Es el conjunto de conocimientos, destrezas y habilidades adquiridas en el desempeño o ejercicio de la profesión, la cual se cuenta a partir de la terminación y aprobación de todas las materias que conforman el pénsum académico de la respectiva formación profesional.

  2. Experiencia específica. Es el conjunto de conocimientos, destrezas y habilidades adquiridas en el ejercicio de un cargo o actividades de igual naturaleza a las del empleo por proveer.

  3. Experiencia relacionada. Es el conjunto de conocimientos, destrezas y habilidades adquiridas en el ejercicio de funciones o actividades de similares características a las del empleo por proveer.

  4. Experiencia general. ...

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