Resolución número 25-000-50-2022 de 2022, por medio de la cual se ordena la renovación de la inscripción en el catastro de los predios actualizados de las zonas priorizadas del municipio de Tocancipá, departamento de Cundinamarca y se determina la vigencia de los avalúos resultantes - 29 de Diciembre de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 918123563

Resolución número 25-000-50-2022 de 2022, por medio de la cual se ordena la renovación de la inscripción en el catastro de los predios actualizados de las zonas priorizadas del municipio de Tocancipá, departamento de Cundinamarca y se determina la vigencia de los avalúos resultantes

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Número de Boletín52262

El Director Territorial de Cundinamarca del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, en uso de sus facultades legales, en especial las otorgadas por el artículo 3º de la Ley 14 de 1983, el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019, el numeral 7 del artículo 30 del Decreto 846 de 2021, artículo 9º de la resolución 1149 de 2021 del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi" (IGAC), y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3º de la Ley 14 de 1983 establece que: "Las autoridades catastrales tendrán a su cargo las labores de formación, actualización y conservación de los catastros, tendientes a la correcta identificación física, jurídica, fiscal y económica de los inmuebles".

Que, el artículo 79 de la Ley 1955 de 2019 dispone que "La gestión catastral es un servicio público que comprende un conjunto de operaciones técnicas y administrativas orientadas a la adecuada formación, actualización, conservación y difusión de la información catastral, así como los procedimientos del enfoque catastral multipropósito que sean adoptados".

Que, el mismo artículo menciona que "el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAG) será la máxima autoridad catastral nacional y prestador por excepción del servicio público de catastro, en ausencia de gestores catastrales habilitados. En su rol de autoridad catastral, el IGAG mantendrá la función reguladora y ejecutora en materia de gestión catastral" .

Que, la misma disposición define la gestión catastral...

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