Resolucion numero 2088 de 1999, por la cual se reglamenta el Programa Institucional de Capacitación y Estímulos,
Número de Boletín | 43600 |
por la cual se reglamenta el Programa Institucional de Capacitación y Estímulos,
para el personal del Instituto Colombiano de Comercio Exterior, Incomex.
El Director General del instituto colombiano de comercio exterior, Incomex, en uso de las facultades legales y en especial las que le confiere la Ley 190 de 1995, los Decretos 466 de 1992, el Código Contencioso Administrativo Colombiano, la Ley 443 de 1998, Decreto-ley 1567 de 1998 y el Decreto reglamentario 1572 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que es deber de los Organismos de la Administración Pública formular y ejecutar planes y programas institucionales de capacitación y estímulos, en concordancia con los parámetros impartidos por el Gobierno Nacional y los principios establecidos en el Decreto 1567 del 5 de agosto de 1998, el cual reglamentó la Ley 443 de 1998;
Que de conformidad con los Decretos 1567 y 1572 de 1998, es deber de los Organismos de la Administración Pública, desarrollar programas institucionales de capacitación, bienestar social e incentivos, armonizando las políticas generales y las necesidades particulares e Institucionales, con base en la atención de prioridades;
Que el Capítulo II del Decreto 1567 de 1998 establece que los planes institucionales de capacitación deben comprender programas de inducción y reinducción dirigidos a facilitar y fortalecer la integración del empleado a la cultura organizacional, a desarrollar en éste habilidades gerenciales y de servicio público y a suministrarle información necesaria para el mejor conocimiento de la función pública y de la entidad;
Que el mismo decreto establece como áreas de capacitación las áreas funcionales misional o técnica y de gestión.
Que el Título II del Decreto 1567 de 1998 dispone que el Sistema de Estímulos para los empleados del Estado está conformado, entre otros, por los programas de bienestar e incentivos orientados a elevar sus niveles de eficiencia, satisfacción, desarrollo y bienestar en el desempeño de su labor y al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales;
Que dichos programas de bienestar social e incentivos serán flexibles y adaptables y propenderán por la gestión autónoma y descentralizada de las entidades, enmarcando los mismos dentro del área de protección y servicios sociales y del área de calidad de vida laboral;
Que el artículo 26 del Decreto 1567 de 1998 establece que los programas de incentivos como componentes tangibles del sistema de estímulos deberán orientarse a reconocer o premiar los resultados del desempeño en niveles de excelencia y crear condiciones favorables al buen desempeño, a través de proyectos de calidad de vida laboral;
Que el artículo 29 del decreto precitado expresa entre otras, que los planes de incentivos para los empleados se orientan a reconocer los desempeños individuales del mejor empleado de la entidad y de cada uno de los niveles jerárquicos que la conforman, así como de los equipos de trabajo que alcancen niveles de excelencia;
Que para reconocer el desempeño en niveles de excelencia, los artículos 30 del Decreto 1567 de 1998 y 124 del Decreto 1572 de 1998 establecen que se podrá organizar planes de incentivos pecuniarios y no pecuniarios, a los cuales tienen derecho los mejores empleados de carrera, los mejores equipos de trabajo y los empleados de libre nombramiento y remoción;
Que se hace necesario establecer un reglamento que regule todos los aspectos propios sobre los planes y programas de capacitación y estímulos que desarrolle el Incomex a sus empleados;
Que la gestión de los planes de incentivos de cada Entidad estará a cargo del Comité del mismo nombre,
RESUELVE:
Los programas de capacitación, bienestar social e incentivos se ejecutarán gradualmente de acuerdo con los Decretos 1567 y 1572 del 5 de agosto de 1998, las disposiciones que los modifiquen o aclaren y las contenidas en la presente Resolución.
DE LA CAPACITACION
Definición, objetivos, recursos y cobertura
Se entiende por capacitación el conjunto de procesos organizados, relativos tanto a la educación no formal como a la informal de acuerdo con lo establecido por la ley general de educación, dirigidos a prolongar y a complementar la educación inicial mediante la generación de conocimientos, el desarrollo de habilidades y el cambio de actitudes, con el fin de incrementar la capacidad individual y colectiva para contribuir al cumplimiento de la misión institucional, a la mejor prestación de servicios a la comunidad, al eficaz desempeño del cargo y al desarrollo personal integral.
Esta definición comprende los procesos de formación, entendidos como aquellos que tienen por objeto específico desarrollar y fortalecer una ética del servicio público basada en los principios que rigen la función administrativa.
Son objetivos de la capacitación:
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Promover el desarrollo integral del recurso humano y el afianzamiento de una ética del servicio público.
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Elevar el nivel de compromiso de los empleados con respecto a las políticas, planes, programas, proyectos y objetivos del estado y del Incomex.
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Fortalecer la capacidad, tanto individual como colectiva, de aportar conocimientos, habilidades y actitudes para el mejor desempeño laboral y para el logro de los objetivos institucionales.
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Facilitar la preparación permanente de los empleados con el fin de elevar sus niveles de satisfacción personal y laboral, así como de incrementar sus...
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