Resolución número 6533 de 2016, por la cual se asignan los vehículos automotores de la Unidad de Gestión General del Ministerio de Defensa Nacional para uso oficial - 28 de Julio de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 646018653

Resolución número 6533 de 2016, por la cual se asignan los vehículos automotores de la Unidad de Gestión General del Ministerio de Defensa Nacional para uso oficial

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín49948

El Ministro de Defensa Nacional, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el Decreto 3123 de 2007 y de conformidad con el artículo 17 del Decreto 1737 de 1998, modificado por el artículo 8º del Decreto 2209 de 1998, modificado por el artículo 2º del Decreto 2316 de 1998, modificado por el artículo 4º del Decreto 2445 de 2000, modificado por el artículo 1º del Decreto 644 de 2002,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 2026 del 13 de marzo de 2014, el Ministro de Defensa Nacional asignó para uso oficial los vehículos del Ministerio de Defensa Nacional- Unidad Gestión General.

Que se requiere derogar la Resolución número 2026 del 13 de marzo de 2014, mediante la cual se asigna el uso oficial de los vehículos del Ministerio de Defensa Nacional - Unidad de Gestión General, teniendo en cuenta que durante las vigencias 2014 y 2015, se realizó la reposición y compra de vehículos,

RESUELVE:

Artículo 1º Asignación de vehículos.

Asignar para uso oficial a las dependencias y servidores públicos que se enuncian a continuación, los vehículos automotores de la Unidad de Gestión General del Ministerio de Defensa Nacional, así:

1. DESPACHO MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL

Artículo 2º Reasignaciones temporales.

En el evento de presentarse hechos como mantenimiento preventivo, correctivo, siniestros, vacancia temporal o definitiva del empleo del servidor público que tiene asignado un vehículo, que impidan la utilización temporal de los vehículos automotores de acuerdo a la asignación ordenada en la presente resolución, se seguirá el procedimiento que se anuncia a continuación:

  1. El servidor público responsable del Área de Transportes hará la reasignación temporal de vehículos cuando la interrupción de servicio del vehículo automotor sea por lapsos iguales o inferiores a treinta (30) días, mediante memorando dirigido al conductor responsable del vehículo automotor asignado.

  2. En el evento de que se pueda determinar que la interrupción del servicio del vehículo automotor asignado será superior a treinta (30)...

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