Resolución número 66-572 047-2021 de 2020, por medio en la cual se modifica parcialmente la Resolución 66-572-035-2020 del 29 de noviembre de 2020, que aprueba las zonas homogéneas físicas y geoeconómicas y tablas de valores unitarios por tipo de construcción de la zona urbana del municipio de Pueblo Rico, departamento de Risaralda - 8 de Enero de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 855554254

Resolución número 66-572 047-2021 de 2020, por medio en la cual se modifica parcialmente la Resolución 66-572-035-2020 del 29 de noviembre de 2020, que aprueba las zonas homogéneas físicas y geoeconómicas y tablas de valores unitarios por tipo de construcción de la zona urbana del municipio de Pueblo Rico, departamento de Risaralda

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Geográfico "Agustín Codazzi" - Territorial Risaralda
Número de Boletín51551

El Director Territorial Risaralda del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi”, en uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las otorgadas por el artículo 3º de la Ley 14 de 1983, el artículo 24 de la Ley 1450 de 2011, el numeral 7 del artículo 14 del Decreto 2113 de 1992, el numeral 1 del artículo 6 del Decreto 208 de 2004, el artículo 77 de la Resolución 70 de 2011 del Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” -IGAC,

CONSIDERANDO:

Que el municipio de Pueblo Rico no ha sido habilitado como gestor catastral ni su catastro ha sido asignado a ningún otro gestor catastral habilitado, por lo cual el Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” es el gestor catastral de dicho municipio.

Que con fundamento en la Resolución 086 del 17 de diciembre de 2019, esta Dirección Territorial ordenóla actualización déla formación catastral déla zona urbana del municipio de Pueblo Rico, departamento de Risar alda.

Que el estucH o de zonas homogéneas físicas y geoeconómicas y el val or de los tipos de edificaciones del municipio de Pueblo Rico zona urbana, sector 00, fue sometido a comité técnico y aprobado mediante concepto técnico favorable número 26 del 29 de diciembre de 2020, de la subdirección de catastro, conforme a lo dispuesto en el artículo 93 de la Resoludón 070 de 2011 ^ modificado por el artículo 3º de la Resolución IGAC 1168 de 2013, al ser coherente con la metodología de este Instituto denominada “Elaboración del estudio de zonas homogéneas fisicas y geoeconómicas y determinación del valor unitario por tipo de construcción ”, y fue remitido por medio del memorando con radicadón IGAC 5 000-2020-0243 84-IE-001 del 29 de didembre de 2020.

Que al efecto es procedente la liquidación de los valores aproximando el resultado por exceso o defecto, según el caso, de conformidad con el artículo 92 de la Resolución 70 de 2011 del IGAC, modificada por la Resolución 1168 de 2013.

Que, mediante Resoludón 66-572-035-2020 del 29 de noviembre de 2020, en el articulado número 2, se aprobaron las ecuadones para el cálculo de las tablas de construcciones del área urbana del municipio de Pueblo Rico del departamento de Risaralda.

Que se requiere hacer algunas a d ara dones...

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