Resolución número 965 de 2021, Por la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 802 de 2021 - 2 de Julio de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 870826714

Resolución número 965 de 2021, Por la cual se modifica el artículo 1º de la Resolución 802 de 2021

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín51723

El Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus facultades legales, especialmente de las conferidas por el artículo 2º del Decreto Ley 4107 de 2011 y el parágrafo 5 del artículo 7º del Decreto número 630 de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 802 del 11 de junio de 2021 se unificaron las fases y etapas contenidas en el artículo 7º del Decreto número 109 de 2021, modificado por los Decretos 466 y 630 ambos del 2021, por el cual se adoptó el Plan Nacional de Vacunación contra la Covid-19, en 40 municipios y 1 distrito, abarcando el área urbana, centros poblados y el área rural disperso, para vacunar a los habitantes mayores de dieciséis años (16) años o dieciocho (18) años, de acuerdo con las indicaciones del biológico que esté disponible para esta vacunación.

Que el parágrafo 5 del Decreto número 630 de 2021, por el cual se modifica el artículo 7º del Decreto 109 de 2021, modificado por el Artículo 1 del Decreto número 466 de 2021 y se dictan otras disposiciones establece:

"Atendiendo a las diferencias de acceso efectivo a servicios y aplicando los principios de equidad y justicia distributiva entre poblaciones urbanas y rurales, de acuerdo con lo establecido en la Política de Atención Integral en Salud (PAIS), en los ámbitos territoriales dispersos, con alta ruralidad y en los resguardos indígenas o en el caso de las poblaciones expuestas a condiciones excepcionales como desastres naturales, se podrán unificar fases y etapas, con el fin de garantizar la vacunación de la totalidad de la población objeto del Plan Nacional de Vacunación contra el Covid-19.

En este contexto de la unificación de fases y etapas en los municipios que por circunstancias específicas así lo requieran, también se incluirá en el plan de vacunación a los residentes temporales que declaren residir en el municipio por más de tres (3) meses de forma continua o ejercer sus actividades laborales de manera permanente y continua por más de tres (3) meses y que en el marco de sus funciones presenten una alta interacción con la población residente de los municipios".

Que el comité asesor del Ministerio de Salud y Protección Social, creado para analizar la estrategia de vacunación contra el Covid-19, en sesión del 2 de junio de 2021, bajo el marco de los principios de equidad y justicia distributiva y la posibilidad de unificar las fases y etapas, del Plan Nacional de Vacunación contra el Covid-19 para los habitantes de territorios con condiciones de vulnerabilidad analizo y recomendó la unificación de etapas para:

  1. Los municipios de alto riesgo social, zonas con dispersión geográfica y presencia de población étnica.

  2. Territorios de frontera con Ecuador, (San Andrés de Tumaco, Ricaurte; Cumbal, Cuaspud Carlosama, Túquerres, San Miguel, Valle del Guamuez, Puerto Asís y Puerto Leguizamo e Ipiales).

  3. El municipio de San...

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