RESOLUCION REGLAMENTARIA 010 RD 6261 - 22 de Febrero de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 703995669

RESOLUCION REGLAMENTARIA 010 RD 6261

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6261 22 FEBRERO 2018
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6261 • pP. 1-9 • 2018 • FEBRERO 22
2. Que los documentos presentados sean los originales
y se encuentren rmados por los acreedores con
identicación del nombre o razón social y el número
del documento de identidad o NIT, objeto y cuantía.
3. Que la fecha del comprobante del gasto co-
rresponda a la vigencia scal en la cual se está
legalizando.
4. Que el gasto se haya efectuado después de ha-
berse constituido o reembolsado la caja menor
según el caso.
5. Que se haya expedido la Resolución de legaliza-
ción y reconocimiento de los gastos efectuados
con cargo a la Caja Menor, teniendo en cuenta lo
dispuesto en las normas presupuestales.
PARÁGRAFO. La legalización definitiva de la Caja
Menor constituida para la vigencia 2018, se reali-
zará por parte del Funcionario Responsable de su
manejo, antes del 26 de diciembre del mismo año,
fecha límite para reintegrar el saldo sobrante.
ARTÍCULO 13°. - Reembolso de Recursos. El
reembolso de recursos, se hará en la cuantía de los
gastos realizados, sin exceder el monto previsto en
el respectivo rubro presupuestal, en forma mensual
o cuando se haya consumido más del setenta por
ciento (70%), lo que ocurra primero, de algunos
o todos los valores de los rubros presupuestales
afectados.
En el reembolso se deberán reportar los gastos
realizados con cargo a todos los rubros presupues-
tales a fin de efectuar un corte de numeración y
de fechas.
PARÁGRAFO. El reembolso de recursos, requiere
la expedición previa del Certificado de Registro
Presupuestal, afectando el Certificado de Dispo-
nibilidad Presupuestal que ampara la caja menor.
ARTÍCULO 14°. - Normas Aplicables. El funcio-
namiento y manejo de esta Caja Menor debe su-
jetarse a lo dispuesto en la Directiva Distrital 001
de 2001, modificada por la Directiva Distrital 008
de 2007 y aclarada por la Directiva Distrital 007 de
2008, expedidas por el Alcalde Mayor de Bogotá,
la Resolución DDC-01 del 12 de mayo de 2009,
expedida por el Contador General de Bogotá, D.C.,
y las disposiciones que se expidan sobre austeridad
en el gasto público en el Distrito Capital.
ARTÍCULO 15°. Vigencia. La presente Resolución
rige a partir del día siguiente a su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veintitrés (23) días
del mes de enero de dos mil dieciocho (2018).
ANDRÉS ESCOBAR URIBE
Gerente General
CONTRALORÍA DE BOGOTÁ, D.C.
Resolución Reglamentaria
Número 010
(Febrero 10 de 2018)
“Por la cual se delegan unas funciones en cabeza
del Contralor Auxiliar de la Contraloría de Bogotá.”
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ D.C.
En ejercicio de las facultades constitucionales,
legales y en especial las conferidas en el
artículo 5 del Acuerdo 658 de 2016, modificado
parcialmente por el Acuerdo 664 de 2017
expedidos por el Concejo de Bogotá y,
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política establece en su artículo
267 que: “El control scal es una función pública que
cual vigila la gestión scal de la administración y de
los particulares o entidades que manejen fondos o
bienes de la Nación”.
Que a su vez el artículo 272 de la Constitución preceptúa:
“La vigilancia de la gestión scal de los departamentos,
distritos y municipios donde haya contralorías, correspon-
de a éstas y se ejercerá en forma posterior y selectiva.”
Que el Concejo de Bogotá D.C., expidió el Acuerdo
658 de 2016, por el cual se dictan normas sobre orga-
nización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá
D.C., disponiendo en su artículo 6° que: “Autonomía
administrativa. En ejercicio de su autonomía admi-
nistrativa le corresponde a la Contraloría de Bogotá,
D.C., denir todos los aspectos relacionados con el
cumplimiento de sus funciones en armonía con los
principios consagrados en la Constitución, las leyes y
en este Acuerdo.”
Que el citado Acuerdo en su artículo 21 reza: “Facul-
tades de delegación. El Contralor de Bogotá, D.C.
mediante acto administrativo, podrá delegar las facul-
tades de ejecución presupuestal, ordenación del gasto,
contratación y otras competencias administrativas,
técnicas o jurídicas, en los términos de los actos de
delegación y de lo dispuesto en el presente Acuerdo.

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