La responsabilidad del individuo por crímenes internacionales en los procesos de justicia transicional en Colombia - La responsabilidad por crímenes internacionales en los procesos de justicia transicional de Colombia - La responsabilidad de los actores del conflicto por crímenes internacionales - Libros y Revistas - VLEX 940522208

La responsabilidad del individuo por crímenes internacionales en los procesos de justicia transicional en Colombia

AutorCástulo Fernando Cisneros Trujillo
Páginas303-374
Capít ulo IV
La responsabilidad del individuo por
crím ene s internacionales en los procesos de
justicia transicional en Colombia
El genocidio, los delitos de lesa humanidad y los crímenes de guerra
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que sucede con la mayoría de hechos punibles habituales y de trascendencia
nacional, los crímenes internacionales no suponen solamente la existencia de
un autor y una víctima. Cuando se trata de este tipo de conductas, la actuación
dañosa individual no es un evento aislado, sino parte de un contexto antijurídico
más amplio, incluso enmarcado en lo que se ha denominado macrocriminalidad,
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adecuados a la situación dentro de una estructura de organización, aparato de
poder u otro contexto de acción colectiva”, otorgándose una mayor relevancia
para el Derecho Internacional y diferenciando de otro tipo de actividades
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condiciones políticas de excepción y al papel que desempeña el Estado.
La intervención directa en la realización de dichos actos de manera plural,
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ordenamientos jurídicos nacionales de los Estados4, en las cuales se estudia
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  K.  Caracas: Universidad Católica Andrés Bello,
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la autoría y la participación distinguiendo técnicamente a estos dos fenómenos y reservando para
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y la complicidad
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como se contribuye en la comisión del delito, puesto que como ha manifestado
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por hechos o conductas que no ha realizado personalmente o en los que no ha
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Justamente en este punto se plantean puntos de complicación, puesto
que en aquellos casos donde se involucran varias personas, se debe medir la
responsabilidad de cada uno de ellos, más aun cuando se ejecutan por parte de
aparatos que cuentan con un grado de organización, debido a que los lideres
de las mismas dejan que los inferiores se encarguen de la gestión material del
delito, estableciendo diferentes roles o papeles a desarrollar y categorías entre
los sujetos, descartando la tesis de explicar la intervención masiva de personas
“normales” en la comisión de crímenes de atrocidad con base en una supuesta
alteración mental de todos ellos6, lo que requiere soluciones para resolver estas
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reglas y teorías de diversas tradiciones jurídicas nacionales.
Al interior del presente aparte del escrito, se procederá a analizar las
modalidades de intervención dentro de la conducta punible, tomando en
cuenta lo establecido en la regulación y jurisprudencia internacional, así como
la aplicación otorgada en el derecho interno, poniendo de presente que para
el caso de la justicia transicional colombiana se concentrará en los hechos
desarrollados por los “máximos responsables” de las graves violaciones a
los Derechos Humanos y las infracciones al DIH, debiendose criminalizar a
quienes han tenido un rol esencial en la comisión de los delitos de genocidio,
de lesa humanidad y en los crímenes de guerra, para lo cual, como lo ha
expresado la Corte Constitucional
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utilizados para investigar, juzgar y sancionar a los máximos responsables de
    
armado, a través de la s distintas formas de autoría y de par ticipación, mediante
las diferentes forma s de comisión de delitos según la modalidad activa o pasiva
de la conducta del sujeto activo, e, incluso, a través de los dist intos tipos penales”.
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6 Al respecto se puede consultar A., . London – New York: Routledge,
  , A., “Perpetrators of International Crimes: Towards a Typology”. En
      A., y
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Segunda Parte. La responsabilidad por crímenes internacionales en los procesos de justicia .Capítulo I V
     
Como se puso de manifiesto en líneas anteriores, el objeto de la
responsabilidad internacional del individuo se centra en el análisis del
comportamiento de sujetos particulares, más no del Estado, frente a las
violaciones de conductas consideradas como Crímenes Internacionales, las
cuales fueron explicadas precedentemente.
Estos actos son reprochables en personas naturales, más no jurídicas,
y contienen un componente complejo en la medida que ocasionan graves
violaciones a los Derechos Humanos. Por ello es trascendental analizar los
títulos de atribución de la responsabilidad del individuo, que en principio
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responsabilidad directa, y por otra, la indirecta que se aplica preferentemente
a los superiores, basada en una omisión del deber de actuar.
En sus orígenes, el Estatuto del TMI de Núremberg impuso las formas de

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organizadores, instigadores y cómplices” que intervinieron en la preparación
o realización de un proyecto para cometer alguno de los delitos establecidos
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la autoría y la participación, de tal manera que cualquier contribución en la
comisión de los crímenes daba lugar a responder. En este mismo sentido se
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Posteriormente, las disposiciones estatutarias de los TPIY y TPIR

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preparación o ejecución de los delitos”. Para algunos autores, este modelo
continuaba siendo igual al establecido por el TMI de Núremberg9, no
obstante, la interpretación judicial fue delineando la distinción entre autoría y
participación, entendiendo la comisión directa del delito como la realización
material adelantada personalmente o pluralmente, y las demás conductas
se sancionaban como forma de participación accesoria, siempre y cuando
contribuyeran con el cometido del crimen de forma directa. A su vez, la
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9 Cfr.  K., Vol. I, 
 Cfr. TPIY.   
  
  

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