Riesgos y controles en la función normativa de regulación de las autoridades administrativas independientes - La potestad reglamentaria de la función de regulación de las comisiones - La potestad reglamentaria de las comisiones de regulación como autoridades administrativas independientes - Libros y Revistas - VLEX 950117212

Riesgos y controles en la función normativa de regulación de las autoridades administrativas independientes

AutorÉdgar González López
Páginas579-607
579
captulo quinto
riesgos y controles en la funcin
normativa de regulacin de las autoridades
administrativas independientes
La importancia y justificación de la potestad normativa ejercida por las AAi, en
ejercicio de su función de regulación de diferentes sectores socioeconómicos,
para preservar la competencia y libertades públicas, han puesto de presente
la necesidad de establecer controles al ejercicio de su actuación, teniendo
en cuenta los riesgos derivados de una gran discrecionalidad que afecta
libertades y que puede llegar a desbordarse y a desconocer principios cons-
titucionales relacionados con las funciones de las ramas del poder público.
Por ello, se pregona un control de la potestad reglamentaria de estas
autoridades para que estén en consonancia con la objetivación del interés
general para la cual fueron creadas. De esta manera, se hace eco de las crí-
ticas, a veces justificadas, en el sentido de que la regulación no garantiza el
derecho a la competencia sino a los intereses de los incumbentes y, por ende,
fortalece el poder de su monopolio en lugar de frenarlo. Adicionalmente
se afirma la necesidad de frenar la tendencia a la “captura del regulador”,
pues la regulación también es imperfecta y puede producir los resultados
opuestos, sustituyendo al mercado.
La legitimidad y la necesidad de las potestades reglamentaria de las
comisiones de regulación también comporta el riesgo de su desborde y, por
tanto, la exigencia de establecer las garantías de los afectados con la regula-
ción —los derechos y libertades de operadores y ciudadanos—, pues, aunque
con modalidades específicas, de todas formas significa una intervención del
Estado en sectores económicos, por lo cual el poder de la administración
regulatoria debe ser controlado. Con ello se afirma la regulación necesaria
y el control imprescindible1.
La historia está marcada por una falta de eficiencia de la administración
en muchos sectores, pero también por los excesos y graves perjuicios para
la población de un poder de mercado desbordado en beneficio del egoísmo
que lo sustenta, frente a una regulación débil o inexistente. La conquista de
vastos territorios por los países dominantes, antes y después de la esclavitud,
1 Andrés betAncor. Ob. cit., p. 30.
La potestad reglamentaria de las comisiones de regulación como Autoridades Administrativas Independientes
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en la búsqueda del mercado eficiente y de la riqueza, conseguida a través
del arrasamiento de los derechos mínimos de los conquistados, muestra una
realidad que no se debe olvidar2. Y la causa no obedeció a la falta de civili-
zación o desarrollo de las sociedades de la época, pues situaciones similares
más complejas y especializadas continúan vigentes.
Nuestro país se ha caracterizado durante los últimos años por índices
de crecimiento económico superiores a los de épocas pasadas, pero también
por ser uno de los países de mayor ranking en la injusta distribución de la
riqueza, lo que supone grandes diferencias en la co ncentración de capital, a
partir de la cual gran parte de la población vive en la pobreza. Aquí cabe la
pregunta: ¿dónde estaba el Estado para impedir esta situación de inequidad?
La administración no puede renunciar a su deber de solidaridad social
en sectores de servicio público, y el interrogante será cómo enfrentar los
riesgos de la regulación y establecer los criterios jurídicos de su control.
I. riesgos de la funcin de regulacin
y de su potestad reglamentaria
A. vaciamiento de la potestad
reglamentaria del goierno
El reconocimiento de la Pre como instrumento de regulación de las AAi no
le permite invadir la potestad reglamentaria presidencial o del Gobierno.
Para ello, la ley habilitante requiere establecer con precisión el contenido,
el campo de aplicación de la función de regulación y de la potestad regla-
mentaria atribuida al órgano regulador, así como contener la reserva de ley
y la carga mínima de intensidad normativa que evite una delegación de la
función legislativa3.
La ley debe fijar las condiciones que validen la atribución del poder
normativo ejercido en un ámbito específico y especializado, para que no
2 “La compañía holandesa trajo a los esclavos africanos a la isla” (en busca de la eficiencia económica
y de la obtención de riqueza). “Cuando desapareció la esclavitud, los antiguos esclavos libres,
siguieron con la misma actividad en manos de los hacendados, la mayoría de origen judío, a cambio
de un pago insuficiente para pagar el techo y comida de su familia, y la situación económica no
tuvo cambios esenciales”. Guía turística, Isla de Curazao en el Caribe, 2012.
3 Cfr. Tercera parte, capítulo tercero, sección C, numeral ii. “La facultad reglamentaria de la
regulación y su relación con la potestad reglamentaria presidencial”.

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