Satisfacción de las obligaciones en contratos cuyas prestaciones son correlativas. - Núm. 2018, Enero 2018 - Reporte Jurisprudencial - Libros y Revistas - VLEX 729418085

Satisfacción de las obligaciones en contratos cuyas prestaciones son correlativas.

AutorDerecho Justo

De acuerdo con el Alto Tribunal, una entidad pública no puede solicitar que se declare el incumplimiento de algunas de las obligaciones del contratista y solicitar que éste devuelva los objetos perdidos de la entidad, que se encontraban bajo la vigilancia del contratista sin que se acredite su responsabilidad, en virtud de la cláusula del contrato que dice “en caso de sustracción, deberán restituirlos, salvo fuerza mayor o caso fortuito”.

La razón principal de la decisión se centró en que cuando se conoce la intención de los contratantes debe estarse más a ella que a la literalidad de las palabras y por tanto, no puede atribuirse sentido a una de las estipulaciones de un contrato sin tener en cuenta las demás.

Entre otros argumentos, el Consejo de Estado expuso que la entidad contratista sujetó la restitución de los bienes a una previa declaración de responsabilidad.

Para que se estructure la responsabilidad contractual por infracción a la ley del contrato se...

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