SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 108278 del 13-12-2019 - Jurisprudencia - VLEX 842168767

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 108278 del 13-12-2019

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 108278
Fecha13 Diciembre 2019
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Cali
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP17366-2019



EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado Ponente



STP17366-2019

Radicación Nº 108278

Acta No. 339



Bogotá D.C., trece (13) de diciembre de dos mil diecinueve (2019).



ASUNTO


Procede la Sala a resolver la impugnación interpuesta por HÉCTOR JAVIER RENDÓN MORA contra la sentencia de tutela proferida el 8 de noviembre de 2019 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Cali, que negó el amparo promovido contra el Juzgado Doce Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de esa ciudad, trámite al que fueron vinculados la Fiscalía 6ª Especializada de Bogotá y la Procuraduría 70 Judicial II y al Centro de Servicios Judiciales para los Juzgados Penales de Cali, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y defensa.


PROBLEMA JURÍDICO A RESOLVER


Corresponde a la Corte determinar si confluyen los requisitos generales de procedencia de la acción de tutela contra decisiones judiciales dentro de la determinación adoptada por el Juzgado 12º Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cali al emitir decisión de prórroga de medida de aseguramiento sin la asistencia del apoderado judicial del procesado.


ANTECEDENTES PROCESALES


1. Correspondió inicialmente el conocimiento de la acción de tutela al Juzgado 12 Penal del Circuito de Cali, sin embargo, en atención a lo dispuesto en los numerales 4º y 5º del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el Decreto 1983 de 2017, dispuso remitir las diligencias ante la Sala Penal de ese Distrito Judicial.


2. Por reparto se asignó el asunto a un Magistrado de la Sala Penal del Tribunal de Cali, el cual avocó el conocimiento de la acción de tutela el 24 de octubre de 2019 contra el Juzgado 12º Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de esta ciudad, trámite que hizo extensivo a la Fiscalía Sexta Especializada de Bogotá, Fiscalía 6ª Especializada de Bogotá, Procuraduría 70 Judicial II y al Centro de Servicios Judiciales de Cali.


RESULTADOS PROBATORIOS


1. El Juez Coordinador del Centro de Servicios Judiciales del Sistema Penal Acusatorio de Cali, realizó un recuento procesal de la audiencia de prórroga de la medida de aseguramiento incoada por la Fiscalía 6ª Especializada de Bogotá a cargo del Juzgado 12º Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cali, precisó que en lo que atañe a la inasistencia del accionante el despacho judicial dio aplicación a lo dispuesto en el artículo 169 del C de P.P. de la decisión emitida el 8 de octubre de 2019, la cual fue notificada vía correo electrónico al defensor de L.L..


2. El Procurador 70 Judicial II Penal de Cali refirió que no están dados los requisitos generales de procedencia de la acción de tutela y en tal sentido se debe despachar improcedente el amparo constitucional deprecado por el actor.


3. El Juzgado 12º Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cali, afirmó que el accionante estaba notificado de la audiencia desde el 24 de septiembre de 2019, sin que allegada excusa justificable con anticipación por su inasistencia, razón por la que se adelantó audiencia el 8 de octubre de 2019 con la aceptación de la prórroga de la medida de aseguramiento peticionada por la Delegada, determinación contra la cual la defensa de uno de los...

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