SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102040002016-02250-01 del 15-02-2017 - Jurisprudencia - VLEX 873944544

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA nº T 1100102040002016-02250-01 del 15-02-2017

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL Y AGRARIA
Fecha15 Febrero 2017
Número de expedienteT 1100102040002016-02250-01
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Penal
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTC1863-2017


LUIS ALONSO RICO PUERTA

Magistrado ponente



STC1863-2017

Radicación n.° 11001-02-04-000-2016-02250-01

(Aprobado en sesión del quince de febrero de dos mil diecisiete)


Bogotá D.C., quince (15) de febrero de dos mil diecisiete (2017)


Decide la Corte la impugnación del fallo proferido por Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia el 17 de enero de 2017, que negó la tutela de Cristelia Aguirre Henao y M.B.T.S. contra la Sala de Casación Laboral, trámite al que fueron vinculadas las partes de las causas judiciales promovidas por las aquí accionantes.


ANTECEDENTES


1. Las demandantes a través de apoderada, invocan la protección del derecho fundamental de petición, presuntamente vulnerado por la Sala de Casación Laboral de esta Corporación.

2. Las interesadas informaron que el 20 de octubre de 2016, presentaron solicitud mediante la cual pretenden impulsar el fallo de casación dentro de los procesos identificados con los radicados 2008-00352-01, y 2008-00353-01, ambos contra la empresa Servicios Postales Nacionales S.A.


La petición la hallan procedente pues, desde que se interpuso el recurso extraordinario han pasado casi diez años sin resolverse, y frente a la petición radicada, acusan a la Sala de responder de forma evasiva, y que «(…) se limita a dar excusas que no les han sido pedidas, y son (…), ajenas a la solicitud que se efectúa, y sobre las cuales mis protegidas no tienen ninguna culpa (…)»


3. En consecuencia, como medida de protección piden que se «(…) dict[e] sentencia en los procesos arriba indicados que llevan casi diez años sin ser resueltos en un término de 48 horas (…)» (ff. 1 a 4, cd.1)


RESPUESTA DE LA ACCIONADA


1. El Vicepresidente de la Sala atacada manifestó que, en efecto, al despacho del Magistrado F.C.C. correspondió el estudio de la demanda de casación instaurada por María Betty Triviño Serna contra Servicios Postales Nacionales S.A. con radicado 53032, informando que a la misma solo le resta proferir la decisión.


En lo que respecta a la petición elevada por la apoderada, refirió que la misma fue contestada mediante oficio 13807 de 24 de octubre de 2016 donde se le indicó que el proceso «(…) se halla enlistado dentro de los asuntos que serán decididos por la Sala en el orden de ingreso (…)» además, de enterarla que el Magistrado a cargo recién se posesionó el 11 de abril de 2016, y que, tal como la ley lo establece, aborda cada litigio según el estricto orden de arribo, y «(…) que en la actualidad se vienen resolviendo los recursos que ingresaron al despacho en el año 2009»


Finalizó destacando que la...

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