SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 101727 del 29-11-2018 - Jurisprudencia - VLEX 873999271

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 101727 del 29-11-2018

Sentido del falloCONCEDE TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Fecha29 Noviembre 2018
Número de expedienteT 101727
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP15996-2018




Eyder Patiño Cabrera

Magistrado Ponente



STP15996-2018

Radicación n° 101727

Acta 395



Bogotá, D.C., veintinueve (29) de noviembre de dos mil dieciocho (2018).




ASUNTO



Se resuelve la acción de tutela promovida por José Arsenio C.V., como Gobernador Indígena del resguardo de Ipiales –Pueblo de los Pastos- y en representación de Edgar Edmundo Escobar, contra el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado y la Sala Penal del Tribunal Superior, ambos de Pasto, por la presunta vulneración de los derechos al debido proceso, a la igualdad y al acceso a la administración de justicia.


ANTECEDENTES


1. Fundamentos de la acción


1.1. Refiere el actor haber elevado solicitud escrita ante el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de Pasto, el 16 de julio de 2018, tendiente a obtener el «cambio de JURISDICCIÓN para la reclusión del presidirío(sic) EDGAR EDMUNDO ESCOBAR», quien según manifiesta, fue condenado y se encuentra privado de su libertad en el Establecimiento Penitenciario y C. de la ciudad de Pasto, para que el mismo sea trasladado al Centro de Reclusión «Casa Mayor del Cabildo Indígena de Ipiales- Departamento de Nariño- Pueblo de los Pastos».


1.2. La petición finalmente fue resulta de forma negativa para las pretensiones del accionante, por la Sala Penal del Tribunal Superior de la capital de Nariño, el día 23 del mismo mes y año, donde se encontraba surtiendo «el recurso de segunda instancia»


1.3 Cuasquer Villa acude a la acción de tutela en busca de la protección de los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad y al acceso a la administración de justicia de Edgar Edmundo Escobar, para que se le permita cumplir la pena en el resguardo indígena que representa y al cual pertenece el citado.


2. Las respuestas

Sala Penal del Tribunal Superior de Pasto


El Presidente informó que el asunto que se sigue en contra de Edgar Edmundo Escobar fue asignado a esa Corporación con ocasión del recurso de apelación interpuesto por la defensora de éste, contra la sentencia condenatoria proferida por el Juzgado Segundo Penal del Circuito Especializado de esa ciudad, el 17 de mayo de 2017.


Menciona que efectivamente el actor presentó ante esa Colegiatura un escrito con similar contenido al de la demanda de tutela, solicitud que fue resuelta de manera negativa, mediante auto del 1º de agosto de 2018, haciéndosele saber que el tema correspondiente al cambio de la modalidad de reclusión que pretende no hace parte del punto de censura en la alzada, pero que ello puede ser discutido posteriormente en escenarios diferentes ante las autoridades competentes.


Por lo anterior, concluye manifestando que la acción de tutela es improcedente ante la concurrencia de otros medios de defensa de los derechos fundamentales que predica vulnerados.


CONSIDERACIONES


1. Problema jurídico


Corresponde a la Sala determinar si la autoridad judicial accionada vulneró los derechos al debido proceso, a...

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