SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 112511 del 29-09-2020 - Jurisprudencia - VLEX 874014368

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 112511 del 29-09-2020

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de expedienteT 112511
Fecha29 Septiembre 2020
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de sentenciaSTP10360-2020






FABIO OSPITIA GARZÓN

Magistrado Ponente


STP10360 - 2020

Tutela de 2ª instancia No. 112511

Acta No. 205


Bogotá D. C., veintinueve (29) de septiembre de dos mil veinte (2020).





Decide la S. la impugnación interpuesta por el apoderado judicial de MARÍA ANGÉLICA AGUDELO contra el fallo de tutela proferido por la S. de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia el 19 de agosto de 2020, que declaró improcedente el amparo constitucional invocado contra la S. Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, por la presunta vulneración de derechos fundamentales.



A la presente actuación se vinculó de oficio al Juzgado Veintinueve Laboral del Circuito de esta ciudad, la Administradora Colombiana de Pensiones – C. y la Sociedad Administradora de Fondo de Pensiones y Cesantías Protección S.A., así como las partes e intervinientes en el proceso ordinario laboral No. 11001-31-05-029-2017-00593-00.


ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN



  1. Del contenido del escrito de tutela se establece que MARÍA ANGÉLICA AGUDELO interpuso demanda ordinaria laboral contra las administradoras de pensiones Protección S.A. y C., a efecto de declarar la ineficacia del traslado del Régimen de Prima Media con Prestación Definida al de Ahorro Individual con Solidaridad.


  1. Del asunto conoció el Juzgado Veintinueve Laboral del Circuito de Bogotá que accedió a sus pretensiones mediante providencia del 26 de noviembre de 2018. Esta decisión fue revocada el 6 de agosto de 2019, por la S. Laboral del Tribunal Superior de la misma ciudad.


  1. Manifiesta el accionante que la decisión del ad quem desconoce el precedente de la S. de Casación Laboral de esta Corte, relacionado con las maniobras engañosas utilizadas por Protección S.A., para obtener el traslado al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad. (CSJ SL31989-2008, CSJ SL33083-2011, CSJ SL46292-2014, CSJ SL17595-2017, CSJ SL4964-2018, CSJ SL4949-2018, CSJ SL361-2019, CSJ SL1452-2019, CSJ SL1421-2019 y CSJ SL1688-2019).


  1. Sustentado en este marco fáctico, invocó la protección constitucional de los derechos fundamentales a la igualdad, debido proceso, acceso a la administración de justicia, mínimo vital, libre selección del régimen pensional y seguridad social. En consecuencia, pretende que se deje sin efecto el fallo emitido el 6 de agosto de 2019 por la S. Laboral del Tribunal Superior del Distrito...

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