SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 100567 del 02-10-2018
| Sentido del fallo | CONFIRMA NIEGA TUTELA |
| Emisor | Sala de Casación Penal |
| Fecha | 02 Octubre 2018 |
| Número de expediente | T 100567 |
| Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Medellín |
| Tipo de proceso | ACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA |
| Número de sentencia | STP12857-2018 |
EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER
Magistrado Ponente
STP12857-2018
Radicación Nº 100567
Acta 344
Bogotá D.C., dos (2) de octubre de dos mil dieciocho (2018).
Procede la Sala a resolver la impugnación presentada por el accionante R.M.P. contra la sentencia de tutela emitida el 15 de agosto de 2018 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín, mediante la cual le negó el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia y petición, presuntamente vulnerados por la Fiscalía 54 Seccional y la Dirección de Fiscalía de dicha ciudad, dentro de la indagación preliminar que se adelanta contra el ciudadano C.A.C.G., por el presunto delito de fraude procesal.
ANTECEDENTES
Fueron delimitados por el Tribunal A quo en los siguientes términos:
Refirió el accionante que denunció ante la Fiscalía General de la Nación hechos a cargo del ex director de la Agencia Nacional Minera y de quienes se concertaron para cometer un fraude procesal, y, pese a que ha realizado múltiples solicitudes para el impulso de la investigación, sin justificación alguna la actuación permanece estancada.
Afirma que ha requerido la recolección de medios probatorios útiles objeto de la investigación, como experticias que solo la Fiscalía General de la Nación puede realizar, la vinculación con imputación de los indiciados y medidas de suspensión del poder dispositivo sobre el terreno que contractualmente está autorizado para explotar, sin que la instructora de la investigación hubiese siquiera reparado en ellas.
Manifestó que en atención a la omisión de la Fiscalía 54 de Medellín para adelantar la investigación, el 03 de mayo de 2018 elevó derecho de petición ante la Directora Seccional de F. de esta ciudad, quien, aunque brindó una respuesta, en esta solo le informa que debe remitirse nuevamente ante la Fiscal que conoce del caso, argumentando que es esa funcionaria quien ostenta la facultad y competencia para actuar dentro del asunto.
Solicitó un pronunciamiento de fondo, “que no solo haga manifestación expresa a la resolución de la petición múltiple y en idéntico propósito”, presentada a la Fiscalía 54 Seccional de Medellín y que no ha sido definida por ella, ni por la Directora Seccional de F. y sus homólogos en Bogotá.
TRÁMITE DE PRIMERA INSTANCIA
Avocado el conocimiento del asunto, el Tribunal a quo ordenó correr traslado a las autoridades accionadas, para que ejerciera el derecho de contradicción que le asiste, obteniéndose las siguientes respuestas:
1. La Directora General de Fiscalías de Medellín, precisó que los Fiscales por mandato legal y constitucional son autónomos e independientes en el desarrollo de los actos investigativos que conlleven al impuso procesal de cada una de las investigaciones asignadas a sus despachos.
2. La Fiscal 54 Seccional de Medellín, se opuso a las pretensiones de la demanda, pues aunque ciertamente en su despacho se adelanta indagación por denuncia presentada por R.M.P. y C.A.P.M., en representación de la Ladrillera Los Pinos, contra C.A.C.G., no es cierto que no se hayan adelantado las investigaciones correspondientes, tan es así, que en Comité Técnico y atendiendo la complejidad del caso, se designó un investigador del caso para obtener los elementos materiales probatorios necesarios para el esclarecimiento de los hechos, quien en efecto allegó sendos informes que hacen para de la investigación y que serán considerados en el momento procesal oportuno.
Es más, el pasado 10 de agosto de 2018, atendiendo la actuación adelantada y a efectos de tomar una decisión de fondo en la indagación objeto de censura, se presentó ante los Jueces Penales del Circuito de la ciudad, solicitud de preclusión, pues los elementos de prueba aportados y debidamente recolectados, evidencia física e información legalmente obtenida no permiten determinar que en efecto los hechos denunciados configuren la conducta típica de fraude procesal, estándose a la espera de la realización de dicha audiencia.
EL FALLO IMPUGNADO
La Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín el 15 de agosto de 2018, negó el amparo invocado, al considerar que el retraso en la investigación no obedece a una omisión injustificada por parte de la Fiscalía accionada, sino a la complejidad del asunto y a varias situaciones particulares presentadas dentro del trámite, amén de que el juez constitucional no puede inmiscuirse en las decisiones que competen a la Fiscalía respecto al rumbo que deben seguir las actuaciones, máxime cuando está acreditado que no se han recolectado los elementos de prueba suficientes para que se impute cargos, pues no de otra manera el ente investigador hubiese solicitado la preclusión de la investigación.
LA IMPUGNACIÓN
Notificado del contenido del fallo, el accionante lo impugnó sin hacer manifestación alguna al respecto.
CONSIDERACIONES
1. De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.3.1.2.1. numeral 3º del Decreto 1069 de 2015, modificado por el artículo 1º del Decreto 1983 de 2017, es competente esta Sala para pronunciarse sobre la impugnación interpuesta contra la sentencia adoptada en primera instancia el 15 de agosto de 2018, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín, al ser su superior funcional, en actuación que vincula a la Fiscalía 54 Seccional de la misma ciudad.
2. El artículo 86 de la Constitución Política establece que toda persona tiene derecho a promover acción de tutela ante los jueces con miras a obtener la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando por acción u omisión le sean vulnerados o amenazados por cualquier autoridad pública o por particulares, en los casos previstos de forma expresa en la ley, siempre que no exista otro medio de defensa judicial o si existe, cuando la tutela se utilice como mecanismo transitorio para evitar la materialización de un perjuicio de carácter irremediable.
3. En el asunto puesto a consideración de la Sala, el accionante se duele de una presunta mora judicial por parte de la Fiscalía 54 Seccional de Medellín en el adelantamiento de la indagación penal radicada bajo el No. 050016000248201405880, seguida contra C.A.C.G., por el presunto delito de fraude procesal, pues han transcurrido más de 5 años sin que se definan las pesquisas, no obstante haber presentado elementos de prueba que permiten determinar la materialidad del delito y su responsable, por lo que debe conminarse al ente acusador a que decida de fondo el asunto.
4. Al respecto, lo primero que tendrá que señalar la Sala es que a la luz del contenido del artículo 29 de la Carta Política, el debido proceso implica, entre otros, el derecho a que las actuaciones judiciales o administrativas se adelanten «sin dilaciones injustificadas». En perfecta armonía, el artículo 228 superior establece que «los términos...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.