SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 115636 del 06-04-2021 - Jurisprudencia - VLEX 876873725

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 115636 del 06-04-2021

Sentido del falloRECHAZA TUTELA
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaSTP3681-2021
Fecha06 Abril 2021
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
Número de expedienteT 115636

PresidenciaPenalCologris

JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA

Magistrado Ponente

STP3681-2021

Radicación n.° 115636

(Aprobación Acta No.79)

Bogotá D.C., seis (6) de abril de dos mil veintiuno (2021)

VISTOS

Resuelve la S. de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, S. de Decisión de Tutelas, la acción interpuesta por A.A.S.T., contra la S. Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta, con ocasión a la acción de revisión solicitada dentro del proceso penal de radicación número 54-001-60-01134-2010-02555-01 (en adelante, proceso penal 2010-02555).

ANTECEDENTES

Y

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

El ciudadano A.A.S.T., solicita el amparo de sus derechos fundamentales de acceso a la administración de justicia e igualdad, que considera vulnerados como consecuencia de las acciones y/u omisiones de la S. Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta, con ocasión a la acción de revisión solicitada dentro del proceso penal 2010-02555.

Señaló que, el día 23 de marzo de 2012 fue condenado por el Juzgado 4 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Cúcuta a 448 meses de prisión, por el delito de homicidio agravado, en concurso heterogéneo y sucesivo con fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, partes o municiones. Contra esta sentencia fue presentado recurso de apelación, el cual fue declarado desierto en proveído del 9 de abril de 2012

Resaltó que, promovió acción de revisión del fallo condenatorio, alegando la causal 3 del artículo 192 de la Ley 906 de 2004; sin embargo, mediante providencia del 1 de junio de 2020, la S. Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta declaró infundada la causal de revisión invocada.

Por estos motivos, acude a la vía constitucional, con el fin que sean tutelados los derechos fundamentales antes señalados, y solicita que se ordene realizar nuevamente la revisión del fallo condenatorio emitido en su contra dentro del proceso penal 2010-02555.

RESPUESTA DE LAS AUTORIDADES ACCIONADAS Y VINCULADAS

1.- La S. Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín realizó una síntesis de las actuaciones desplegadas dentro del proceso penal 2010-02555, adelantado en contra del accionante por el delito de homicidio agravado, en concurso heterogéneo y sucesivo con fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego, partes o municiones.

Asimismo, indicó que en el curso de las actuaciones le fueron respetadas todas las garantías constitucionales y procesales al accionante.

Advirtió que, recientemente el demandante interpuso otra acción de tutela con fundamento en los mismos hechos, la cual fue resuelta en primera instancia por esta S. de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, bajo el Radicado No. 112671 con ponencia del Magistrado H.Q.B.; y, en segunda instancia, por la S. de Casación Civil de esta Corporación, bajo el Radicado No. 2020-01417 con ponencia del Magistrado Á.F.G.R..

CONSIDERACIONES DE LA SALA

De conformidad con lo previsto en el artículo 37 del Decreto 2591 de 1991 y el numeral 8 del artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, modificado por el artículo 1 del Decreto 1983 de 2017, esta S. es competente para resolver la acción de tutela interpuesta por A.A.S.T., contra la S. Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta.

Previo a cualquier otra consideración, corresponde a esta S. evaluar la existencia de temeridad en la iniciativa incoada por la parte actora.

Consagra el artículo 38 del Decreto 2591 de 1991, en su inciso primero:

Actuación temeraria. Cuando sin motivo expresamente justificado, la misma acción de tutela sea presentada contra la misma persona o su representante ante varios jueces o tribunales, se despacharán o decidirán desfavorablemente todas las solicitudes.

Sobre esta...

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