SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 132616 del 10-10-2023 - Jurisprudencia - VLEX 971760046

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 132616 del 10-10-2023

Sentido del falloCONFIRMA IMPROCEDENCIA
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaSTP12209-2023
Fecha10 Octubre 2023
Tribunal de OrigenCorte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 132616










HUGO QUINTERO BERNATE

Magistrado Ponente





STP12209-2023

Tutela de 2ª instancia No. 132616

Acta No. 192





Bogotá, D.C., diez (10) de octubre de dos mil veintitrés (2023).



VISTOS


Resolver la impugnación interpuesta por la firma ASESORES JURÍDICOS INTEGRALES LTDA. contra el fallo proferido el 12 de julio de 2023 por la Sala de Casación Laboral, que declaró improcedente el amparo constitucional invocado frente a la Sala de Casación Civil y la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales a la igualdad, debido proceso y acceso a la administración de justicia.


Al trámite fueron vinculados las partes e intervinientes en el proceso civil con radicado No. 11001310303220150039700.


FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN


  1. Seguros Generales Suramericana S.A. promovió demanda civil contra Interbolsa S.A. en liquidación judicial, con el propósito de que, (i) se declarara que la parte demandada incurrió en reticencia al no declarar sinceramente los hechos que determinaban el estado del riesgo asumido con la Póliza de Responsabilidad Civil de Infidelidad y Riesgos Financieros N° 1750008-1, expedida por la aseguradora a título de renovación, y (ii) se declarara la nulidad relativa del contrato de seguro y, por ende, que la demandante no estaba obligada a pagar suma alguna.


  1. Con el fin de ejercer el derecho de defensa y contradicción en el proceso promovido en su contra, Interbolsa S.A. celebró contrato de prestación de servicios legales con la sociedad ASESORES JURÍDICOS INTEGRALES LTDA., acuerdo que incluía una cláusula de «cuota de éxito a favor de Asesores».


  1. El conocimiento del proceso correspondió al Juzgado 33 Civil del Circuito de Bogotá, autoridad que, mediante sentencia del 11 de marzo de 2021, accedió a las pretensiones de la demanda.


  1. Inconforme con esta decisión, Interbolsa S.A., representada por la firma ASESORES JURÍDICOS INTEGRALES LTDA., interpuso recurso de apelación, el cual correspondió a la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, autoridad que, por medio de fallo del 17 de agosto de 2021, confirmó la determinación de primera instancia.


  1. Al resolver el recurso de casación interpuso por la parte demandada, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, en proveído CSJ SC3952-2022 del 16 de diciembre de 2022, resolvió no casar la sentencia de segunda instancia.


  1. En la demanda de tutela, la firma ASESORES JURÍDICOS INTEGRALES LTDA., actuando en nombre propio, sostiene que la sentencia de casación presenta defectos de orden sustantivo, fáctico y por desconocimiento del precedente judicial, por cuanto:


(i) lo previsto en los artículos 1055 y 1058 del Código de Comercio, según los cuales “[e]l tomador está obligado a declarar sinceramente los hechos o circunstancias que determinan el estado del riesgo, según el cuestionario que le sea propuesto por el asegurador.”, no es aplicable a la Póliza de Infidelidad o Riesgos Financieros, (ii) Suramericana S.A. no acreditó los elementos de la reticencia frente a Interbolsa S.A., pues lo único que se acreditó es la conducta deshonesta de sus empleados, no como tal de la sociedad, y (iii) en decisión anterior a la sentencia cuestionada, la cual constituye precedente judicial vinculante, la Sala accionada señaló que la aludida póliza existe en favor de la persona jurídica por las actuaciones indebidas de sus empleados.


La sociedad tutelante refiere que los yerros cometidos por la autoridad accionada son relevantes y tuvieron incidencia en sus derechos fundamentales, porque su patrimonio se vio afectado al no poder obtener la cuota de éxito pactada en el contrato de prestación servicios legales celebrado con Interbolsa S.A.


Apoyada en estos hechos y argumentos, solicita el amparo de sus prerrogativas constitucionales y, en consecuencia, se deje sin efectos la sentencia emitida el 16 de diciembre de 2022 por la Sala de Casación Civil.


TRÁMITE EN PRIMERA INSTANCIA


Mediante auto del 29 de junio de 2023, la Sala de Casación Laboral avocó conocimiento de la acción y ordenó surtir el correspondiente traslado a las autoridades accionadas y demás vinculados al trámite, quienes se pronunciaron en los siguientes términos:


  1. Seguros Generales Suramericana S.A. sostuvo que la sociedad accionante orienta la demanda a que se deje sin efecto una sentencia ajustada al marco legal, con el único fin de cobrar unos honorarios profesionales que se pactaron con ocasión de la representación ejercida en favor de la parte demandada en el proceso civil, pretensión que resulta improcedente en el marco de la acción de tutela, por no involucrar ningún derecho fundamental que deba ser amparado.


  1. La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia y el Juzgado 33 Civil del Circuito de Bogotá compartieron el link de acceso al expediente digital contentivo del proceso que interesa.


  1. Bancolombia S.A. alegó falta de legitimación en la causa por pasiva, al señalar que no fungió como parte en el...

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