Superintendencia Nacional de Salud Notiicaci?n por aviso de la Resolución número 001655 de 2011
Emisor | Superintendencias - Superintendencia Nacional de Salud |
Número de Boletín | 48357 |
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D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.357
Martes, 28 de febrero de 2012
Que el parágrafo 5° transitorio del artículo 2° del Acto Legislativo 05 de 2011, facultó
al Gobierno Nacional a expedir decretos transitorios con fuerza de ley a más tardar el 31
de diciembre de 2011, para garantizar la operación del Sistema General de Regalías, en
artículo 360 de la Constitución Política, cuyo plazo vence, según el parágrafo 4° transitorio
del artículo 2° del Acto Legislativo 05 de 2011, 9 meses contados a partir de su presentación
Que con base en dicha disposición, el Gobierno Nacional expidió el 26 de diciembre
de 2011 el Decreto-ley número 4923 de 2011, “por el cual se garantiza la operación del
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Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
Artículo 1°. Las funciones asignadas al Departamento Na-
cional de Planeación mediante el Decreto-ley 4923 de 2011, “por el cual se garantiza la
serán ejercidas transitoriamente a través de
1. El Director General en ejercicio de la Presidencia de la Comisión Rectora debe
2. La Subdirección General, ejerce la Secretaría Técnica de la Comisión Rectora del
lo concerniente a las competencias asignadas al Departamento Nacional de Planeación.
3. La Dirección de Regalías:
recursos del Sistema General de Regalías, salvo lo relacionado con el Fondo de Ciencia,
Tecnología e Innovación.
3.3. Administrar la implementación, puesta en marcha y funcionamiento del Sistema de
Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación del Sistema General de Regalías y de los
recursos de regalías en los términos previstos en el Decreto-ley 4923 de 2011.
4. La Dirección de Desarrollo Territorial Sostenible calcula la distribución de los recursos
deberá ser informada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
5. La Dirección de Inversiones y Finanzas Públicas administra el Banco de Programas
y Proyectos de Inversión del Sistema General de Regalías y elabora la propuesta de meto-
dología y lineamientos para la formulación de proyectos.
6. Las Direcciones Técnicas y la Subdirección de Desarrollo Ambiental Sostenible, según
sus competencias, viabilizan los proyectos de inversión del Sistema General de Regalías,
Artículo 2°. Vigencia
lo pertinente el Decreto 3517 de 2009.
Dado en Bogotá, D. C., a 28 de febrero de 2012.
JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Carlos Echeverry Garzón.
El Director del Departamento Nacional de Planeación,
Mauricio Santa María Salamanca.
La Directora del Departamento Administrativo de la Función Pública,
SUPERINTENDENCIAS
Superintendencia Nacional de Salud
NOTIFICACIONES POR AVISO
NOTIFICACIÓN POR AVISO
Dental, el contenido de la Resolución número 001655 del 12 de julio de 2011, en cuyo
encabezado dice:
RESOLUCIÓN NÚMERO 001655 DE 2011
(julio 12)
por la cual se resuelve una investigación administrativa.
La Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
para Salud,
CONSIDERANDO
(…)
RESUELVE:
Artículo 1°. Sancionar
830.088.051, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de este proveído.
Artículo 2°. Imponer
830.088.051, multa consistente en diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes,
a la fecha de expedición de esta resolución.
Artículo 3°. Establecer Unidad de Estética Dental,
830.088.051, deberá ser consignada en la Cuenta Corriente número
031-7054600-2 de Bancolombia, denominada recursos por multas de la Superintendencia
Nacional de Salud, dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria de la presente re-
solución. Copia del respectivo recibo de consignación debe enviarse a la Superintendencia
Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, en la
dentro de los cinco días siguientes al pago, so pena de traslado a la autoridad competente.
Artículo 4°. Ordenar
con las formalidades señaladas en la misma, correspondiente al periodo con corte al 31 de
diciembre de 2008.
Artículo 5°. Declarar la caducidad de la facultad sancionatoria de la Superintendente
Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud de la
Superintendencia Nacional de Salud, respecto al periodo correspondiente al 31 de diciem-
bre de 2007, según lo expuesto en la parte considerativa del presente acto administrativo.
Artículo 6°. personalmente, conforme a lo preceptuado en el artículo 44 del
Código Contencioso Administrativo y 16 de la Resolución número 1212 de la Superinten-
dencia Nacional de Salud, el contenido de la presente resolución al representante legal de
sus veces, en la carrera 18D N° 80ª-24 de la ciudad de Soledad-Atlántico, y en subsidio el
de apelación, los cuales deberán interponerse por escrito ante la Superintendente Delegada
para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, en la carrera 7
establecidos en el Código Contencioso Administrativo.
edicto con la inserción de la parte resolutiva de esta Providencia.
Artículo 7°. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
Dada en Bogotá, D. C., a 12 de julio de 2011.
La Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
para la Salud,
(C. F.).
NOTIFICACIÓN POR AVISO
contenido de la Resolución número 001656 del 12 de julio de 2011, en cuyo encabezado dice:
RESOLUCIÓN NÚMERO 001656 DE 2011
(julio 12)
La Superintendente Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos
para Salud,
CONSIDERANDO:
(…)
RESUELVE:
“Artículo 2°. ¨Imponer a la IPS Sanamedic S.A.S.,
expedicion de esta resolución¨.
Parágrafo. El valor de la multa impuesta en la Resolución Sanción número 000339 del
14 de marzo de 2001, deberá ser consignado en la Cuenta Corriente número 031-7054600-
2 de Bancolombia, denominada recursos por multas de la Superintendencia Nacional de
Salud, dentro de los cinco (5) días siguientes a la ejecutoria del presente resolución. Copia
del respectivo recibo de consignación debe enviarse a la Superintendencia Delegada para la
Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, en la carrera 7 N° 32-16
días siguientes al pago, so pena de traslado a la autoridad competente.
Artículo 2°. Conceder el recurso de apelación solicitado en contra de la Resolución
número 000339 del 14 de marzo de 2011, y en consecuencia trasladar el expediente al des-
pacho del Superintendente Nacional de Salud Instancia Competente para resolver el recurso.
Artículo 3°. personalmente, conforme a lo establecido en el artículo 44 del
Superintendencia, el contenido de la presente resolución a Sanamedic S.A.S.,
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