Título IV. Plan de implementación del código y comisión de seguimiento
Autor | Jorge Enrique Chavarro Cadena - Luis Gilberto Ortegón Ortegón -Cindy Lorena Chavarro Moreno |
Páginas | 509-511 |
Libro Quinto - Cuestiones varias 493
Art. 00
TÍTULO IV
PLAN DE IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO Y COMISIÓN DE
SEGUIMIENTO
ARTÍCULO 618. PLAN DE ACCIÓN PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL
CÓDIGO GENERAL DEL PROCESO. La Sala Administrativa del Consejo
Superior de la Judicatura, con la colaboración armónica del Ministerio
de Justicia y del Derecho, dentro de los seis (6) meses siguientes a la
promulgación de la presente ley, elaborará el correspondiente Plan de
Acción para la Implementación del Código General del Proceso que
incluirá, como mínimo, los siguientes componentes respecto de los
despachos judiciales con competencias en lo civil, comercial, de familia
y agrario:
1. Plan especial de descongestión, incluyendo el previo inventario
real de los procesos clasifi cados por especialidad, tipo de proceso,
afi nidad temática, cuantías, fecha de reparto y estado del trámite
procesal, entre otras.
2. Nuevo modelo de gestión, estructura interna y funcionamiento de los
despachos, así como de las ofi cinas y centros de servicios judiciales.
3. Reglamentación de los asuntos de su competencia que guarden
relación con las funciones atribuidas en este código.
4. Creación y redistribución de despachos judiciales, ajustes al mapa
judicial y desconcentración de servicios judiciales según la demanda
y la oferta de justicia.
5. Uso y adecuación de la infraestructura física y tecnológica de
los despachos, salas de audiencias y centros de servicios, que
garanticen la seguridad e integridad de la información.
6. Selección, en los casos a que haya lugar, del talento humano por el
sistema de carrera judicial de acuerdo con el perfi l requerido para
la implementación del nuevo código.
7. Programa de formación y capacitación para la transformación cultural
y el desarrollo en los funcionarios y empleados judiciales de las
competencias requeridas para la implementación del nuevo código,
con énfasis en la oralidad, las nuevas tendencias en la dirección del
proceso por audiencias y el uso de las tecnologías de la información
y las comunicaciones.
8. Modelo de atención y comunicación con los usuarios.
Art. 618
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