¿Tribunales de derechos humanos sin atajos a la democracia? Contestación, conversación y revisión judicial - Núm. 55, Abril 2023 - Revista Derecho del Estado - Libros y Revistas - VLEX 929527470

¿Tribunales de derechos humanos sin atajos a la democracia? Contestación, conversación y revisión judicial

AutorMarisa Iglesias Vila
CargoProfesora titular de Filosofía del Derecho de la Universitat Pompeu Fabra (España)
Páginas171-190
MARISA IGLESIAS VILA*
¿Tribunales de derechos humanos
sin atajos a la democracia?
Contestación, conversación
y revisión judicial**-***
Human Rights Courts without
Shortcuts to Democracy? Contestation,
Conversation and Judicial Review
RESUMEN
El artículo valora de forma crítica algunos de los argumentos que Cristina
Lafont ofrece para defender que la revisión judicial de constitucionalidad
o convencionalidad contribuye al autogobierno democrático. Defiende que
su alternativa para una democracia sin atajos es demasiado optimista al
menos en dos aspectos: 1) en la conexión que establece entre el derecho a la
contestación jurídica, la revisión judicial y el autogobierno ciudadano, y 2)
en su pretensión de asignar una función comunicativa a la revisión judicial
sin tener que decantarse por una forma débil o fuerte de revisión judicial.
Argumenta, en primer lugar, que el derecho a la contestación jurídica en la
esfera constitucional ni suele ser un canal tan abierto al ciudadano como
Lafont presupone ni, en contextos de fuerte pluralismo y dominación socio-
cultural, basta para compatibilizar la protección de los derechos de las mi-
norías con un autogobierno democrático en el que todos se perciban como
coautores. También pone en duda que la revisión judicial sea un canal que
asegura la constitucionalización del debate político y el empoderamiento
comunicativo de la ciudadanía, especialmente cuando se está pensado en
* Profesora titular de Filosofía del Derecho de la Universitat Pompeu Fabra (España).
Contacto: marisa.iglesias@upf.edu orcid id: 0000-0001-6487-0433.
** Recibido el 27 de julio de 2022, aprobado el 27 de agosto de 2022.
Para citar el artículo: Iglesia Vila, M. ¿Tribunales de derechos humanos sin atajos a la
democracia? Contestación, conversación y revisión judicial. En Revista Derecho del Estado,
Universidad Externado de Colombia. N.º 55, abril de 2023, 171-190.
doi: https://doi.org/10.18601/01229893.n55.10
*** Este trabajo está enmarcado dentro del proyecto de investigación pid2020-115041gb-
i00/aei/10.13039/501100011033. Una versión anterior del artículo fue presentada en el Symposium
Cristina Lafont: Democracy without Shortcuts, organizado por Josep Corbí en la Universitat de
València el 29 de abril de 2022. Agradezco las respuestas de Cristina Lafont a mis comentarios
y la invitación de Ignacio Giuffré a presentar una contribución para este número.
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el efecto comunicativo por las razones adecuadas. Por último, sugiere que,
con independencia de que podamos evitar o no los atajos a la democracia,
el autogobierno democrático no es lo único que importa en la organización
legítima de una comunidad política a lo largo del tiempo. Por esta razón, y
concentrándose en particular en el rol de los tribunales internacionales de
derechos humanos, aboga por una forma de constitucionalismo cooperativo
sin últimas palabras en el que la revisión judicial actúa como canalizadora
de una conversación en progreso sobre nuestros derechos y libertades.
PALABRAS CLAVE
Revisión judicial, legitimidad sistémica, cooperación institucional, tribunales
internacionales de derechos humanos, lógica incremental.
ABSTRACT
In this work I critically assess some of the arguments Cristina Lafont offers when
she claims that judicial review contributes to democratic self-government. I ar-
gue that her alternative for a democracy without shortcuts is too optimistic in at
least two aspects: 1) in the connection she establishes between the right to legal
contestation, judicial review, and citizen self-government, and 2) in her claim to
assign a communicative function to judicial review without having to opt for a
weak or strong form of constitutionalism. I argue in the first place that the right
to legal contestation in the constitutional sphere is neither usually a channel as
open to the citizen as Lafont presupposes nor, in contexts of strong pluralism
and socio-cultural domination, is it enough to make the protection of minority
rights compatible with a democratic self-government where all citizens can see
themselves as authors of the laws that apply to them. I also doubt that judicial
review is usually a channel that ensures the constitutionalization of political debate
and the communicative empowerment of citizens, especially when we are think-
ing of the communicative effects for the rights reasons. Finally, I suggest that,
even when accepting shortcuts to democracy may be unavoidable, democratic
self-governance is not the only thing that matters in a legitimate organization
of a political community over time. For this reason, departing from a systemic
idea of legitimacy, I advocate a form of cooperative constitutionalism without
final words in which judicial review, especially at the level of international hu-
man rights courts, rather than acting as an initiator, has the role of channeling
an ongoing conversation about our rights and freedoms.
KEYWORDS
Judicial review, systemic legitimacy, institutional cooperation, international
human rights courts, incremental logic.

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