Los tributos territoriales no tradicionales - Otras categorías tributarias de los departamentos, distritos y municipios - Los tributos territoriales en el ordenamiento jurídico colombiano - Libros y Revistas - VLEX 950068082

Los tributos territoriales no tradicionales

AutorZulma Esperanza Acosta Martínez
Páginas587-640
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Sumario: Introducción; i. Tributos departamentales; 1. Impuesto de degüe-
llo de ganado mayor; 2. Impuesto de loterías foráneas y sobre premios de
lotería; 2.1. Impuesto de loterías foráneas; 2.2. Impuesto sobre premios de lo-
tería; 3. Impuesto al consumo sobre ingreso de mercancía extranjera al
Departamento Archipiélago de San Andrés y Providencia y Santa Catalina;
ii. Tributos distritales y municipales; 1. Impuesto municipal de espectáculos
públicos; 2. Impuesto de delineación urbana; 3. Impuesto de degüello de
ganado menor; 4. Impuesto nacional de espectáculos públicos con destino
al deporte; 5. Impuesto de transporte de hidrocarburos; iii. Breve referen-
cia a ciertas tasas y contribuciones; 1. Peaje turístico; 2. Tasa por ingreso a
las salinas de Zipaquirá; 3. Derechos de tránsito; 4. Contribución para el
uso de la infraestructura turística en el Departamento Archipiélago de San
Andrés, Providencia y Santa Catalina; 5. Contribución sobre contratos de
obra pública; iv. Conclusiones.
introduccin
A partir de la Constitución Política de 1991 el poder tributario de las enti-
dades territoriales, como categoría jurídica, adquirió una nueva dimensión
en virtud de la autonomía reconocida y las facultades concedidas a dichos
entes. En este sentido, el constituyente de 1991 siguió la posición según la
cual, en un proceso de descentralización que pretenda dar autonomía a los
gobiernos subnacionales es indispensable la tributación territorial, buscando
con ello mejorar la correspondencia entre el suministro de bienes públicos
locales por las autoridades, y el pago de impuestos por los ciudadanos, lo
que permite un mayor control y vigilancia sobre las decisiones de gasto y el
manejo presupuestal.
La importancia de este capítulo se explica por el poco desarrollo doctrinal
y, por qué no decirlo, por la inexistencia de documentos académicos que,
desde un punto de vista jurídico, estudien los tributos locales no tradicio-
nales1, por ejemplo, los impuestos de degüello de ganado mayor, alumbrado
público, peaje turístico, transporte de hidrocarburos, entre otros. Hasta el
1 Según el informe de la comisión de expertos del sistema tributario: “En la actualidad hay vigentes
13 tributos departamentales, 2 municipales y por lo menos 24 gravámenes y contribuciones,
sin contabilizar dentro de estos, las estampillas que existen con distintas variantes regionales”.
(Cuadro 15, 13)
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momento, los estudios realizados en materia de tributación territorial se han
circunscrito a los gravámenes de mayor importancia, como es el caso del
Impuesto Predial Unificado –ipu–, o el Impuesto de Industria y Comercio
ica–, los cuales, al captar mayores ingresos para los departamentos, distritos
y municipios, han merecido mayor atención de la doctrina especializada.
Cabe señalar que a nivel municipal el impuesto predial, el de industria
y comercio, y la sobretasa a la gasolina son los tributos que reportan mayor
recaudo; por su parte, a nivel departamental, los impuestos a la cerveza, a los
licores, el de registro y anotación, a los cigarrillos y el tabaco, a los vehículos
automotores y la sobretasa a la gasolina son los que reflejan mayor recaudo,
tal como se puede apreciar en las siguientes tablas2:
impuestos recaudados por los municipios, 213
impuestos municipales $ miles de millones peso porcentual
Predial 4.958 33,1
Industria y Comercio 6.94 4,7
Sobretasa a la gasolina 1.175 7,8
Otros 2.745 18,3
Total 14.972 1
Fuente: Cálculos -dnp-ddts
impuestos recaudados por los departamentos, 213
impuestos departamentales $ miles de millones peso %
Cerveza 1.673 21,6
Licores 1.1 12,9
Registro y anotación 473 6,1
2 Departamento Nacional de Planeación –dnp– Desempeño fiscal de los Departamentos y Muni-
cipios 213. Informe del Departamento Nacional de Planeación, Artículo 79 Ley 617 de 2.
issn 227-5838 Disponible en [https://colaboracion.dnp.gov.co/cdt/Desarrollo%2Territorial/
Documento%2Desempeño%2Fiscal%2213.pdf], consultada el 11 de septiembre de 215.
Debe tenerse en cuenta que el informe del año 214 no ha sido publicado oficialmente al mes de
abril de 216.
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Zulma Esperanza Acosta Martínez
impuestos departamentales $ miles de millones peso %
Cigarrillos y tabaco 81 1,5
Vehículos automotores 477 6,2
Sobretasa a la gasolina 31 4,
Otros (*) 976 12,6
Total 7.733 1
(*) Juegos de apuestas permanentes o chance, derechos de explotación de loterías, degüello de ganado mayor,
contribución del 5% sobre contratos, impuesto de loterías foráneas, impuesto a ganadores de sorteos ordinarios
y extraordinarios, rifas
Fuente: Cálculos -dnp-ddts, con base en información reportada por las entidades territoriales a través del For-
mulario Único Territorial –fut213.
Así las cosas, se observa que el recaudo obtenido mediante los otros tributos3
(aquí denominados tributos locales no tradicionales) reflejan solo el 18.3%
a nivel municipal y el 12,6% a nivel departamental, lo que sin duda para
estos últimos ha significado olvido y rezago en su estudio.
De tal suerte, y con el propósito de abarcar de una manera general el
contenido y el alcance del poder tributario territorial, se analizarán algunos
tributos locales no tradicionales, a partir de la teoría del hecho generador
recién presentada; en todo caso, debe tenerse en cuenta que es una lista
enunciativa y no taxativa de estas figuras, dada la multiplicidad de exacciones
con y sin sustento legal a nivel territorial. En primer lugar, se estudian los de
naturaleza departamental, y luego los distritales y municipales. Sin embargo,
no se hace un estudio detallado a la luz de la tipología tributaria tradicional,
es decir, no se hacen mayores disquisiciones acerca de si son impuestos, tasas
o contribuciones, pues ello implica desviarse innecesariamente del análisis
legal del hecho generador propuesto.
3 Otros impuestos incluyen los municipales: circulación y tránsito por transporte público, teléfo-
nos, avisos y tableros, publicidad exterior visual, delineación y urbanismo, espectáculos públicos,
impuesto de ocupación de vías, juegos promocionales municipales, rifas de circulación municipal,
eventos hípicos, degüello de ganado menor, sobretasa bomberil, estampilla pro cultura, otras
estampillas, alumbrado público, registro de marcas y herretes, pesas y medidas, contribución del
5% sobre contratos, impuesto a las ventas por el sistema de clubes; departamentales: degüello de
ganado mayor, impuesto a ganadores de sorteos ordinarios y extraordinarios, impuesto de loterías
foráneas, juegos de apuestas permanentes o chance, derechos de explotación de loterías, rifas,
estampillas, contribución del 5% sobre contratos.

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