Sentencia de Tutela nº 760/09 de Corte Constitucional, 28 de Octubre de 2009
Fecha | 28 Octubre 2009 |
Materia | Derecho Constitucional |
Número de expediente | T-2316804 |
Número de sentencia | 760/09 |
T-760-09
Referencia: expedienteT-2316804
Bogotá, DC., veintiocho (28) de de octubre dos milnueve (2009).
La Sala Primera de Revisión de la CorteConstitucional, integrada por los magistrados MarÃa Victoria Calle Correa, L.E.V.S. y J.C.H.P.,en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, ha proferido lasiguiente
SENTENCIA
dentro del trámite de revisión del fallo dictado porel Juzgado Promiscuo Municipal de Zarzal – Valle del Cauca el 29 de mayo 2009, enel asunto de la referencia.
El ciudadano J.A.Y.L., obrando en nombrepropio, presentó acción de tutela en contra la empresa COMCEL S.A., porconsiderar que esta entidad vulneró su derecho fundamental de petición, confundamento en los siguientes hechos:
El peticionario adjuntó a su demanda las siguientes pruebasdocumentales relevantes:
2.1. Copia del derecho depetición enviado a COMCEL SA.
El actor solicitó la protección a su derecho fundamental de peticióncon el fin de que se ordene a COMCEL S.A.: “Dé respuesta inmediata a mipetición de conformidad con la ley debiendo notificarse en debida forma.”
4.
Se revisa la decisión del Juzgado Promiscuo Municipal de Zarzal – Valledel Cauca, proferida mediante sentencia 29 de mayo 2009, en la que se declaróla carencia actual de objeto de la acción de tutela,
El Juzgado fundó su determinación, “en que dentro del trámite de latutela la entidad accionada, COMCEL SA, a través de su representante legal, enejercicio del derecho de defensa y contradicción que le asiste allegó escritodando cuenta de que el derecho de petición, objeto de tutela, radicado el 22 deabril de 2009, fue resuelto el 11 de mayo de 2009, dentro del término de ley,siendo devuelto por la empresa de mensajerÃa aduciendo que la dirección deldestinatario “no existe”, pero con ocasión de esta acción de tutela se emitenuevamente repuesta de fondo, independientemente de que la repuesta seafavorable o desfavorable al peticionario como lo ha sostenido la jurisprudenciaconstitucional.
Asà las cosas, la acción de tutela se encuentra infundada al nosubsistir en momento actual vulneración del derecho fundamental invocado, todavez que, como ya se dijo la petición actualmente ha sido resuelta, no siendodable al juez constitucional emitir una orden encaminada a proteger esederecho, por verificarse la “carencia actual de objeto”
La decisión de primera instancia no fue impugnada.
II. CONSIDERACIONES YFUNDAMENTOS.
1. Competencia.
La Corte Constitucional es competente para revisar elpresente fallo de tutela de conformidad con lo previsto en los artÃculos 86 y241 de la Constitución Nacional, el Decreto 2591 de 1991 y las demásdisposiciones pertinentes.
2. P..
La Sala Primera de Revisión de la Corte Constitucionaldebe determinar si COMCEL S.A., vulneró el derecho de petición del ciudadano JAVIERANDRÉS YEPES LIBREROS.
A fin de resolver el asunto, la Sala se pronunciará sobrelos siguientes tópicos:
(i) El derecho de petición como derecho constitucionalfundamental; (ii) Caso concreto.
3. El Derecho de Petición. Reiteración.
La Constitución PolÃtica dispone en su artÃculo 86 quela acción de tutela es un mecanismo judicial preferente y sumario diseñado parala protección de los derechos fundamentales, como vÃa judicial residual ysubsidiaria, que garantiza una protección inmediata de los derechosfundamentales cuando no se cuenta con algún otro mecanismo judicial idóneo deprotección, o cuando existiendo éste, se deba acudir a ella como mecanismotransitorio para evitar un perjuicio irremediable. En este caso el derecho depetición es de aquellos que gozan protección inmediata por vÃa de tutela
4. El caso concreto.-
Esta situación autoriza reafirmar la declaración deinexistencia actual de objeto efectuada por el Juez Promiscuo municipal deZarzal, de manera independiente al contenido de la respuesta cursada al actorpor la firma COMCEL S.A., en esta se garantizó el derecho de defensa y contradicciónmediante el recurso de reposición y en subsidio apelación.
En mérito de lo expuesto, la Sala Primera de Revisión,administrando justicia en nombre del pueblo y por mandato de la ConstituciónPolÃtica,
RESUELVE
Primero: CONFIRMAR el fallo proferido por el Juzgado Promiscuo Municipalde Zarzal - Valle del Cauca el 29 de mayo 2009.
NotifÃquese, comunÃquese, publÃquese en la Gaceta de laCorte Constitucional y cúmplase.
JUAN C.H.P.
Magistrado Ponente
MARÃ
-
Sentencia Nº 76-111-22-04-005-2023-00442-00 del Tribunal Superior de Buga Sala Penal, 12-09-2023
...ANDRES AUGUSTO CARRILLO OSORIO, en su escrito de tutela 8 Los elementos han sido reseñados en las sentencias T-814/05, T-147/06, T-610/08, T-760/09, C-951/14, entre otras. 9 Esta regla se encuentra enunciada en las sentencias T-249/01, T-1006/01, T-565/01 y T-466/04, entre otras. 10 Folio 2......
-
Auto nº 590/16 de Corte Constitucional, 12 de Diciembre de 2016
...contenidos en la T-760 de 2008. Además propusieron los siguientes indicadores para resolver los problemas jurídicos expuestos en la T-760 de 2009, Problemas jurídicos Indicadores ¿Desconoce el Estado el derecho a la salud de las personas al permitir que se mantenga la incertidumbre en relac......
-
Sentencia de Tutela nº 106/19 de Corte Constitucional, 12 de Marzo de 2019
...y C-951 de 2014 M.P.M.V.S.M.. [16] Sentencias T-814 de 2005. M.P.J.A.R.; T-147 de 2006. M.P.M.J.C.E.; T-610 de 2008. M.P.R.E.G.; T-760 de 2009. M.P.J.C.H.P.; y T-167 de 2013. [17] Para un análisis más detallado sobre el derecho de petición frente a particulares ver sentencias T- 726 de 2016......
-
Sentencia Nº 66001-33-33-004-2022-00162-01 (f-0518-2022) del Tribunal Administrativo de Risaralda, 10-06-2022
...6 Corte Constitucional. Sentencia C-951 de 2014. 7 Los elementos han sido reseñados en las sentencias T-814/05, T-147/06, T-610/08, T-760/09, 818/11, C-951/14, entre otras. 8 Ver sentencias T-737/05, T-236/05, T-718/05, T-627/05, T-439/05, T-275/06, T-124/07, T-867/13, T-268/13 y T-083/17, ......
-
Análisis constitucional y legal del estado de emergencia social y los decretos que reforman el sistema de salud
...el cual se alcanza de manera progresiva” y “todas las autoridades competentes deben colaborar y dirigir sus actividades para tal fin” (T-760 de 2009). Respecto de la participación democrática, la sentencia T-760 de 2008 había ordenado la corrección de los problemas que presentaba el sistema......
-
Aspectos críticos del SGSSS. Entre la sostenibilidad financiera y la garantía del derecho fundamental a la salud
...de plantear estrategias de avance en la vía de reconocer el derecho a la salud como un derecho fundamental, tal como lo ratificó la sentencia T-760 de 2009 [sic] al señalar que el acceso, atención y beneficios de los servicios de salud son un derecho que se debe garantizar a todos los colom......
-
Jurisprudencia constitucional colombiana sobre el derecho a la salud
...mundo de la tutela. 4.1.2.8.3. Tendencia a convertir el derecho a la salud en derecho a acceder al servicio de salud De acuerdo con la T-760 de 2009, el centro de gravedad del derecho a la salud está en el acceso a la misma. Apartes de la providencia indican lo siguiente: Acceso a servicios......
-
La acción pública de constitucionalidad a debate
...2010, pp. 259 a 263. 102. Sobre el derecho a la salud y el sistema de seguridad social en salud la decisión de referencia es la sentencia T-760 de 2009, M. P.: Manuel José Cepeda Espinosa. Las órdenes proferidas por la Corte en esta sentencia son un requerimiento para ajustar el modelo neol......