Antecedentes históricos sobre los 'falsos positivos' en Colombia - Garantía de no repetición: una contribución a la justicia transicional - Libros y Revistas - VLEX 950956650

Antecedentes históricos sobre los 'falsos positivos' en Colombia

AutorJuan Camilo Rodríguez Gómez
Cargo del AutorEconomista y doctor en Historia.
Páginas23-76
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1
ANTECEDENTES HISTÓRICOS SOBRE
LOSFALSOS POSITIVOSEN COLOMBIA
Juan Camilo Rodríguez Gómez
RESUMEN
Este trabajo aborda el asunto de los llamados “falsos positi-
vos” desde una perspectiva historiográfica. El autor realiza
una caracterización y periodización de los “falsos positivos”
en Colombia con el propósito de aproximarse a la identi-
ficación de sus orígenes y de su evolución, así como a las
diversas variables que les han asignado determinadas ca-
racterísticas y han contribuido a su proliferación en ciertos
momentos de la historia. Los “falsos positivos” de la primera
década del siglo XXI se advierten como el producto de una
triste coyuntura, como la suma de una serie de factores que
confluyeron en el momento más álgido de la confrontación
armada que aflige al país desde hace más de cincuenta años.
PRESENTACIÓN
En desarrollo de un conflicto armado y, en general, en la evo-
lución de las guerras se presentan diversidad de situaciones
que involucran la vida de los civiles y violan el derecho in-
ternacional humanitario. Muchas de ellas, además, alcanzan
dimensiones inimaginables que ocupan el horrendo espacio
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de los genocidios acaecidos en diversidad de guerras, los
desplazamientos y crímenes masivos de población y la di-
versa tipología de los delitos de lesa humanidad. Existen
también ignominias inconcebibles como las que han ocu-
rrido en Colombia en las últimas décadas, llamadas con el
eufemismo de “falsos positivos”, una forma de ejecución
extrajudicial. Este fenómeno comenzó como algo que pare-
ciera ocasional, aislado, excepcional, producto de soldados
desquiciados o inconscientes de la gravedad de su actuar,
que asesinaban civiles ajenos a las circunstancias del conflic-
to para presentarlos a sus superiores como trofeos de guerra,
enemigos dados de baja, guerrilleros caídos en combate, y
así buscar prebendas, permisos, beneficios en su carrera. No
es claro el comienzo, si se les ocurrió a los subalternos o si
algún mando concibió el oprobio del que unos y otros po-
dían obtener ventajas. Vistos de manera aislada, los hechos
pudieran parecer ocasionales, pero con el paso del tiempo
y la revelación de su magnitud, el rompecabezas indicó un
fenómeno de características insospechadas asociado con la
degradación alcanzada por la guerra en Colombia.
En los tiempos modernos se han elaborado instrumen-
tos internacionales que buscan comprometer a las naciones
que los suscriben alrededor de la protección del derecho
fundamental a la vida y la defensa de los derechos huma-
nos1. A pesar de tales avances, perdura un vacío conceptual
y jurídico relacionado con las ejecuciones extrajudiciales,
debido a que las muertes causadas por tan irregulares y de-
gradantes vías no se encuentran tipificadas específicamente
1 A partir de la Declaración Universal de los Derechos Humanos se establecieron
mecanismos supranacionales para la defensa del derecho a la vida, relevantes
para el propósito del presente documento, principalmente en lo relacionado
con el marco del conflicto armado. Véase: Naciones Unidas (2006). Para una
revisión detallada de la violación a los derechos humanos, crímenes de guerra
y crímenes de lesa humanidad, véase: Convenios de Ginebra, Estatuto de
Roma de la Corte Penal Internacional.
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en convenciones internacionales de alcance universal, ni
regional (Henderson, 2006, p. 284). Significa esto que exis-
te ambigüedad en el tratamiento del problema, pese a los
esfuerzos de la Organización de las Naciones Unidas por
consolidar un marco de prevención e investigación de eje-
cuciones extralegales2. Naciones Unidas juzga, en general,
que una ejecución extrajudicial es “un homicidio doloso
perpetrado o consentido por personas cuya ilegítima ac-
tuación se apoya, de manera inmediata o mediata, en las
potestades del Estado” (Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos, 2005, p. 4).
El largo conflicto armado en Colombia ha expuesto de
manera cruda y dolorosa, a lo largo de las cinco últimas dé-
cadas, parte del escenario propio de los asesinatos ocurridos
fuera de combate, en los que las víctimas suelen ser civi-
les indefensos y ajenos al conflicto. Incluso, en momentos
de enfrentamientos anteriores se podrían encontrar situa-
ciones similares o asimilables a las caracterizadas por las
ejecuciones extrajudiciales, que se remontan a las diversas
guerras civiles del siglo XIX y aún a los inicios de la república.
En particular, los denominados en tiempos recientes con
el eufemismo de “falsos positivos” son asunto del mayor
interés para el conocimiento de la verdad en la justicia de
transición. La forma como se continúe encarando este asun-
to, desde las diferentes ópticas y en la órbita de las instancias
responsables de abordarlo, será central en el marco de la
justicia transicional y la consolidación de la paz.
2 En 1989 se promulgaron los principios relativos a una eficaz prevención e in-
vestigación de las ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias, como la ini-
ciativa pionera para vincular el concepto de ejecución extrajudicial al derecho
internacional humanitario. No obstante, esta iniciativa correspondería a lo que
jurídicamente se cataloga como soft law, es decir, es un instrumento escrito, que,
sin ser un tratado internacional, contiene principios, normas, estándares u otras
declaraciones de comportamiento esperado, con evidentes consecuencias polí-
ticas. Véase: SHELTON (2009, p. 69); HENDERSON (2006); DEL TORO HUERTA (2006).

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