Aspectos claves para tener en cuenta - Cartilla. Declaración de Renta. Personas Jurídicas 2018 - Libros y Revistas - VLEX 730326713

Aspectos claves para tener en cuenta

AutorJorge Enrique Chavarro Cadena
Páginas1-27

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1.1. Determinación de las bases fiscales para activos, pasivos, ingresos y gastos

“Para la determinación del impuesto sobre la renta y complementarios, en el valor de los activos, pasivos, patrimonio, ingresos, costos y gastos, los sujetos pasivos de este impuesto obligados a llevar contabilidad aplicarán los sistemas de reconocimientos y medición, de conformidad con los marcos técnicos normativos contables vigentes en Colombia, cuando la ley tributaria remita expresamente a ellas y en los casos en que esta no regule la materia. En todo caso, la ley tributaria puede disponer de forma expresa un tratamiento diferente, de conformidad con el artículo 4 de la Ley 1314 de 2009.

Parágrafo 1. Los activos, pasivos, patrimonio, ingresos, costos y gastos deberán tener en cuenta la base contable de acumulación o devengo, la cual describe los efectos de las transacciones y otros sucesos y circunstancias sobre los recursos económicos y los derechos de los acreedores de la entidad que informa en los períodos en que esos efectos tienen lugar, incluso si los cobros y pagos resultantes se producen en un periodo diferente.

Cuando se utiliza la base contable de acumulación o devengo, una entidad reconocerá partidas como activos, pasivos, patrimonio, ingresos, costos y gastos, cuando satisfagan las definiciones y los criterios de reconocimiento previstos para tales elementos, de acuerdo con los marcos técnicos normativos contables que le sean aplicables al obligado a llevar contabilidad”. Art. 21-1 ET.

Como conclusión podemos determinar que solo existe un libro contable y es el desarrollado de conformidad con los marcos de información financiera aplicables al contribuyente.

1.2. Diferencias más representativas entre el tratamiento fiscal y el contable

Las diferencias más representativas entre las mediciones de activos, pasivos y cuentas de resultado, se pueden encontrar a continuación:1

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1.3. Información financiera bajo los nuevos marcos normativos

NIC 1 y la sección 4 de las NIIF para las PYMES, establecen los requerimientos generales para la presentación de los estados financieros, guías para determinar su estructura y requerimientos mínimos sobre su contenido. El reconocimiento, medición e información a revelar de transacciones y sucesos específicos se tratan en otras Normas (y en Interpretaciones2).

De conformidad con las NIIF, un conjunto completo de estados financieros comprende:

- Estado de situación financiera al final del periodo (lo que anteriormente denominábamos balance general) comparativo con el periodo anterior;

- Estado del resultado del periodo y otro resultado integral del periodo, comparativo con el periodo anterior;

- Estado de cambios en el patrimonio del periodo, comparativo con el periodo anterior;

- Estado de flujo del efectivo, comparativo con el periodo anterior;

- Notas, que incluyan un resumen de políticas contables utilizadas e información financiera explicativa comparativa respecto al periodo anterior3;

- Un estado de situación financiera al principio del periodo inmediatamente anterior, cuando la entidad aplique una política contable retroactivamente o realice una reexpresión retroactiva4, o cuando reclasifique partidas en sus estados financieros.

1.4. Partidas componentes del estado de situación financiera

Un estado de situación financiera proforma bajo NIIF, comprende las siguientes partidas:

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1.5. Tratamiento tributario de las partidas del estado de situación financiera
1.5.1. Activos fijos y activos movibles- Art 40 ET

Ver Nota5

1.5.2. Inventarios- Arts 62, 64, 65, 66 del E.T

Para los obligados a llevar contabilidad el costo en la enajenación de inventarios debe establecerse con base en alguno de los siguientes sistemas:

1) El de juego de inventarios o periódicos.

2) El de inventarios permanentes o continuos.

El inventario de fin de año o período gravable es el inventario inicial del año o período gravable siguiente.

Se elimina la obligación de registrar el inventario por el sistema permanente para aquellos contribuyentes obligados a tener revisor fiscal o a los que sus declaraciones deban ser firmados por contador público.

Se complementa la forma en la cual tributariamente se puede disminuir el inventario por los siguientes conceptos:

- Por faltantes de inventarios de fácil destrucción o pérdida6, hasta un 3% de la suma del inventario inicial más las compras.

- Por obsolescencia7, siempre que sean debidamente destruidos, reciclados o chatarrizados (se requiere certificación del responsables de la destrucción)

- Inventarios asegurados, será deducible la parte no cubierta por la indemnización o por la aseguradora.

Las fórmulas de cálculo del costo aceptadas por los nuevos marcos normativos son las siguientes:

- Primeras en Entrar Primeras en Salir, PEPS o FIFO8

- Promedio ponderado

- Identificación especifica (para inventarios no habitualmente intercambiables)

Las técnicas de medición del costo aceptadas por los nuevos marcos normativos son las siguientes:

- Sistemas de costos reales o históricos

- Sistemas de costos estándar

- Método de los minoristas

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Para los contribuyentes obligados a llevar contabilidad, el costo de los inventarios presenta el siguiente tratamiento contable y tributario a tener en cuenta:

- Los descuentos y rebajas en inventarios adquiridos, se tratarán no como un ingreso, sino como un menor valor del inventario o del costo de ventas de los inventarios (tratamiento igual al marco normativo, pero puede diferir en descuentos condicionados de largo plazo).

- Dentro del costo de los inventarios tributarios, no se tendrá en cuenta la financiación implícita en la adquisición de inventarios.

- La pérdida por deterioro de valor de los inventarios en algunos casos no será deducible en el momento de su causación (cuando se ajustan por el valor neto de realización)

- La diferencia en cambio sobre los anticipos para adquisición de inventarios, ya no debe realizarse (igual tratamiento bajo NIIF y NIIF PYMES)

- Para las empresas industriales, los Costos Indirectos de Fabricación relacionados con la depreciación de la propiedad, planta y equipo participe en el proceso productivo, puede generar diferencias en temas de depreciación (para lo cual fiscalmente debe calcularse de forma separada)

- La medición a valor razonable de ciertos inventarios por parte de comercializadores de commodities9, no tendrá efectos tributarios.

- La medición iniciar a valor razonable de productos agropecuarios, bajo las normas de activos biológicos, no tendrá efectos tributarios.

1.5.3. Activos no corrientes o grupos de activos para su disposición clasificados como mantenidos para la venta o como mantenidos para distribuir a los propietarios Art. 69-1 E.T

Las características de un activo no corrientes mantenido para la venta son las siguientes:

- Se trata de activos no corrientes, que cuando se adquirieron no fueron con destinación a su venta, sino que después de ser usados se dispuso venderlos.

- Las NIIF para PYMES, el Marco de Contabilidad para Microempresas, y el Marco para entidades que no cotizan en un mercado ni manejan...

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