AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 53899 del 05-12-2018 - Jurisprudencia - VLEX 873996020

AUTO INTERLOCUTORIO de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 53899 del 05-12-2018

Sentido del falloINADMITE
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaAP5599-2018
Fecha05 Diciembre 2018
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Antioquia
Tipo de procesoCASACIÓN
Número de expediente53899
SDS



LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

Magistrado ponente


AP5599-2018

Radicación 53899

Acta 400


Bogotá, D. C., cinco (05) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).


VISTOS:


Resuelve la Sala si admite o no la demanda de casación presentada por el defensor de WEIMAR D.M.C..


HECHOS:


El 11 de diciembre de 2005, el mencionado ciudadano se desmovilizó en el municipio de Remedios (Antioquia), manifestando que desde el año 2000 militó en el Bloque Central Bolívar de las Autodefensas Unidas de Colombia, en el cual era conocido con el alias de El Zarco, desempeñándose como patrullero en los municipios de Segovia, R., Puerto Berrío y Medellín, bajo las órdenes de alías Don Daniel y C.. Recibió instrucción militar durante 3 meses, portó un fusil AK-47 y utilizó uniforme camuflado. Por sus labores recibía mensualmente $600.000.


ACTUACIÓN PROCESAL:


Dispuesta la apertura de instrucción, la Fiscalía especializada vinculó mediante indagatoria a WEIMAR D.M., resolviendo abstenerse de imponerle medida de aseguramiento por el delito de concierto para delinquir y declaró prescrita la acción penal derivada del punible de utilización ilegal de uniformes e insignias de las Fuerzas Armadas.


El 6 de octubre de 2016 la Fiscalía le formuló cargos para sentencia anticipada, acta en la que aceptó la comisión del delito de concierto para delinquir agravado en los términos del artículo 40 de la Ley 600 de 2000.


El 7 de noviembre de 2017, el Juzgado 2 Penal del Circuito Especializado de Antioquia profirió sentencia condenando al acusado a 38 meses de prisión y multa de 1000 salarios mínimos mensuales e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso de la pena privativa de libertad, como autor del delito cuya comisión voluntariamente aceptó, negándole la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria.


Impugnada tal providencia por el defensor de M.C., fue confirmada por el Tribunal de Antioquia a través del fallo recurrido en casación, expedido el 16 de mayo de 2018.


LA DEMANDA:


El recurrente adujo que los falladores incurrieron en interpretación errónea del artículo 38 de la Ley 599 de 2000, pues al ser modificado por la Ley 1453 de 2011 no se excluyó del subrogado de la prisión domiciliaria el delito de concierto para delinquir agravado, de manera que no se tuvo en cuenta el principio de favorabilidad, con mayor razón si según el artículo 32 de la Ley 1142 de 2007 tampoco se prohíben los subrogados tratándose del citado punible, toda vez que la prohibición apareció con la Ley 1709 de 2014.



Si su asistido fue condenado a una pena inferior a 5 años de prisión y no se encontraba prohibida la prisión domiciliaria en razón del delito por el cual se procede, así debió declararse en el fallo atacado, aplicando la norma...

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