La búsqueda del equilibrio contractual a través de las normas imperativas en los países de América Latina - Los contratos de transferencia internacional de tecnología. América Latina, Estados Unidos y la Unión Europea - Libros y Revistas - VLEX 950236837

La búsqueda del equilibrio contractual a través de las normas imperativas en los países de América Latina

AutorManuel Guerrero Gaitán
Páginas327-442
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I. planteamiento: transferencia de tecnologa
en los pases receptores de tecnologa
21. En este capítulo corresponde analizar la manera en que los ordenamientos de
los países de América Latina regulan actualmente los contratos internacionales de
transferencia de tecnología, con el f‌in de identif‌icar las diferencias existentes con
los ordenamientos estudiados en el capítulo anterior y, de esta manera, establecer
los elementos que permitan formular una propuesta para mejorar la protección
que las legislaciones de los países latinoamericanos dispensan a este tipo de
contratos. Para lograr este objetivo el presente capítulo se divide en dos partes.
En la primera se analizan las disposiciones aplicables en caso de que la con-
troversia se adelante frente a los tribunales de estos países. Teniendo en cuenta
la naturaleza internacional de los contratos objeto de estudio, se inicia el capítulo
con el análisis de la aceptación de las cláusulas de elección de foro, usualmen-
te presentes en este tipo de contratos, y el Derecho aplicable a los mismos (ii).
Posteriormente, son objeto de estudio las normas sustanciales de los mismos
sectores analizados en el capítulo anterior (iii), el Derecho de la competencia,
las normas que regulan la forma y el registro de los contratos, y la inversión ex-
tranjera. Estos sectores del ordenamiento serán examinados desde el punto de
vista de las normas supranacionales de los sistemas de integración de la can y
el Mercosur; en caso de que estos sistemas no contengan normas subregionales
uniformes en los sectores mencionados se acudirá a las legislaciones nacionales
de los países miembros, en función del tamaño de su economía.
En la segunda parte se analiza el escenario en el cual, en virtud de una cláusula
de elección de foro de un contrato de transferencia de tecnología, se ha dictado
una sentencia o laudo arbitral en un país extranjero y se pretende obtener su reco-
nocimiento en un país de América Latina (iv). En este análisis se prestará especial
atención a las herramientas que contienen los ordenamientos jurídicos del Estado
de acogida, con el f‌in de verif‌icar si la decisión a reconocer ha respetado el orden
público, y se establecerá el alcance de este concepto en relación con los contratos
de transferencia de tecnología. Posteriormente, teniendo en cuenta la inf‌luencia
que China está tendiendo, no solo en el ámbito internacional sino particularmente
en los países de América Latina analizados, es pertinente estudiar el marco re-
gulatorio de los contratos internacionales de transferencia de tecnología en este
país (v). La pertinencia de este estudio radica en las condiciones análogas que
este país comparte con América Latina respecto de su condición de receptor de
tecnología y destino creciente de interés de los inversionistas extranjeros. Estos
elementos comunes conducen a que sea de suma importancia analizar los rasgos
Los contratos de transferencia internacional de tecnología
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característicos de la regulación china, con el objeto de establecer la posibilidad
de extrapolar las soluciones aportadas por la legislación de ese país a la falta de
equilibrio en los contratos de transferencia de tecnología.
Finalmente, una vez analizadas las disposiciones que regulan los contratos
de transferencia de tecnología de los países de América Latina, se formula una
propuesta de un marco normativo imperativo para estos países, dirigido a buscar
un equilibrio entre las partes contratantes de un contrato internacional de trans-
ferencia de tecnología que evite posibles abusos de la parte fuerte de la relación
y permita una correcta transferencia tecnológica (vi).
II. anlisis prctico de la eficacia de las clusulas
de eleccin de foro y arbitraje, y de derecho
aplicables a los contratos internacionales
de transferencia de tecnologa en los pases
de amrica latina
A. aceptacin de las clusulas de competencia
judicial internacional y de arbitraje comercial
internacional en los contratos de transferencia
de tecnologa
22. En el presente epígrafe se estudiará la aceptación que tienen las cláusulas
de elección de foro y aquellas que eligen la ley aplicable a un contrato de transfe-
rencia de tecnología en los países de América Latina. Con este propósito, se debe
empezar por presentar un panorama actual del estado de desarrollo del Derecho
internacional privado en los países de América Latina (1), para posteriormente
estudiar la aceptación de las cláusulas atributiva de competencia judicial inter-
nacional en el régimen convencional (2), en los sistemas de integración subre-
gional can y Mercosur (3). Finalmente, se estudia la aceptación de las cláusulas
de sumisión a arbitraje comercial internacional (4).
1. introduccin: situacin actual del derecho
internacional privado en los pases de amrica
latina
23. La creciente internacionalización del comercio en América Latina no ha esta-
do acompañada de la actualización normativa necesaria para copar las necesidades
impuestas por las nuevas realidades negociales, ni ha tenido la sistematización
La búsqueda del equilibrio contractual a través de las normas imperativas en los países de América Latina 329
necesaria para crear una reglamentación adecuada del Derecho internacional
privado. Esta situación se hace evidente de manera notable en la falta de voluntad
política para la ratif‌icación de instrumentos internacionales en la materia1, en la
escasa regulación de los ordenamientos jurídicos internos sobre la competencia
judicial internacional que se limita a unas pocas normas contenidas en códigos
decimonónicos pensadas para supuestos muy diferentes a los planteados con el
proceso de globalización e internacionalización de las economías de los países,
en algunos casos en la superproducción de normas y convenios reguladores de
la misma materia2, e incluso, en algunos países, en la inexistencia de una norma
que tan siquiera establezca la posibilidad de ejercer la autonomía de la voluntad
conf‌lictual eligiendo un juez extranjero para el conocimiento de un contrato
internacional. En efecto, las normas contenidas en las legislaciones internas de
los países latinoamericanos se caracterizan por su dispersión, tanto física, cuanto
metodológica, lo cual supone una barrera difícil de superar para llevar a cabo una
interpretación sistemática del Derecho internacional privado3.
Como se ha tenido oportunidad de destacar, en la gran mayoría de los con-
tratos analizados para la elaboración de este trabajo se encontró una cláusula de
elección de foro a favor, bien de los tribunales ordinarios o, en su caso, arbitrales
de los países de origen de los titulares de los conocimientos tecnológicos objeto
del contrato. En este sentido, resulta importante analizar la aceptación de este
tipo de cláusulas por parte de los tribunales de los países de América Latina.
1 Algunos aseguran que la mayor importancia de las codif‌icaciones regionales como las Convencio-
nes Interamericanas no radican en la ratif‌icación de los Estados, sino en la inf‌luencia indirecta que
estas ejercen para la modif‌icación o adopción de nuevas reglamentaciones en materia de Derecho
Internacional Privado. Al respecto cfr. N. gonzález Martín. “Derecho Internacional Privado
en América Latina, del hard al soft law”, Anuario Mexicano de Derecho Internacional, n.º 9, 211,
p. 397.
2 Aunque no en todos los países se encuentran en vigor, es posible citar, como textos convencionales
reguladores de situaciones privadas internacionales, los Tratados de Montevideo de 1889-194,
el Código Bustamante, las Convenciones Interamericanas y los Convenios internacionales, tales
como el Convenio sobre reconocimiento y ejecución de sentencias arbitrales extranjeras de Nueva
York de 198, cit., supra. Esta gran cantidad de instrumentos internacionales se incrementa en el
sistema de integración del Mercosur, haciendo la tarea de determinación de la normativa de Dere-
cho Internacional Privado aplicable, extremadamente difícil. En este sentido cfr. D. P. Fernández
arroyo (coord.). Derecho Internacional Privado en los Estados del Mercosur, Buenos Aires, Zavalia,
23, p. 11.
3 D. P. Fernández arroyo. “Acerca de la necesidad y las posibilidades de una Convención Intera-
mericana sobre competencia judicial internacional”, en Litigio Judicial Internacional, cit., p. 92.

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