Capítulo 17. Concurrencia de actividades peligrosas en la Responsabilidad Civil Extracontractual
Autor | Saúl Uribe García |
Cargo del Autor | Abogado de la Universidad Autónoma Latinoamericana, Medellín, Colombia. |
Páginas | 521-590 |
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Resumen: El ejercicio de actividades peligrosas puede causar daños, lo que
constituye una de las fuentes de responsabilidad civil extracontractual, al lado
de la responsabilidad por hecho propio, por hecho ajeno, por daño causado por
las cosas y daño causado por animales. Lo normal es que en el ejercicio de una
actividad catalogada como peligrosa se cause un daño, sin que la víctima ejerza
dichas actividades, aunque también se pueden presentar daños por la concurrencia
Concretamente, en rededor de la concurrencia de actividades peligrosas, se han
construido varias teorías para resolver el problema cuando es sometido a la praxis
presunciones recíprocas, mayor o menor peligrosidad de las actividades, asunción
plena de responsabilidad a quien se le pruebe una culpa adicional, asunción plena
de responsabilidad plena por el daño causado al otro –conocida con el nombre de
condenas cruzadas– y grado de intervención causal.
concurrentes, pero esa falta de consenso tiene origen, a su vez, en la falta de
imputación es la culpa presunta –imputación subjetiva–, otra parte opta por el
riesgo –imputación objetiva–.
No obstante la falta de consenso, hoy pareciera abrirse camino la teoría del grado
de intervención causal para solucionar el problema de las actividades peligrosas
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responsabilidad. Docente en pregrado y posgrado y coordinador de la especialización en
Responsabilidad Civil y del Estado de la misma universidad. Director y editor de la revista Anuario
de Responsabilidad Civil y del Estado
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Con el grado de intervención causal no se tiene en cuenta la culpa –ni del
demandante ni del demandado–, sino que el juez resuelve con fundamento en
criterios objetivos de intervención causal y aprecia el marco de circunstancias en
que se produce el daño, sus condiciones de modo, tiempo y lugar; la naturaleza,
equivalencia o asimetría de las actividades peligrosas concurrentes; sus
características, complejidad, grado o magnitud de riesgo o peligro; los riesgos
la causa determinante. De hallar un comportamiento negligente o imprudente, el
intervención causal dentro de todo ese marco referencial.
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, que
ha aportado a la ciencia jurídica en Colombia desde la docencia, como magistrado
Instituciones de
Responsabilidad Civil, innumerables artículos, así como su labor de abogado
consultor y asesor. A él todo mi reconocimiento.
1. INTRODUCC IÓN
Así las cosas, la determinación del nexo de causalidad en la responsabilidad civil y,
concretamente en la responsabilidad civil extracontra ctual, a veces es tarea sencilla,
pero en otras situaciones es tarea compleja.
Si bien este trabajo no gira en torno al nexo de causalidad, si puede tener
cierta injerencia frente a determinadas soluciones que ha propuesto la doctrina y la
jurisprudencia cuando se resuelven casos de concurrencia de actividades peligrosas,
especialmente, cuando se acude a la causa extraña y grado de intervención causal.3
existencia del nexo de causalidad.
3 Especialmente en el grado de intervención causal, teoría a la cual ha acudido la doctrina y la
concurrencia de actividades peligrosas.
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Independientemente de las discusiones académicas que han girado en torno al
determinar su existencia4 cuenta con diversas alternativas para la atribución jurídica
ducción de perjuicios.
responsable.
entre ambos.
mayor o caso fortuito.
Las alternativas anteriores se convierten en f undamentales cuando el juez decide
problemas de concurrencia de actividades peligrosas, aunque, se advierte, también
tienen cabida cuando se deciden problemas de concurrencia de causas.
Desde otro punto de vista, en la estructura de la responsabilidad civil
extracontractual, dependiendo de los hechos, se ubica la fuente o tipo de
ajeno, responsabilidad por el hecho de las cosas, responsabilidad por el hecho de los
animales y responsabilidad por actividades peligrosas.6
Concretamente, con la responsabilidad por el ejercicio de actividades peligrosas,
surge un interesante pero polémico debate académico cuando el daño tiene origen
presentarse el contacto físico de las cosas utilizadas en las actividades peligrosas.
peligrosas, toda vez que, aunque no se presente el contacto físico entre ambas cosas,
se causa el daño.
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de actividades peligrosas y concurrencia de causas.
6 Para un estudio detallado acerca de los diferentes hechos generadores, ver , Saúl. “Los
hechos y la responsabilidad civil extracontractual”, en Estudios de responsabilidad civil, tomo I,
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