Capítulo I
Autor | Jesús Ignacio García Valencia, Juan Camilo García Vernaza |
Páginas | 21-51 |
Capítulo I
penal. Los autores de derecho procesal penal1 son acordes en sostener que el
proceso inquisitivo es propio de las formas autoritarias de estado, mientras
que el proceso acusatorio obedece a los estados estructurados de manera
democrática. Baste recordar que G
política procesal de una nación no son otra cosa que segmentos de su política
nación no es sino el termómetro de los elementos corporativos o autoritarios
de su Constitución”2.
derechos procesales de todos los potenciales sindicados quienes no encuentran
garantías en el sistema procesal.
1 Carlos Jose Anton. adicionado y puesto
al día por Antonio 9ª edic., Madrid: Edit. Reus, 1959, pp. 42-43;
Cesar. y Marino . Bogotá:
Eugenio. trad. Jorge Guerrero. Bogotá: Edit.,
, Karl Heinz. El defensor en el proceso penal. Bogotá:
Edgar. Teoría del derecho.
Económica, 1983, p. 73; Jurgen.
Buenos Aires: Ediciones Desalma, 1986, p. 32; , Juan Jose. Principios
9ª edic., México: Edit. Porrúa, 1988, pp. 9-16.;
Giussepi. Instituciones de derecho penal y procesal.
p. 278; B. en Reformas
2 James. Principios generales del proceso. Buenos Aires: Ediciones Jurídicas Europa-
América, 1961, pp. 109.110.
22 Jesús Ignacio Garcí a Valencia - Juan Ca milo García Verna za
de igualdad entre quienes intervienen en la actividad procesal.
división del poder. Las funciones esenciales de investigación-acusación,
clara desconcentración del poder. Las funciones de cada órgano tienen
las relaciones de las diferentes partes dentro del proceso se rigen por
el principio de la igualdad que en algunas legislaciones se denomina
sino de condiciones reales para sacar avante bien sea la pretensión de
acusación o la pretensión de defensa”3.
Una breve mirada histórica nos indica que la República Griega antigua
adoptó el sistema acusatorio; igual determinación se tomó en la República
Romana, en cambio la Roma Imperial dio lugar al proceso inquisitivo.
En la Europa continental antes de la creación del estado nación y el
absolutismo de los reyes y después de la caída del imperio romano, se aplicó
el proceso germánico de orientación acusatoria.
En la Europa de la época medieval con la instauración del estado nación y
el absolutismo de los reyes se adopta el sistema inquisitivo de corte Romano-
sistema acusatorio.
La ilustración y la creación de la república como fruto de la revolución
Las tensiones postrevolucionarias y el ascenso de Napoleón al poder dieron
una dictadura y conformó un imperio que abarcó casi toda Europa.
tendencia acusatoria, el cual se ha impuesto en el mundo actual.
3 Jesus Ignacio. Conferencias sobre el proceso penal acusatorio. Bogotá: Ediciones
Jurídicas Gustavo Ibáñez, 2005. pp. 64-65.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba