Capítulo I: El derecho del mundo del trabajo del siglo XXI - Los derechos laborales individuales en Colombia en el siglo XXI - Libros y Revistas - VLEX 1030103723

Capítulo I: El derecho del mundo del trabajo del siglo XXI

Páginas21-50
Capítulo I
El derecho del mundo del trabajo del siglo XXI
El análisis del mundo del trabajo requiere del aporte de los elementos
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Jean  1, particularmente por la necesidad de proteger al ser humano ante
el inevitable cambio de las formas de trabajo y las relaciones de trabajo en el
futuro, para ello se les debe brindar mayor seguridad social y entrenamiento en la
educación2               
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al nacimiento del concepto de trabajo del siglo XIX y del siglo XX3 que fue
regulado por el viejo derecho del trabajo, lo que no puede ser utilizado como
argumento para considerar que el trabajo humano debe ser desprotegido. Así
por ejemplo, Klaus   4 resalta que el futuro del trabajo está determi nado
por una variedad de actividades que deberá realizar el ser humano para obtener
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variedad de su actividad laboral estará introducida en una plataforma de la
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requerimientos de pagar salarios mínimos, impuestos y prestaciones sociales. En
otras palabras, no son empleados ni seres humanos que tienen que ser protegidos.
El trabajo como hecho social, siempre ha estado presente a lo largo de la
historia5. Realmente, nuestra civilización se asienta sobre él, pese a las diferentes
1 La economía del bien común. Madrid: Tauros.
2 , Carlos. Jean Tirole: hay que proteger al trabajador no al empleo. Entrevista
a Jean Tirole. En El Mundo de España. Disponible en: http://www.elmundo.es/
cronica/2017/05/17/591837d9468aeb867c8b45ca.html
3 En el siglo XIX el concepto de trabajo estuvo determinado por el derecho civil en la cual
prevalecía la voluntad de las partes en términos individuales, mientras que en el siglo XX el
concepto trabajo estuvo determinado por su proteccionismo, prevaleciendo una nueva cultura
como es el derecho del trabajo en el que prevalece los derechos colectivos.
4 La cuarta revolución industrial. Ginebra: Foro Económico Mundial, p. 68.
5 La Transformación del concepto de trabajo en la teoría social. Tesis Doctoral,
Disponible en: www.tesisenred.net/bitstream/handle/10803/5133/janf2de3.pdf?sequence...
22 Francisco Rafael Ostau De Lafont De León - Angela Niño Chavarro
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En una doble acepción, como acción y efecto de trabajar que denota una cierta
ambivalencia terminológica. Es sinónimo de esfuerzo, actividad, ocupación, implica
                 
puede obedecer, de un lado, a la desigualdad, consideración que acompañará dicho
concepto desde las sociedades antiguas hasta las etapas más modernas, unido sin
duda, a las múltiples aristas que componen la realidad social del trabajo6.
     
permiten que la gente se gane la vida en el entorno en el que se encuentra7, en
otras palabras, el trabajo es la realización completa y libre del hombre entero en su
mundo histórico8. Sin embargo, en la medida en que se ha producido el desarrollo
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el tiemp o9, en otros casos, según la presencia o no de la gobernanza del Estado y
hoy adquiriendo una característica cual es el trabajo independiente que cada día
adquiere una prospectiva de desarrollo en contra del trabajo subordinado.
En este sentido, el concepto de trabajo se puede analizar de diferentes
formas10, según la ciencia que lo estudie, ya sea en el mundo de la economía,
o en el mundo de la cultura jurídica. Desde este último, la palabra “trabajo”
admite diferentes contenidos conceptuales que van desde el de actividad
humana socialmente útil, pasando por el trabajo como obra, o producto, o como
factor de producción desde la perspectiva jurídica. De esta manera, el artículo
5º del Código Sustantivo del Trabajo Colombiano11
6 Diccionario de Uso del Español. Madrid: Gredos. p. 1308.
7 
industrial y de la empresa. Trad. Mónica Rebollo y Jorge Rizzo. Barcelona: Hacer, p. 94.
8 , Fermín.      . En: Trabajo y
Derecho. Bogotá: septiembre de 2014, p. 48.
9 El trabajo en el siglo XXI: perspectivas de futuro. En: Colección
jornadas sobre derechos humanos No. 8. p. 13.
10 
la Carta Política de 1991 “no sólo como factor básico de la organización social sino como principio
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consiste en la realización de una actividad libremente escogida por la persona dedicando a ella su
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11 Régimen Laboral Colombiano. Bogotá: Legis, 2012. Se aclara que de aquí en adelante se citará
este código.

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