Capítulo IV: La violación indirecta de la norma sustancial en el derecho disciplinario
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IV
El saber constituye por sí mismo u n obstáculo contra el delirio omnipotente
del dinero y el utilitar ismo. Todo puede comprarse, es cier to. Desde
tiene un precio. Pero no el conocimiento: el precio que debe pagars e por
conocer es de natur aleza muy distinta. Ni siquiera un cheque en blanco
nos permitir á adquirir mecánicamente lo que sólo puede ser f ruto de un
esfuerzo individu al y una inagotable pasión (015. p. 15).
Es preciso recordar, que los errores susceptibles de ser alegados
en casación comprenden tres categorías: los errores in iudicando
de naturaleza jurídica, en el cargo de violación directa de la ley
sustancial, los errores in iudicando de origen probatorio, formu lados
en el cargo de violación indirecta de la ley sustancial, y los errores
in procedendo (C.S.J, Sala Penal, SP 14834-16, 2016), por tal motivo
de estas modalidades de error se erige como causal autónoma de
casación, en el derecho penal.
varias causales, pero de anulación de los actos administrativos,
que permiten ser ajustados bajo las premisas mencionadas; pues
201 5),
tal y como acontece en el derecho administrativo, con el concepto
que nacen como consecuencia de la violación indirecta de la norma
sustancial, podemos aducir que en el derecho disciplinario se puede
de formulación, por lo menos por vía indirecta como lo demostraré en
Helver Manuel Mora Montoya158
penal número 3 al derecho disciplinario en la causal 6 de anulación
administrativa, denominada como desviación de las atribuciones
Este capítulo abordará desde una perspectiva de análisis e
interpretación jurídica, unas modalidades o categorías de formulación
de cargos, que pretenden demarcar un nuevo derrotero, dentro del
campo de la hermenéutica constitucional, para poder argumentar
de mejor forma y dentro del arquetipo del derecho viviente (C.C.,
del derecho administrativo disciplinario por los caminos de un derecho
sancionador integral, ecuménico y heurístico (C.C., T-826/14, 2014),
de la escogencia de la causal de anulación del acto administrativo
del derecho disciplinador.
Es relevante mencionar a titulo ilustrativo las contempladas
en la Ley 1437 de 2011, por ser el estatuto procesal competente y
la Ley 1952 de 2019 y cuya vigencia fue diferida hasta el 1 de julio
de 2021 por el artículo 140 de la Ley 1955 de 2019 Plan Nacional de
de corrup ción especialmente devenidos del Estatuto de Contratación
Pública ( 2017 ).
4.1. CAUSALES DE NULIDAD DE LOS ACTOS
ADM IN ISTR ATI VOS
En virtud que los actos administrativos proferidos por los titulares
de la acción disciplinaria, hacen parte del ius puniendi, tal y como se
facultad sancionadora del Estado, en la modalidad denominada derecho
administrativo sancionador, el cual se despliega en tres modalidades:
11-001-03-25-000-2011-00-316-00 , 2016. p. 13), como manifestación
plena del Estado hacia el administrado especialmente frente a servidores
públicos; se erige de gran importancia, referenciar las causales de nulidad
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