Circular externa número 20 de 2015 - 8 de Septiembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 582318318

Circular externa número 20 de 2015

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado
Número de Boletín49629

Bogotá D. C.,7 de septiembre de 2015

Para: Jefes de Oficina Jurídica, Jefes de Control Interno, Administradores del Sistema EKOGUI y apoderados de las entidades y organismos públicos del orden nacional.

De: Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.

Asunto: Lineamientos para la formulación de solicitudes al grupo de Administración Gestión y Soporte del Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del

Estado-EKOGUI

La Ley 1444 de 2011 creó la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, cuya estructura fue desarrollada mediante el Decreto-ley 4085 de 2011, asignándole la función de desarrollar, implementar y administrar el Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado, el cual debe ser utilizado y alimentado por todas las entidades y organismos estatales del orden nacional, cualquiera sea su naturaleza jurídica y por aquellas entidades privadas que administren recursos públicos.

El Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado - eKOGUI, fue reglamentado por el Decreto número 1069 de 2015 y tiene como objetivo ser la herramienta para la adecuada gestión del riesgo fiscal asociado a la actividad judicial y extrajudicial de la Nación, así como monitorear y gestionar los procesos que se deriven de aquella actividad, sin perjuicio de la función constitucional y legal atribuida a la Contraloría General de la República.

De conformidad el Decreto número 4085 de 2011 y el artículo 2.2.3.4.1.5 del Decreto número 1069 de 2015, la Dirección de Gestión de Información de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado es la encargada de elaborar y fijar los protocolos, lineamientos e instructivos para la implementación y uso adecuado del Sistema Único de Gestión e Información Litigiosa del Estado - eKOGUI, los cuales tendrán un carácter vinculante para las entidades y organismos estatales del orden nacional y las entidades privadas del mismo orden que administren recursos públicos.

En consecuencia, mediante esta Circular Externa se pone a disposición de las entidades los lineamientos y requisitos generales que debe tener en cuenta la entidad para elevar una consulta al área de gestión y soporte del sistema eKOGUI.

  1. Siempre que la entidad eleve una consulta al área de soporte a través de sus diferentes canales de comunicación, deberá indicar los datos básicos del usuario que presenta la inquietud y de ser el caso adicionar los datos de la persona por la cual consulta, es decir, que si el administrador de la...

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