Clifor y la familia multiespecie en Colombia - Los animales como sujetos de derechos: una categoría jurídica en disputa - Libros y Revistas - VLEX 942642022

Clifor y la familia multiespecie en Colombia

AutorJohana Fernanda Sánchez Jaramillo
Cargo del AutorCandidata a doctora en Derecho, magíster en Relaciones Internacionales, abogada, comunicadora social y periodista
Páginas79-104
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Clifor y la familia multiespecie
en Colombia*
El 26 de junio del año 2020, una sentencia del Juzgado
Primero Penal del Circuito, con funciones de conocimiento,
de Ibagué, sorprendió al país por ser la pr imera en extender
derechos fundamentales, inicia lmente concebidos para los
humanos, al perro de la familia Lozano, compuesta por
Lina, su padre, su madre, una herma na y Clifor, un perro
al que considera su hermano.
Esta providencia avivó el debate sobre el otorgamiento
de derechos a los animales, asumidos como seres sintientes
y objetos de protección en Colombia, pero no titulares de
derecho. Además, dejó en evidencia la urgencia de disponer
* Una versión prelim inar de este texto f ue publicada en: Sánchez -Jara-
millo, J. F. (2020). Colomb ia: Clifor y las familias multiesp ecies [Conferencia].
En Gordilho, H . J. de S., Santana , L. R., Araújo Aya la, P. de, Silva, T. T.
de A. y Oliveir a, T. P. (Orgs.), VII Congres so Mundial de Bioética e D ireito
Animal . Justiça ecológica e sol idariedade inter espécies, Inst ituto Aolucionis-
taAnimal, Univ ersidades Federal do Ma to Grosso, Universidade Catól ica do
Salvador, Univer sidade Federal de Bah ía, pp. 1059-1075. https://drive.google.
com/le/d/1tw8FEWiAdD71y9Qa4z DD02UIsEW9ossr/view
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de normatividad especíca en derecho de familia para
proteger a sus miembros no humanos.
Lina Sofía Lozano Cárdenas solicitó el amparo de los
derechos a la salud, a la familia, la dignidad humana, al
debido proceso y a una vida digna para Clifor, que pade-
ce epilepsia idiopática, y al que su médico veterinario le
prescribió fenobarbital contra las convulsiones, ya que,
como consecuencia del connamiento por la pandemia de
covid-19, fue suspendida la atención al público por parte de
la Gobernación del Tolima, única entidad autorizada para
vender el medicamento esencial, y esto puso en peligro la
continuidad del tratamiento de Clifor y su vida.
En la acción de tutela, la jueza Molina Ariza (2020)
sostuvo:
A criterio del accionante el Departamento del Tolima
mediante su Secretaría de Salud no está garantizando
eldebido proceso de su cliente, en la medida que tie-
neel deber de vender medicamentos del estado como
el  por disposición del  
 y el deber de no dejar de prestar el servicio
público a las personas, pero no está prestándose este
servicio en el Depa rtamento del Tolima. Por lo anterior
solicita que se ordene al    ,
  ,    
 ,     -
  , que en el término máximo
de 48 horas tomen las medidas necesa rias con el n de
que     pueda adquirir el
 que requiere su miembro de la familia
CLIF OR para salvar su vida y poder vivir sin sufrimiento
y con dignidad. (p.2; cursiva añad ida)
Los anima les como sujetos de dere chos
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