Concepto de reparación en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos - Responsabilidad de los Estados en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos - La responsabilidad internacional agravada del Estado colombiano - Libros y Revistas - VLEX 650405217

Concepto de reparación en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos

AutorGabriel Ernesto Figueroa Bastidas
Páginas54-60
54
La responsabilidad internacional agravada del Estado colombiano
De esta forma, el Estado puede ser responsable por las violaciones con-
vencionales cometidas en forma directa por sus agentes (de cualquier órgano
del Estado), o bien dicha responsabilidad puede surgir de una omisión del
Estado, en aquellos casos en que particulares afectan los derechos convencio-
nales, pues se entiende que el Estado no realizó una adecuada labor de control
sobre tales actos ilícitos siendo previsibles y, en consecuencia, incumplió la
obligación de garantizar activamente el libre y pleno ejercicio de los derechos
contenidos en la Convención55. En ese sentido, la Corte  ha señalado un
criterio amplio de imputación de responsabilidad al establecer que,
Es suciente la demostración de que ha habido apoyo o tolerancia
del poder público en la infracción de los derechos reconocidos en
la Convención. Además, también se compromete la responsabili-
dad internacional del Estado cuando éste no realice las actividades
necesarias, de acuerdo con su derecho interno, para identicar y, en
su caso, sancionar a los autores de las propias violaciones56.
Finalmente, resulta necesario precisar que la responsabilidad solo puede
ser exigida a nivel internacional luego de que el Estado hubiere podido actuar
internamente (es decir, dar aplicación al principio del agotamiento de los
recursos internos). No obstante, la responsabilidad del Estado ha surgido
antes, esto es, al momento de la comisión del ilícito atribuible al Estado y, con
ello, se hacen aplicables al acto en cuestión todos los criterios internacionales
sobre obligaciones del Estado por violación de derechos humanos (obligación
de investigar, sancionar y reparar); en consecuencia deberá determinarse qué
y cómo debe reparar el Estado a las víctimas en el ámbito interno.
Concepto de reparación en el Sistema Interamericano
de Derechos Humanos
Ahora bien, —según se indicó—, al producirse un hecho ilícito imputable a
un Estado, surge de inmediato la responsabilidad internacional de este por la
violación de la norma internacional de que se trata, con el consecuente deber
55 Claudio Nash Rojas, Las reparaciones ante la Corte Interamericana de Derechos, 30.
56 Cr, caso Velásquez Rodríguez vs. Honduras, sentencia del 29 de julio de 1988, párr. 173.

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