Conclusiones - Responsabilidad disciplinaria del agente retenedor - Libros y Revistas - VLEX 929292614

Conclusiones

Páginas115-116
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En la actualidad el Derecho Disciplinario ha venido alcanzando
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latitudes, incluyendo países como Colombia, en donde se ha ido
fortaleciendo todo el régimen disciplinario. En esta construcción
dogmática y práctica del Derecho Disciplinario, han sido importantes
los aportes realizados desde la academia y la doctrina con el propósito
de fortalecer los fundamentos y delimitar el ámbito de aplicación de
esta área del derecho.
En lo concerniente al ámbito de aplicación personal del régimen
disciplinario, es decir, la discusión acerca de quiénes son sujetos
disciplinables, debemos señalar que Colombia ha optado por un
concepto amplio del mismo. Para el régimen disciplinario colombiano,
son sujetos disciplinables: (i) los servidores públicos –aunque se
encuentren retirados del servicio–; y (ii) algunos particulares.
En tratándose de los particulares que pueden ser disciplinados
conforme al régimen disciplinario colombiano, se han dado diversas
discusiones que van desde el apoyo absoluto a tal posición, hasta el
rechazo acérrimo de la misma. No obstante los diferentes puntos de
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de funciones públicas, adquiere un status especial, que lo aleja de las
relaciones generales de sujeción. Tal es el caso del agente retenedor, a
quien, en Colombia, se le ha conferido la importante labor de colaborar
con el Estado en el proceso de recaudación de algunos tributos.
En Colombia, el agente retenedor puede ser una entidad pública o
un particular. No ignoramos que, cuando el agente retenedor es una
entidad pública, los servidores públicos que cumplan esas funciones
podrán ser disciplinados sobre la base del incumplimiento de estas.
Por su parte, cuando se trata del agente retenedor, como particular,
debemos partir del entendimiento de que este sujeto ejerce una
verdadera función pública; función pública que le es encomendada
ora mediante ley, ora mediante acto administrativo.

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