El constitucionalismo de los países del Mercosur (Argentina, Brasil, Chile Paraguay y Uruguay) - El constitucionalismo actual en América Latina - Libros y Revistas - VLEX 950065053

El constitucionalismo de los países del Mercosur (Argentina, Brasil, Chile Paraguay y Uruguay)

AutorEduardo Rozo Acuña
Páginas765-1350
765
Premisa. 1. Evolución política y constitucional en los países del Mercosur.
1.1. Evolución y constitucionalismo en vigor en Argentina. 1.2. Evolución
y constitucionalismo en
vigor
en
Brasil.
1.3. Evolución y constitucionalis-
mo
en
vigencia en Chile. 1.4. Evolución y constitucionalismo en vigencia
en
Paraguay.
1.5. Evolución y constitucionalismo en vigencia en
Uruguay.
2. Análisis
comparado
de las
principales características del actual consti-
tucionalis
mo de los países del Mercosur.
2.1.
Principios y declaraciones
generales. 2.2.
Relaciones Es
tado/Iglesia. 2.3. Derechos, deberes, garantías
y garante de los derechos. El estado de excepción. 2.4. Derecho interno
y derecho internacional. 2.5. Organización administrativa y autonomía
político-territorial.
2.6. Instituciones y órganos del Estado. 2.7. Conflicto
de intereses, incompatibilidad y responsabilidad en el empleo público. 2.8.
Normas
electorales,
Justicia Electoral y partidos políticos. 2.9. La Constitu-
ción
económica.
2.10. Universidad y cultura. 2.11. Las Fuerzas Armadas
.
2.12.
Defensa de la Constitución y del Estado de derecho. 2.13. Enmienda
y reforma de la Constitución. Conclusiones.
premisa
En esta tercera y última parte del estudio sobre la evolución y el constitu-
cionalismo vigente en América Latina se trata de los países de América del
Sur que se distinguen por hacer parte de un loable intento de integración
regional económica y política llamado Mercosur. Este esfuerzo de integra-
ción parte de las repúblicas de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay, con
la firma del Tratado de Asunción1 en 1991, al cual casi simultáneamente
adhirieron, como Estados Asociados, las repúblicas de Bolivia y Chile. Ac-
tualmente se han asociado Perú, Ecuador y Colombia, y en el año 2006 se
aprobó el Protocolo de Adhesión de la República Bolivariana de Venezuela.
Los cuatro Estados Parte que conforman el Mercosur y que son
objeto de este estudio2
(Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay), y los
Estados Asociados (de modo particular Chile), comparten los valores de
las sociedades democráticas y pluralistas y se empeñan e n la defensa de
1 Para el texto, firmado en la capital del Estado de Paraguay, Asunción, ver:
http:
www
.mercosur
.
int.
2 Colombia, Bolivia, Perú y Venezuela son estudiados en la segunda parte de este trabajo, dedicada
a los países andinos.
El constitucionalismo actual en América Latina
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los derechos humanos y de las libertades fundamentales, la protección del
ambiente y el desarrollo sostenible, de modo de poder lograr la consolida-
ción de la democracia, la seguridad jurídica y la superación de la pobreza y
el subdesarrollo económico y social. Sobre estas bases fundamentales, los
países del Mercosur buscan la integración y el desarrollo de sus economías
mediante la ampliación de las dimensiones de sus mercados nacionales.
En este sentido,
la
finalidad económica primordial del Tratado del Mer-
cosur es la libre circulación de bienes, servicios y factores de producción,
la institución de un sistema
aduanero común y la adopción de
una política
comercial compartida, la coordinación de las políticas macroeconómicas
y sectoriales y la armonía de las
legislaciones en las áreas pertinentes.
Para
lograr estas metas, el Mercosur, desde 1994, con el Protocolo de Ouro
Preto, se dotó de una estructura institucional bien definida y funcional, de
manera particular en lo relativo a los instrumentos fundamentales de política
comercial común, que caracterizan la Unión Aduanera, y goza de personería
jurídica internacional3
.
En la dimensión político-jurídica, que es de mayor interés en este
e
stu
dio,
el Mercosur de los cuatro Estados, a los cuales se asocian Chile y
Bolivia, constituye
un
mecanismo de consulta y concertación política y,
por tanto, representa
un
gran instrumento de estabilidad del área, como l o
demuestran la Dec laración
Presi
dencial del Compromiso Democrático en
el Mercosur, firmada en San Luis
(pro
vincia o estado federado argentino)
en 1996, y el Protocolo de Adhesión de Bolivia
y Chile a dicha Declaración,
que representa un instrumento garante de la
plena
vigencia de las institu-
ciones democráticas, condición esencial para la existencia y el desarrollo del
Mercosur. Con la Decisión cmc 05 de 2007 se creó el Observatorio de la
Democracia del Mercosur (odm)4, precisamente para asegurar el respeto
y la plena vigencia de las instituciones democráticas,
condición
esencial
para el desarrollo del proceso de integración del Mercosur. Además, en
el
3 El Protocolo, firmado en la ciudad brasileña de Ouro Preto, antigua
capital
del actual estado
federado de Minas Ger ais, en el art. 1 prescribe la estructura orgánica del Mercosur y en el
art. 34 le confiere la personería jurídica; para el
texto
ver: http:
www
.mercosur
.int.
4 Entre los objetivos del odm están: la contribución al reforzamiento de la finalidad del citado
Compromiso Democrático en el Mercosur; la coordinación de las actividades de observación y
vigilancia de los procesos elector ales que se desarrollen en los Estados parte, Bolivia y Chile; y
la realización de actividades de estudio e investigación, que tienen relación con la consolidación
de la democracia en la región.
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funcionamiento del Mercosur se destaca el compromiso con la situación de
los derechos humanos en la región, que ha llevado a la organización a privi-
legiar una perspectiva institucional co ncretamente dirigida a la realización
de políticas públicas en defensa de los derechos. En este sentido se debe
entender la creación en el año 2009, en el
seno
de
l
Mercosur, del Instituto
de Políticas Públicas de Derechos Humanos
(ippddhh),
que tiene por tarea
principal el refuerzo del Estado de derecho en los Estados Parte, mediante
la consolidación de los derechos humanos como columna fundamental de
la identidad y del desarrollo del Mercosur5
.
Como se dijo, el proceso de integración de los países del Mercosur se
basa en la armonía de las legislaciones nacionales, y con este fin los países
miembros han dado una contribución esencial con la institucionalización
en sus
constituciones de la
finalidad de la integración y, por tanto, de la
supremacía del derecho
internacional,
pacticio, comunitario en el derecho
interno6. Los jueces constitucionales de estos países han sostenido y re-
forzado con su jurisprudencia esta dirección a favor de la integración. En
este contexto, se destaca que las políticas integracionistas de los países del
Mercosur estuvieron precedidas de la importante experiencia de los países
andinos, que ya habían dado vida a la Comunidad Andina
de
Naciones,
desde hace algunos años una institución de importancia en el área, con
un Parlamento,
una
Corte de Justicia y con órganos de gobierno como el
Consejo Presidencial, el Consejo Andino de Ministros y la Comisión de
la Comunidad Andina7. Sobre la
base
de estas consideraciones, se puede
afirmar que los esfuerzos para la integración
son
apreciables porque son
5 Ver www.loa.org.ar, DC-32-2009-cmc.
6 Para el tema en general y para Argentina, en especial, ver, S.S. gonzález
napolitano,
“Las
relaciones entre el derecho internacional y el derecho interno a partir de
la
reforma
consti-
tucional de 1994”, en Revista Prudentia Iuris, n. 37, abril de 1995, pp. 131-144, actualizado el
23/06/05, en:
www
.politicaspublicas.net
. Para el Mercosur en general, ve r p. dermisaky p.,
Derecho constitucional,
derecho
interno y derecho comunitario, en Anuario de Derecho
Consti-
tucional
Latinoamericano, 2004, t. ii, Montevideo, pp. 831-843.
7 Creada con el Protocolo que modifica el Acuerdo de Integración
Subregional
Andino, firmado en
la ciudad per uana de Trujillo el 10/03/1996. Países
actualmente
miembros: Bolivia, Colombia,
Ecuador y Perú; países asociados: Argentina, Brasil, Chile, Paraguay y Uruguay. Venezuela
en 2006, con el Gobierno de chávez,
por
desacuerdos con la política exterior de Perú y de
Colombia en sus relaciones con Estados Unidos, decidió retirarse de la Comunidad, aunque
estuvo entre los países miembros del Pacto Andino desde 1973 y fue fundador de la Comunidad
Andina en 1996.

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