El contrato estatal como herramienta para la paz - Los instrumentos para las buenas relaciones con los administrados - Paz como buenas relaciones entre administración y administrados - La constitucionalización del derecho administrativo. Tomo II: el derecho administrativo para la paz - Libros y Revistas - VLEX 950068007

El contrato estatal como herramienta para la paz

AutorJuan Carlos Expósito Vélez
Páginas575-602
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sumario: Introducción; I. Aplicación del principio de planeación; II. Materiali-
zación del postulado de transparencia; III. Realización del principio de economía;
IV. Sobre las manifestaciones de ef‌iciencia; Conclusiones; Bibliografía.
introduccin
Estamos atravesando un momento coyuntural de gran importancia para Co-
lombia, cual es la posibilidad de terminar con tantos años de conf‌licto y la
consecuente repercusión en la capacidad del Estado para cumplir de manera
plena con sus f‌ines y funciones, y en últimas, con su razón de ser: ejecutar de
manera efectiva las políticas públicas que se traza, para las cuales es fundamental
la interacción con el mercado de obras, bienes y servicios1.
Es indudable que alcanzar la paz, ese estadio de tranquilidad que todos
añoramos y soñamos con conocer, es un paso esencial en el avance de nuestra
sociedad y en el posicionamiento del Estado en el rol que se le ha conferido
bajo el modelo adoptado en nuestra Constitución Política.
Entonces, los interrogantes que surgen para quienes nos dedicamos al ejer-
cicio del derecho público en general, y en especial al derecho administrativo,
cuyo objeto es esa actividad permanente, directa y continua que se def‌ine como
función administrativa y que se encuentra a cargo de la Rama Ejecutiva del
Poder Público2, aquella que ha impulsado esta etapa de transición en cabeza de
su suprema autoridad, son: ¿cuál será el aporte que puede hacer nuestra disci-
plina para la creación del entorno adecuado para hacer país?, y específ‌icamente,
en lo que nos corresponde, ¿cuál es el papel del contrato estatal en este nuevo
panorama, como parte de la transformación de la dogmática misma del dere-
cho administrativo acorde con el constitucionalismo moderno y colombiano?3.
Al respecto, lo primero que debe decirse es que, como se verif‌icará en el
desarrollo de este escrito, de cara al papel de la contratación estatal el cambio en
1 Recuérdese que las políticas públicas son “el conjunto de acciones implementadas en el marco
de planes y programas gubernamentales diseñados por ejercicios analíticos de algún grado de
formalidad, en donde el conocimiento, aunado a la voluntad política y los recursos disponibles,
viabilizan el logro de objetos sociales”, de modo que su materialización necesita, indiscutible-
mente, de la f‌igura del contrato estatal. gonzalo ordoñez-matamoros. Manual de análisis
y diseño de políticas públicas, Bogotá, Universidad Externado de Colombia, 2013, p. 32
2 Corte Constitucional. Sentencia C-037 de 2003.
3 Cfr. santiago muñoz machado. Tratado de derecho administrativo y derecho público general,
t. i, La formación de las instituciones públicas y su sometimiento al derecho, 3.ª ed., Madrid, Iustel,
2011, pp. 64 y ss.
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el nuevo marco de Colombia en paz no demanda la realización de modif‌icaciones
normativas, pues las reglas existentes son más que suf‌icientes y completas para
el efecto4, y porque, en todo caso, la cuestión de fondo es cómo los operadores
jurídicos y los partícipes de los procesos de contratación interpretan la legisla-
ción en la materia, y decidir, con miras a lograr contratos ef‌icientes y efectivos,
propugnar por la verdadera materialización de los principios constitucionales
y legales que comprenden la misma y que se encaminan indefectiblemente
desde su misma concepción a lograr que el Estado pueda prestar de manera
ef‌iciente y continua los servicios públicos a su cargo, aspecto que si se cumple,
tal como lo ordena nuestra Carta Política, indudablemente materializará lo que
en estos momentos es el ideal de la paz a partir de la correcta ejecución de las
políticas públicas mediante la realización de los proyectos que demandan la
colaboración de los particulares5.
Así, contrario a plantear un nuevo esquema de contratación al servicio del
post conf‌licto y de la nueva era de paz que nos espera, nos concentraremos en
analizar los aspectos del actual sistema normativo de compras y contratación
pública en Colombia, enfatizando en aquellos que, de aplicarse correctamente,
como lo ordena su texto literal y lo manda el espíritu de la norma, serán vitales
para la consecución del objetivo propuesto6.
4 Al sentir de la doctrina y con base en la exposición de motivos de la Ley 80de 1993, se tiene que
la norma general de contratación se concibió como “un estatuto que permitiera adaptarse a las
mecánicas administrativas que por sí mismas y en esencia son cambiantes”. ernesto matalla-
na camacho, Manual de contratación de la administración pública, 3.ª ed., Bogotá, Universidad
Externado de Colombia, 2013, p. 129.
5 No se debe olvidar que el primer gran co ntrato estatal es precisamente el contrato social, que implica
“Encontrar una forma de asociación que def‌ienda y proteja con la fuerza común la persona y los
bienes de cada asociado, y por la cual cada uno, uniéndose a todos, no obedezca sino a sí mismo
y permanezca tan libre como antes”, a partir de cláusulas que se reducen a “la enajenación total
de cada asociado con todos sus derechos a la comunidad entera, porque, primeramente, dándose
por completo cada uno de los asociados, la condición es igual para todos; y siendo igual, ninguno
tiene interés en hacerla onerosa para los demás”. Cfr. jean-jaques rosseau. El contrato social,
Madrid, edaf, 2007.
6 En el nuevo modelo de Administración Pública, no hay duda de que el contrato es un instrumento
legal de colaboración (técnica de colaboración) entre el Estado y los particulares, lo cual permite
una mejor participación de los administrados en la gestión administrativa, proporcionando mejores
relaciones contractuales. Así, tal como está redactada la legislación actual, y habida cuenta de la
insuf‌iciencia técnica y humana de que adolece la administración para el autoabastecimiento de
lo que requiere para el cumplimiento de sus f‌ines, es necesaria la interacción con los particulares
a través del contrato estatal. Cfr. juan carlos expósito vélez. La conf‌iguración del contrato
de la administración pública en derecho colombiano y español, 3.ª reimp., Bogotá, Universidad Ex-
ternado de Colombia, 2006, pp. 67 y ss.

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