El control fiscal en el contexto del precedente constitucional
Autor | Carlos Alberto Atehortúa Ríos |
Cargo del Autor | Abogado de la Universidad de Antioquia |
Páginas | 489-542 |
carlos alberto atehorta ros
El control fiscal en el contexto
del precedente constitucional
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Sumario: Introducción. i. El precedente constitucional. ii. Características
básicas del modelo de control fiscal en Colombia. iii. Límites del control fiscal
frente a otras modalidades de control. iv. Algunos de los aspectos especiales
que se derivan del modelo. Conclusiones. Bibliografía.
introdccin
El desarrollo de varias instituciones asociadas a la responsabilidad del Estado
y de sus servidores, la transformación del Estado funcional por un Estado
gestor, la intervención de los particulares en los procesos administrativos, en
el ejercicio de funciones públicas y en la prestación de los servicios públicos,
la participación comunitaria como desarrollo de la democracia de participa-
ción, así como los avances en los procesos de descentralización administrativa
y territorial, demandan la existencia de un modelo de control fiscal, en el
que su núcleo esté asociado al control de la gestión y no solamente a la in-
demnidad del patrimonio público tal como es su actual orientación, que se
adopten nuevas herramientas de control, y se fortalezca la descentralización
y la utilización de herramientas propias de la democracia participativa.
Una de las principales tareas actuales consiste en deslindar el control
fiscal de otras modalidades de control, como el judicial bajo sus diferentes
modalidades, en particular del control de legalidad y el indemnizatorio pa-
trimonial, del control interno que le corresponde a la propia Administración,
del control político que le corresponde a las corporaciones públicas y del
disciplinario funcional que es propio de la Procuraduría y de las personerías;
esta labor debe constituirse en uno de los pasos esenciales en la construcción
de un control fiscal, moderno, que esté al servicio de los ciudadanos y que
añada valor a la gestión de la Administración.
No obstante que no existe duda de que sobre la Administración se deben
ejercer múltiples controles, que deben coexistir, lo que sí no tiene justifica-
ción es que existan controles con el mismo objeto de tutela, o que no tengan
clara su finalidad o el objeto que justifica su existencia, y esos dos problemas
afectan el control fiscal, pues en su aplicación, de un lado, se confunde con
controles como (i) el interno, (ii) el disciplinario y (iii) con el control judi-
cial, en su tarea indemnizatoria patrimonial; y, de otro lado, en la tarea que
se desarrolla en el proceso auditor no queda claro si el ejercicio del control
fiscal tiene como meta la evaluación de la gestión y el mejoramiento continuo
de la Administración, o si por el contrario su núcleo se limita a determinar
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