Decreto 1477 de 2014. Por el cual se expide la Tabla de Enfermedades Laborales - Decretos - Normas legales en Seguridad y Salud en el Trabajo. Incluye Resolución 1111 de 2017 definición de Estándares Mínimos - Libros y Revistas - VLEX 862653202

Decreto 1477 de 2014. Por el cual se expide la Tabla de Enfermedades Laborales

AutorArnulfo Cifuentes Olarte/Olga Lorena Cifuentes Giraldo
Páginas125-127
ARNULFO CIFUENTES OLARTE - OLGA LORENA CIFUENTES GIRALDO
125
PORCENTAJE DE PÉRDIDA DE
CAPACIDAD LABORAL
MONTO DE LA INDEMNIZACIÓN EN MESES
INGRESO BASE DE LIQUIDACIÓN
22 10,5
21 10
20 9,5
19 9
18 8,5
17 8
16 7,5
15 7
14 6,5
13 6
12 5,5
11 5
10 4,5
9 4
8 3,5
7 3
6 2,5
5 2
ARTÍCULO 2. VIGENCIA. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 
Dado en Santafé de Bogotá. D.C. a los 29 nov. 1994 
MARÍA SOL NAVIA VELASCO.
MINISTRA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL,
ALONSO GÓMEZ DUQUE.
MINISTRO DE SALUD
DECRETO 1477 DE 2014
(agosto 05)
Por el cual se expide la Tabla de Enfermedades Laborales.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA,
en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, en especial las conferidas por el numeral
11 del ARTÍCULO 189 de la Constitución Política, el ARTÍCULO 4° de la Ley 1562 de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que el ARTÍCULO 4° de la Ley 1562 de 2012, dene como enfermedad laboral aquella que
es contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad
laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar;

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