El desarrollo sostenible y los principios generales del derecho - Segunda parte. Derecho procesal ambiental colombiano. aspectos sustanciales - Derecho procesal ambiental - Libros y Revistas - VLEX 950166335

El desarrollo sostenible y los principios generales del derecho

AutorÓscar Darío Amaya Navas
Páginas147-176
resmen
Durante los últimos años el concepto de desarrollo sostenible ha venido
evolucionando rápidamente, desde una teoría económica, social y ambiental,
hasta empezar a ser considerado como un principio general del derecho
ambiental. Esa evolución conceptual no se detiene y ha empezado a ilu-
sionar como elemento de un concepto de justicia que puede remplazar al
que se sostiene actualmente. Se trata de analizar el concepto del desarrollo
sostenible, no sólo como principio general del derecho ambiental, sino como
petición de principio general del derecho, dada la evolución que ha tenido
el tema, así como la importancia que está teniendo frente a las fuentes del
derecho y a la posibilidad de ser considerado como una herramienta valiosa
en los procesos hermenéuticos.
smario
Introducción. I. Aspectos generales e históricos acerca del concepto de
desarrollo sostenible. II. Apuntes sobre el valor jurídico del principio del
desarrollo sostenible. III. Los principios generales del derecho y el desarrollo
sostenible. Reflexiones finales. Bibliografía.
introdccin
Durante las últimas décadas el desarrollo sostenible se ha convertido en el
concepto estrella en los debates sobre el derecho y la política ambiental. Ha
sido, también, el objetivo político más deseado por instituciones internacio-
nales, gobiernos, empresas y ong, y se ha convertido en uno de los centros de
atención prioritarios de los medios de comunicación y del debate político y
social1. Ha resultado ser el banderín de enganche de todos aquellos que han
querido defender unas mejores relaciones entre la economía y la ecología,
entre el desarrollo económico y la sostenibilidad medioambiental2.
1 P. mercado pacheco. “Derechos insostenibles”, en El libro de los deberes. Las debilidades e
insuficiencias de la estrategia de los derechos, josé a. estévez araújo (ed.), Madrid, Editorial
Trotta, 2013, p. 149.
2 I. bárcena, P. ibarra y M. zubiaga (eds.). Desarrollo sostenible: un concepto polémico, Bilbao,
Servicio Editorial Universidad del País Vasco, 2000, pp. 11 y 12, citado por Ó. D. amaya navas.
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La idea del desarrollo sostenible es el resultado de la integración de dos
líneas de pensamiento: por un lado, del crecimiento económico y poste-
riormente del desarrollo y, por otro, de la ecología, la conservación de los
recursos naturales y el ambientalismo.
Desde tiempo atrás es sabido que los recursos naturales son considerados
riquezas disponibles de manera casi infinita para su explotación, mediante
la aplicación de capital y trabajo, factores escasos y, por ende, que requieren
ser optimizados en el cálculo económico para aumentar la producción.
Los servicios ambientales, entre los que cabe incluir la limpieza del aire
o del agua, el ciclo hidrológico o la capacidad de asimilación de desechos por
los ecosistemas, se han considerado también abundantes y, en consecuencia,
han sido considerados bienes libres.
Pero en la medida en que se han intensificado la degradación ecológica
y ambiental nos hemos dado cuenta de que son bienes escasos y agotables
y que pueden tener un valor económico. Esto es lo que se conoce como
externalidades, concepto que busca incorporar el cálculo económico a los
efectos negativos o positivos sobre la gestión ambiental3.
Como lo recuerda mercado pacheco desde su exitosa formulación en
el Informe Brundtland en 1987: “el desarrollo que satisface las necesidades
de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones
futuras para satisfacer sus propias necesidades”, el concepto básicamente
viene evocando en la conciencia común unas relaciones amigables entre el
hombre y la naturaleza, esto es, la idea de un modelo de desarrollo económi-
co respetuoso y compatible con la supervivencia de los ecosistemas. Desde
entonces, y tras su consagración en la Cumbre de la Tierra de Rio de 1992,
la “garantía de sostenibilidad ambiental” se ha convertido en uno de los ocho
objetivos de desarrollo del milenio declarados por las Naciones Unidas que
exige “incorporar los principios del desarrollo sostenible en las políticas y
en los programas nacionales e invertir la pérdida de recursos naturales”4.
El desarrollo sostenible y el derecho fundamental a gozar de un ambiente sano, Bogotá, Universidad
Externado de Colombia, Bogotá, 2012, p. 85.
3 Las ideas básicas de este concepto han sido tomadas de Ó. D. amaya navas. El desarrollo soste-
nible y el derecho fundamental a gozar de un ambiente sano, cit., pp. 85 a 161. En general, buena
parte de este artículo pretende desarrollar, profundizar y actualizar los conceptos expuestos en
la obra citada.
4 P. mercado pacheco. Ob. cit., pp. 149 y 150.

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